Modificación Incentivos por años de Servicio Tropa
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Paga de los 5 años
Buenas a todos, tengo una duda acerca de la paga de los cinco años, ya que yo entré en el ejercito en Octubre del 09, y según la ley nueva, ya no cobro la paga de los 4 y 6 años, sino que cobraría una paga a los 5 años (o al menos eso creo) ya que mi destino es el RAAA 73 al no ser una unidad de alta operatividad (o algo así).
Lo que pasa es que ahora hay rumores de que tampoco nos la van a dar, ni a mi ni a nadie de mi ciclo (lógicamente), y la verdad es que no se que pensar, yo me he leido la resolución (la cual ahora mismo no sabría dar referencia) y yo no interpreto que no nos vayan a pagar, pero ustedes que están mas enterados de estas cosas quizá puedan aclararme esta duda: ¿HAY O NO PAGA DE LOS 5 AÑOS?
Muchas gracias.
Lo que pasa es que ahora hay rumores de que tampoco nos la van a dar, ni a mi ni a nadie de mi ciclo (lógicamente), y la verdad es que no se que pensar, yo me he leido la resolución (la cual ahora mismo no sabría dar referencia) y yo no interpreto que no nos vayan a pagar, pero ustedes que están mas enterados de estas cosas quizá puedan aclararme esta duda: ¿HAY O NO PAGA DE LOS 5 AÑOS?
Muchas gracias.
- sargentodehierro
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Re: Modificación Incentivos por años de Servicio Tropa
Hola compañero, bienvenido al foro.
Orden DEF/2012/2013, de 30 de octubre, por la que se dictan normas para la aplicación de los incentivos por años de servicio.
Disposición transitoria segunda. Abono de incentivos al personal de tropa y marinería con un compromiso de carácter temporal que actualmente presta servicio.
El personal de tropa y marinería con compromiso de carácter temporal, que a la entrada en vigor de esta orden ministerial se encuentre prestando servicio en las Fuerzas Armadas, y no haya percibido el incentivo por cuatro años de servicio, al cumplir cinco años de servicio, calculados según lo dispuesto en los artículos 2 y 3, se le abonará, por una sola vez, un incentivo por años de servicio, por el importe señalado en el artículo cuarto.
Este incentivo es incompatible con el de cinco años, establecido en el artículo 1.
Un saludo.
Orden DEF/2012/2013, de 30 de octubre, por la que se dictan normas para la aplicación de los incentivos por años de servicio.
Disposición transitoria segunda. Abono de incentivos al personal de tropa y marinería con un compromiso de carácter temporal que actualmente presta servicio.
El personal de tropa y marinería con compromiso de carácter temporal, que a la entrada en vigor de esta orden ministerial se encuentre prestando servicio en las Fuerzas Armadas, y no haya percibido el incentivo por cuatro años de servicio, al cumplir cinco años de servicio, calculados según lo dispuesto en los artículos 2 y 3, se le abonará, por una sola vez, un incentivo por años de servicio, por el importe señalado en el artículo cuarto.
Este incentivo es incompatible con el de cinco años, establecido en el artículo 1.
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Re: Modificación Incentivos por años de Servicio Tropa
hola compañeros, soy del 9º ciclo del 2009. Ingresé el 1 de diciembre de 2009 y mi pregunta es la siguiente: ¿Tengo derecho a percibir los incentivos por 5 años de servicio? Me encuentro en una unidad que no aparece en el listado y por mucho que lea la nueva Orden DEF/2012/2013, de 30 de octubre, por la que se dictan normas para la aplicación de los incentivos por años de servicio no me acaba de entender, si a mi me corresponde o no. O agradecería que alguien me lo pudiera aclarar. Gracias.
- sargentodehierro
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Re: Modificación Incentivos por años de Servicio Tropa
Mi mensaje anterior creo que lo deja claro.
Un saludo.
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- Soldado
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Re: Modificación Incentivos por años de Servicio Tropa
Muchas gracias por la aclaración, Sargento de Hierro. Un saludo.
- sargentodehierro
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Re: Modificación Incentivos por años de Servicio Tropa
Se ha publicado en el BOE Núm. 245 de 9 de octubre de 2014:
Orden DEF/1837/2014, de 6 de octubre, por la que se modifica la Orden DEF/2012/2013, de 30 de octubre, por la que se dictan normas para la aplicación de los incentivos por años de servicio.
ENLACE BOE
Un saludo.
Orden DEF/1837/2014, de 6 de octubre, por la que se modifica la Orden DEF/2012/2013, de 30 de octubre, por la que se dictan normas para la aplicación de los incentivos por años de servicio.
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Re: Modificación Incentivos por años de Servicio Tropa
Hola muy buenas, saben si esta nueva modificación afecta a los que íbamos a cobrar el incentivo de los 4 a los 5 por no haberlo cobrado el año pasado, o sigue igual.
- sargentodehierro
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Re: Modificación Incentivos por años de Servicio Tropa
No se modifica nada en ese sentido.
Un saludo.
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- Sargento
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Re: Modificación Incentivos por años de Servicio Tropa
Gracias por su respuesta ,un saludo.
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- Soldado
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Re: Modificación Incentivos por años de Servicio Tropa
Hola.
Buenas tardes.
Soy un soldado de la USCAN, unidad de seguridad de canarias, una de las unidades FUPRO en canarias. En unos meses voy a cumplia 3 años como activo en la armada, todos en esa unidad. Y queria saber si voy a percibir la famosa paga de los 3 años cumplidos.
Gracias y un saludo.
Buenas tardes.
Soy un soldado de la USCAN, unidad de seguridad de canarias, una de las unidades FUPRO en canarias. En unos meses voy a cumplia 3 años como activo en la armada, todos en esa unidad. Y queria saber si voy a percibir la famosa paga de los 3 años cumplidos.
Gracias y un saludo.
- sargentodehierro
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Re: Modificación Incentivos por años de Servicio Tropa
Hola compañero,
En la Armada, las unidades en las que has de estar destinado los 12 meses anteriores al cumplimiento de los tres años son:
Grupo 1: Unidades a Flote.
Grupo 2: Unidades de la Fuerza de Guerra Naval Especial.
Grupo 3: Escuadrillas de Aeronaves.
Grupo 4: Unidades de Buceo.
Grupo 5: Unidades de la Brigada de Infantería de Marina
Si no me equivoco, la Fuerza de Protección no pertenece a la BRIMAR, por lo que no la percibirías.
Un saludo.
En la Armada, las unidades en las que has de estar destinado los 12 meses anteriores al cumplimiento de los tres años son:
Grupo 1: Unidades a Flote.
Grupo 2: Unidades de la Fuerza de Guerra Naval Especial.
Grupo 3: Escuadrillas de Aeronaves.
Grupo 4: Unidades de Buceo.
Grupo 5: Unidades de la Brigada de Infantería de Marina
Si no me equivoco, la Fuerza de Protección no pertenece a la BRIMAR, por lo que no la percibirías.
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- Soldado
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Re: paga 4 y 5 años
Hola,soy un soldado destinado en Canarias,y viendo el bod 153 de 2013 donde pone que el que no haya cobrado la paga de los 4 la cobra a los 5,independientemente de si sale en el anexo o no la unidad(mi unidad no sale en la del anexo)mis preguntas son las siguientes:tengo derecho a esa paga?(nunca he cobrsdo esa paga)y si e. Afirmativo,porque en mi ofap y en habilitación me dicen que sólo la cobran las unidades del anexo,que yo no tengo derecho a eso,yo personalmente leyendo el bod creo q si la tengo que cobrar,pero no se si tendría que reclamar,gracias a los foristas,un saludo
- ALEAJACTAEST1
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Re: paga 4 y 5 años
Buenas tardes.
Hola soldado1, bienvenido al Foro Clases Pasivas.Net.
Orden DEF/2012/2013, de 30 de octubre, por la que se dictan normas para la aplicación de los incentivos por años de servicio.(«BOE» núm. 262, de 1 de noviembre de 2013)
Disposición transitoria primera. Abono de incentivos al personal militar de complemento con compromiso de carácter temporal que actualmente presta servicio.
El personal militar de complemento con compromiso de carácter temporal, que a la entrada en vigor de esta orden ministerial se encuentre prestando servicio en las Fuerzas Armadas, y no haya percibido el incentivo por cuatro años de servicio, al cumplir cinco años de servicio, calculados según lo dispuesto en los artículos 2 y 3, se le abonará, por una sola vez, un incentivo por años de servicio, por un importe igual a tres veces el sueldo mensual asignado al subgrupo de clasificación A2 del mes en el que cumpla las condiciones.
Hola soldado1, bienvenido al Foro Clases Pasivas.Net.
Orden DEF/2012/2013, de 30 de octubre, por la que se dictan normas para la aplicación de los incentivos por años de servicio.(«BOE» núm. 262, de 1 de noviembre de 2013)
Disposición transitoria primera. Abono de incentivos al personal militar de complemento con compromiso de carácter temporal que actualmente presta servicio.
El personal militar de complemento con compromiso de carácter temporal, que a la entrada en vigor de esta orden ministerial se encuentre prestando servicio en las Fuerzas Armadas, y no haya percibido el incentivo por cuatro años de servicio, al cumplir cinco años de servicio, calculados según lo dispuesto en los artículos 2 y 3, se le abonará, por una sola vez, un incentivo por años de servicio, por un importe igual a tres veces el sueldo mensual asignado al subgrupo de clasificación A2 del mes en el que cumpla las condiciones.
La plenitud e incorruptibilidad de un ser implica no solo estar libre de preocupaciones, sino el no causárselas a otro. (Máximas capitales, I Epicuro)
- sargentodehierro
- Teniente General
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- Registrado: Lun Mar 28, 2011 11:13 pm
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- Comentario: XXXIII AGBS
Re: paga 4 y 5 años
Hola compañeros,
En este caso, al ser soldado de la escala de tropa, no le sería de aplicación esta disposición transitoria, que es para los militares de complemento, sino que le sería de aplicación la disposición transitoria segunda de la misma orden.
Por lo que dices, deberías de cobrar el incentivo a los 5 años de servicio.
Un saludo.
En este caso, al ser soldado de la escala de tropa, no le sería de aplicación esta disposición transitoria, que es para los militares de complemento, sino que le sería de aplicación la disposición transitoria segunda de la misma orden.
Por lo que dices, deberías de cobrar el incentivo a los 5 años de servicio.
Un saludo.
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- Soldado
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- Registrado: Mar Dic 09, 2014 4:23 pm
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Re: paga 4 y 5 años
Muchas gracias,ya veré cómo lo hago,un escrito o algo,un saludo