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Artículo 2. Límite máximo de percepción para el año 2009.
El límite máximo de percepción para las pensiones públicas regulado en el título IV de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009, una vez regularizado su importe, mediante la aplicación del 2,4 por ciento a la cuantía vigente en 31 de diciembre de 2007 y su posterior revalorización en un 2 por ciento, queda fijado en 2.441,75 euros/mes o 34.184,50 euros/año. Tope de pensiones
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