La edad para acceder a la jubilación ordinaria en 2020 es de 65 años y 10 meses, excepto para los que acrediten  al menos 37 años de cotizaciones, que pueden jubilarse desde los 65 años
.

También hay que acreditar dos requisitos en cuanto a los periodos de cotización:

  • Se deben haber cotizado al menos 15 años.
  • Se deben haber cotizado un mínimo de 2 años en el intervalo de 15 años inmediatamente anteriores a producirse el hecho causante.

Si actualmente se encuentra en situación de alta o asimilado, puede solicitar La jubilación tres meses antes de cumplir la edad de jubilación. Los efectos económicos serán desde el día siguiente al cese en la actividad, siempre que la solicitud se haya realizado dentro de los 3 meses anteriores o posteriores al cese. Si se solicita con posterioridad, los efectos económicos tendrán una retroactividad máxima de 3 meses.

Si no se solicita la pensión de jubilación desde una situación de alta, los efectos económicos aplicarán desde el día siguiente a la presentación de la solicitud. En el caso de algunos trabajadores que se encuentren en situaciones asimiladas al alta, cuando se produzca el hecho causante correspondiente.

La solicitud de pensión debe entregarse  acompañada de la documentación requerida y puede ser presentada a través de ClasesPasivas.Net, sin necesidad de cita previa y nos haremos cargo de todos los trámites sin que te desplaces de tu domicilio. También puedes presentar la solicitud, debes solicitar cita previa, en cualquiera de los centros de atención e información de la Seguridad Social en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), excepto en el caso de los trabajadores del mar, que deberán presentarlo en las direcciones provinciales del Instituto Social de la Marina (ISM).

Si tramitas la solicitud de pensión de jubilación a través de ClasesPasivas.Net, te facilitaremos todos los impresos necesarios para la tramitación.

Todos los solicitantes deberán presentar la siguiente documentación:

  • Españoles: Documento Nacional de Identidad (DNI).
  • Extranjeros residentes o no residentes en España: Pasaporte o, en su caso, documento de identidad vigente en su país y NIE (Número de Identificación de Extranjero) exigido por la AEAT a efectos de pago.
  • En caso de estar casado, DNI del cónyuge
  • En su caso libro de familia

Recuerda que puedes solicitar tu pensión en ClasesPasivas.Net, solo debes pinchar en este enlace.