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Se acuerda exención del pago de precios públicos por servicios académicos en la primera matrícula de enseñanzas regladas, incluido Doctorado, y en el Curso de Acceso Directo para mayores de 25 años, salvo modificación legal o reglamentaria que así lo exija, a todos aquellos estudiantes: a) a quienes se les haya reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33%. b) se considerarán afectadas por una minusvalía en grado igual o superior al 33% los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado total, absoluta o gran invalidez, c) se considerarán igualmente afectadas por una minusvalía en grado igual o superior al 33% los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad
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