Página 1 de 1

se puede llamar acoso laboral en el ET

Publicado: Lun Mar 25, 2013 8:30 pm
por biogueca1
LA PREGUNTA ES QUE SI PUEDO CONSIDERAR QUE SUFRO ACOSO EN EL CUARTEL DESDE HACE TRES AÑOS PERO QUE TERMINO SE DEBE USAR DENTRO DEL ET.ESTOY TAN CANSADA QUE LA UNICA SALIDA QUE ME QUEDA ES LA DENUNCIA A LOS MEDIOS DE COMUNICACION AUNQUE TENGA QUE DEJAR EL ET DESPUES DE 15 AÑOS

Re: Presentar alegaciones o dejar pasar el trámite ???

Publicado: Lun Mar 25, 2013 8:42 pm
por biogueca1
YO POR DENUNCIAR TODA LA MIERDA QUE HAY DENTRO DEL CUARTEL EN EL QUE LOS MANDOS TRAFICAN Y CONSUMEN COCA,VENDEN MATERIAL MILITAR Y TAMBIEN MUNICION ESTOY SIENDO ACOSADA DE MANERA BRUTAL.HE SIDO AGREDIDA EN UNA OCASION POR UN TENIENTE DE COMPLEMENTO QUE ES UNA VERGUENZA Y MI COCHE SUFRIO UN GOLPE EN EL CRISTAL.QUE ASCO DE UNIDAD UY SOBRE TODO DE CORONEL QUE LO SABE Y LO TAPA.

Re: se puede llamar acoso laboral en el ET

Publicado: Lun Mar 25, 2013 9:03 pm
por sargentodehierro
Hola biogueca1,

Me parece bien quieras denunciar esta situación en los medios de comunicación, aunque creo que donde lo has de hacer es en un juzgado. Como comprenderás, sólo conocemos tu versión de todo este tema, por lo que este foro no será un medio para denunciar esas graves acusaciones que haces sobre mandos militares.

Un saludo.

Re: se puede llamar acoso laboral en el ET

Publicado: Mar Mar 26, 2013 11:20 pm
por penitente
Supongo que a veces es complicado denunciar lo que hace algún superior, pero vamos, en la vida civil y en la militar, el acoso es acoso, aunque lo que parece que haces es generalizar y tampoco creo que todos los mandos de una unidad hagan esas cosas tan horrorosas que citas.

Un saludo

Re: se puede llamar acoso laboral en el ET

Publicado: Mié Mar 27, 2013 11:43 am
por trasgu123
Lo primero de todo, el minusculas te leemos perfectamente.

Lo segundo, dices que llevas 15 años en el ET. Pues creo que ya tienes edad suficiente para saber lo que tienes que hacer y no es mas que acudir a los tribunales con la denuncia correspondiente, si tienes las pruebas y testigos suficientes.

Re: se puede llamar acoso laboral en el ET

Publicado: Lun Mar 09, 2015 1:55 pm
por dmf
Hola, http://www.atresplayer.com/television/p ... 00222.html
Pero hay que ir a los tribunales civiles, con una demanda penal.Y con abogado.
Un saludo.

Re: se puede llamar acoso laboral en el ET

Publicado: Lun Mar 09, 2015 8:22 pm
por famefas
La denuncia hay que presentarla en vía administrativa pero por el conducto reglado (antes llamado reglamentario, que no llegará a ninguna parte), o ante el Juzgado Togado MILITAR Territorial, en cuyo territorio tenga competencia por la ubicación de tu unidad. Los Juzgados Militares no son más de diez en toda España, después de la última reducción. Esos Juzgados instruyen la causa, comprueban pruebas, solicitan otras, citan a posibles imputados y testigos, y finalmente, y CASO SIEMPRE, archivan las actuaciones, y en la unidad emprenden la persecución del denunciante, del mensajero. En los poquísimos casos que estimen que existen delitos, lo elevan a las Tribunales Militares Territoriales (órganos colegiados), que son cinco, o al Tribunal Militar Central (de la calle Princesa de Madrid) si hay algún imputado con empleo de comandante o superior. La sentencia que dicten los territoriales o el central,ya sea condenatoria o exculpatoria, podrá ser recurrida ante la Sala V, de lo MIlitar del Tribunal Supremo (formada por 8 miembros, 4 Magistrados de carrera y cuatro militares de carrera, Generales del Cuerpo Jurídico Militar).