recuperar guardias

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TEMPUS FUGIT
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Re: recuperar guardias

Mensaje por TEMPUS FUGIT »

Asa escribió: Mar Feb 13, 2018 11:49 am Hola buenos días, sobre éste tema que no se habla desde hace ya unos años.
Tengo un familiar ingresado de primer grado, corresponde 5 días hábiles por ello (diferente localidad) , en esos días me toca guardia en mi unidad.
Según el reglamento interno, tengo que recuperar la guardia por atrasado.
He leído las RROO nuevas y no viene nada sobre recuperación de guardia/servicios.
Alguien me podría decir si es legal que te obliguen a recuperar una guardia por este motivo.
Muchas gracias y un saludo.
El Hecho de tener un familiar ingresado, no presupone te te correspondan dias

te corresponden dias por accidente o por enfermedad grave

Orden DEF/253/2015, de 9 de febrero, por la que se regula el régimen de vacaciones, permisos, reducciones de jornada y licencias de los miembros de las Fuerzas Armadas.

b) Fallecimiento, accidente o enfermedad grave. El militar tendrá derecho por fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar dentro del primer y segundo grado de consanguinidad o afinidad, a los días que se determinan en el la norma tercera del anexo I.

En cuanto a la posible recuperacion de la guardia, echale un ojo a la Orden Ministerial 50/11
shuspi
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Re: recuperar guardias

Mensaje por shuspi »

Francisco, pues te sorprenderías en la cantidad de sitios que te hacen recuperar las guardias, basándose en el "Bien Común" (que a mi siempre me recuerda a la pelicula de Arma Fatal).No les entra en el cabezón que cuando estás de permiso no estás presente en la UCO y, como consecuencia, no te pueden nombrar servicio durante esos días (Así lo reflejan las RROO). Siempre te dicen "es que lo pone en el LNRI". Pues muy bien, pero una norma menor no puede contradecir a una norma de jerarquia superior, como es en este caso. Es como la costumbre de poner los servicios el día 1, pues no, las guardias se nombran 24 horas antes de la realización del servicio. Ese cuadrante es meramente informativo. Es como decirte que "si te nombran guardia estando de vacaciones, tienes que acudir a hacerla". En el 2013, recuerdo yo un caso de un Cabo 1º que le tocó guardia en Nochevieja teniendo las vacaciones autorizadas desde un par de meses antes, hablo de permisos oficiales (Vacaciones, Enfermedad, etc, etc, no de asuntos propios). El caso es que le llamaron y se negó a hacer el servicio, el imaginaria, también de vacaciones se negó. Así hasta el quinto o sexto que, desgraciaico, estaba de Asuntos Propios y ese hombre sí que tuvo que ir a realizar la guardia. Se les quisieron llevar puestos, pero fue imposible, ya que, legalmente, no podían hacerles nada de nada.
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TEMPUS FUGIT
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Re: recuperar guardias

Mensaje por TEMPUS FUGIT »

las guardias no se recuperan nunca ..... EN TEORIA

Pero no nos las prometamos tan felices

por que para aplicar esa politica, se deberia aplicar la politica general en la concesion de permisos

si repasamos la normativa, la prelacion Guardias/permisos esta, estuvo y estara..... meridianamente clara aunque algunos no quieran verlo

Cuando se solicita un permiso, el que lo autoriza, tiene la OBLIGACION de verificar que no se tiene un servicio PREVISTO en el periodo en cuestion, y en caso afirmativo darle la posibilidad de cambiar el servicio, o denegar el permiso en esas fechas.....

Una cosa es el nombramiento de la Guardia en cuestion, y otra la lectura de la orden donde se publican las guardias y otra distinta es la PREVISION de servicios en un periodo.....
Todos sabemos como van los cuadrantes en nuestra unidad y podemos preveer con una diferencia minima, cuando nos va a tocar un Servicio

Y tenemos la obligacion de INFORMARNOS de esta situacion cuando queramos pedir unos diitas de vacaciones ..... ( inconvenientes de ser profesionales...... que debemos demostrarlo alguna vez ..... tambien en estas lides)

Por lo tanto, no se salta ninguna Guardia, por que el que tiene hacerla, no deberia irse de vacaciones...... y el que por razon de fuerza mayor deba irse de permiso..... se le saltara

PD.- Las razones de fuerza mayor no las valora el interesado, sino el jefe de la Unidad. irse a ver a tu cuñada por que ha tenido un nene NO ES FUERZA MAYOR ..... salvo que se pueda acreditar que sin tu presencia el nacimiento seria un adebacle ( o que seas el ginecologo que la atiende).

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Re: recuperar guardias

Mensaje por trasgu123 »

Yo presente hace lustros un recurso ante el JEME por este asunto, en base al art. 194 de las antiguas RR. OO del ET., y lo gane: Si se esta de vacaciones o permiso no se hacen servicios, ni por supuesto se recuperan. El permiso y vacaciones me lo da mi Jefe de Unidad, los servicios los nombra el Jefe del al Base entre los que se encuentres presentes.

Menudo follon se lio cuando llego la respuesta del JEME.
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Re: recuperar guardias

Mensaje por Francisco I »

TEMPUS FUGIT escribió: Mar Feb 20, 2018 11:55 am las guardias no se recuperan nunca ..... EN TEORIA

Pero no nos las prometamos tan felices

por que para aplicar esa politica, se deberia aplicar la politica general en la concesion de permisos

si repasamos la normativa, la prelacion Guardias/permisos esta, estuvo y estara..... meridianamente clara aunque algunos no quieran verlo

Cuando se solicita un permiso, el que lo autoriza, tiene la OBLIGACION de verificar que no se tiene un servicio PREVISTO en el periodo en cuestion, y en caso afirmativo darle la posibilidad de cambiar el servicio, o denegar el permiso en esas fechas.....

Una cosa es el nombramiento de la Guardia en cuestion, y otra la lectura de la orden donde se publican las guardias y otra distinta es la PREVISION de servicios en un periodo.....
Todos sabemos como van los cuadrantes en nuestra unidad y podemos preveer con una diferencia minima, cuando nos va a tocar un Servicio

Y tenemos la obligacion de INFORMARNOS de esta situacion cuando queramos pedir unos diitas de vacaciones ..... ( inconvenientes de ser profesionales...... que debemos demostrarlo alguna vez ..... tambien en estas lides)

Por lo tanto, no se salta ninguna Guardia, por que el que tiene hacerla, no deberia irse de vacaciones...... y el que por razon de fuerza mayor deba irse de permiso..... se le saltara

PD.- Las razones de fuerza mayor no las valora el interesado, sino el jefe de la Unidad. irse a ver a tu cuñada por que ha tenido un nene NO ES FUERZA MAYOR ..... salvo que se pueda acreditar que sin tu presencia el nacimiento seria un adebacle ( o que seas el ginecologo que la atiende).

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Mas claro, ni el agua de la fuente del avellano.

Saludos, amigo "Tempus"
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TEMPUS FUGIT
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Re: recuperar guardias

Mensaje por TEMPUS FUGIT »

Muchas gracias " mi general"
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Re: recuperar guardias

Mensaje por shuspi »

Tempus, si tu jefe te firma el permiso, ya el problema lo tiene él y no tú. Yo puedo mirar como está el cuadrante, y puedo pedir las vacaciones, siempre intentando que no me cuadren con MIS guardias. Pero el cuadrante no depende de mi, depende de más gente, por lo que, yo me puedo ir de vacaciones y que por motivos varios, haya cambios en las guardias y me toque guardia para uno de los días en los que esté de permiso, que no será la primera vez que entre Compañias, Batallones o Unidades se cambian guardias, con el consiguiente cambio en el cuadrante de las mismas. Y, permíteme decirte, que para suspenderte un permiso autorizado legalmente (hablamos de vacaciones, claro está), tiene que haber un motivo muy de peso, además de ser justificado por escrito y de manera individualizada. No me vale que me corten las vacaciones porque han decidido que a mi UCO le venía mejor hacer las guardias esa semana, y entonces me aleguen necesidades del servicio, porque éstas se han de cubrir primero con el personal que se encuentre presente en la Unidad.
Los cuadrantes son solo eso, cuadrantes, que son ORIENTATIVOS, pero no vinculantes. Por lo tanto yo puedo hacer mis cávalas según mis cálculos, y pedir el permiso para no joder a nadie, y que las guardias por el motivo que sea no sigan el orden adecuado.
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Re: recuperar guardias

Mensaje por trasgu123 »

Amen.
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Re: recuperar guardias

Mensaje por sbar »

Buenos días, me gustaría exponer un caso a ver si me pueden ayudar o dar su opinión. en mi unidad el servicio de auxiliar de guardia lo realizan cabos 1º y sargentos, por procedimiento operativo viene asi escrito. El caso es el siguiente, el 24 de julio ascendió la promoción de sargentos a sargentos 1º, en varios casos estaban de permiso y les han nombrado los servicios a devolver en el mes de agosto, pero siendo sargentos 1º y estando regulado por el procedimiento operativo que dice que solo las hacen cabos 1º y sargentos entiendo que el dia que ascienden, es decir el 24, deberían salir de ese cuadrante directamente y no se devolverían las guardias, no? agradezco su ayuda u opinión.
Un saludo
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Re: recuperar guardias

Mensaje por dmf »

Hola, efectívamente, así es.
Si el servicio lo realizan los Cb1 y Sgto, está muy claro, desde el momento de la publicación en el BOD del ascenso a Sgt1, se deja de realizar. ¿Recuperar? :lol:
Un saludo.
sbar
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Re: recuperar guardias

Mensaje por sbar »

Pues después de hablar con la persona que nómbra los servicios en la orden me dice que tengo razón y que atendiendo al procedimiento operativo sería así, pero que el tomo esa decisión y la guardia me la nombra, que si no estoy de acuerdo escriba, lo de siempre, que me aconseja? Escribo antes de hacerla? La hago y escribo? No escribo? Me indigna muchísimo esta situación.
Muchas gracias de antemano por la ayuda
Francisco I
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Re: recuperar guardias

Mensaje por Francisco I »

Todo éste mamoneo/escaqueo/pillería, se acabaría si pagaran las guardias monetaria y sustanciosamente. Seguro que se invertían los términos y las discusiones vendrían por querer hacer las guardias y porque no se metiera ningún "intruso" en los cuadrantes. ¿ Alguien ha visto a los médicos, jueces o bomberos, quejarse por que les toque guardia ? Ni siquiera los farmacéuticos se quejan.
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Re: recuperar guardias

Mensaje por dmf »

Hola, te dice “que tengo razón y que atendiendo al procedimiento operativo sería así, pero que el tomo esa decisión y la guardia me la nombra”, esa persona está incurriendo en un abuso de autoridad, si el Servicio se nombra entre Cb1 y Sgto, está muy claro a qué empleos le corresponde, si por el motivo que sea no se pudo realizar el Servicio antes del ascenso a Sgt1, pues NO corresponde hacerlo después. Es un sinvergüenza.
Yo elevaría antes un escrito de “acción” (dándole el correspondiente registro de entrada) dirigido a quien nombra ese Servicio (adjuntando copia de la Norma que lo regula) donde exponga que por ser ya Sgt1 no corresponde el nombramiento según se refleja en el correspondiente Libro, y otro de “info”, al Jefe de Unidad, en los mismos términos, haciendo constar que si se produce el nombramiento puede incurrir en una falta prevista en el artículo 7.8 del régimen disciplinario, reservándose el derecho a ejercitar las acciones que en derecho procedan.
En cualquier caso yo no realizaría el Servicio si según el empleo no me corresponde, y con más motivo si informé por escrito de esa circunstancia. Guardate la copia sellada.
En cierta ocasión en una de las Unidades donde estuve destinado, la Guardia de Seguridad estaba nombrada siendo su composición de Soldados y Cabos, se hizo el oportuno relevo de la entrante con la saliente. A media mañana como pasaba antes, se recibió el BOD y se pudo comprobar que varios de los Soldados que estaban de guardia habían ascendido a Cabo, ante las discrepancias de si debían continuar de guardia como Soldados hasta que terminasen el Servicio o no, se elevó una consulta telefónica al asesor jurídico de la División, el cual dijo que de forma inmediata había que proceder al relevo de los nuevos ascendidos, entrando de guardia sus correspondientes imaginarias. Con este caso creo que está todo dicho.
Un saludo.
sbar
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Re: recuperar guardias

Mensaje por sbar »

Muchisimas gracias por todo
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