MILITAR DE CARRERA--GUARDIA CIVIL

Intercambio de información de compañeros en situación de activo y reserva.

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pelosan
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MILITAR DE CARRERA--GUARDIA CIVIL

Mensaje por pelosan »

Hola a todos, tengo una gran duda que en mi unidad no me han resuelto, soy suboficial en activo y me gustaría opositar a la guardia civil, problema que tengo una falta disciplinaria leve y aqui es cuando llega el problema, según bod de la convocatoria de la guardia civil de 2016 no podría presentarme si hubiese sido separado mediante expediente disciplinario del servicio , que no es mi caso,ni tampoco estoy inhabilitado con caracter firme para el ejercicio de funciones publicas, el problema viene cuando me voy a las leyes militares, porque si fuese tropa y marinería no hay problemas porque el jefe de unidad rellenaria el papel anexo que viene en la convocatoria de la guardia civil y listo, se que yo optaría a las plazas libres, y para resumir y la pregunta en cuestion es que cuando veo que un militar de carrera para perder esa condicion dice el Real Decreto 1111/2015, de 11 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de adquisición y pérdida de la condición de militar y situaciones administrativas de los militares profesionales en su art5 .2. Los militares de carrera podrán solicitar la renuncia a su condición cuando se cumplan los siguientes requisitos:
d. No estar sometido a proceso disciplinario o penal
y la ley 39/2007 Artículo 116. Pérdida de la condición de militar de carrera.
1. Los militares de carrera perderán su condición por alguna de las causas siguientes:
a) En virtud de renuncia, con los requisitos que se establecen en el artículo siguiente.
b) Pérdida de la nacionalidad española.
c) Pena principal o accesoria de pérdida de empleo, de inhabilitación absoluta o de inhabilitación especial para empleo o cargo público. El Ministro de Defensa podrá conceder la rehabilitación, a petición del interesado, de quien hubiera sido condenado a pena principal o accesoria de inhabilitación especial para empleo o cargo público hasta tres años, atendiendo a las circunstancias y entidad del delito cometido y siempre que se hubiese cumplido la pena.
d) Sanción disciplinaria de separación del servicio que haya adquirido firmeza.
2. Con la pérdida de la condición de militar de carrera se dejará de estar sujeto al régimen general de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas y a las
leyes penales y disciplinarias militares. El tiempo de servicios cumplido le será considerado a efectos de la determinación, en su momento, de la pensión que le corresponda.
Artículo 117. Renuncia a la condición de militar de carrera.
1. Los militares de carrera pueden renunciar a su condición si tienen cumplidos los tiempos de servicios, desde el ingreso en su escala o desde que hubiesen ultimado los
cursos de perfeccionamiento que a estos efectos hayan sido fijados por el Ministro de Defensa. Los tiempos estarán en relación con los costes y duración de los estudios
realizados, tendrán presente las necesidades del planeamiento de la defensa y no podrán ser superiores a diez años.
2. De no tener cumplidos los tiempos establecidos en el apartado anterior, para renunciar deberán resarcir económicamente al Estado y efectuar un preaviso de seis meses. Las cantidades a resarcir económicamente al Estado serán fijadas por el Ministro de Defensa para cada proceso de formación para el acceso a las diferentes escalas y para los cursos de perfeccionamiento, teniendo en cuenta los tiempos de servicios citados en el apartado anterior y el coste de la formación recibida y las retribuciones percibidas durante el proceso.
Igualmente, establecerá porcentajes de reducción de dicha indemnización de aplicación por periodos de tiempo de servicios cumplido en la fecha que tenga efecto la renuncia. Ésta no se podrá conceder hasta que el interesado abone la cuantía que se determine
No se si se aprueba para la guardia civil automáticamente abandonas el ejército y dependes de la guardia civil,porque lo de avisar con 6 meses no le veo lógica, bueno perdón por el rollo y espero vuestra ayuda gracias.
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sargentodehierro
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Re: MILITAR DE CARRERA--GUARDIA CIVIL

Mensaje por sargentodehierro »

Hola compañero,

Si ingresas en la Guardia Civil, pasarías a la situación de excedencia por prestación de servicios en el sector público. Échale un vistazo al artículo 26 del Real Decreto 1111/2015, de 11 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de adquisición y pérdida de la condición de militar y situaciones administrativas de los militares profesionales.

Un saludo.
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oronet
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Re: MILITAR DE CARRERA--GUARDIA CIVIL

Mensaje por oronet »

Otro engañado por la AGBS, y si un sargento es la misma mierda que un soldado y fuera del cuartel, dentro aún te respetan la tropa, no es más que un cero a la izquierda en cambio un guardia civil si es "alguien" en la vida
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Re: MILITAR DE CARRERA--GUARDIA CIVIL

Mensaje por trasgu123 »

Cuando no hay respeto lo mejor es no estar. Seguro que en otros foros aprecian en su medida tus acertados comentarios.

La pena es no saber quien eres y por eso te libraras de una buena.

Saluda con la manita.
Arquímedes

Re: MILITAR DE CARRERA--GUARDIA CIVIL

Mensaje por Arquímedes »

oronet escribió:Otro engañado por la AGBS, y si un sargento es la misma mierda que un soldado y fuera del cuartel, dentro aún te respetan la tropa, no es más que un cero a la izquierda en cambio un guardia civil si es "alguien" en la vida
Menudo personaje.Insulta a los soldados y a los sargentos al mismo tiempo.Tu si que eres un m.....
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dmf
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Re: MILITAR DE CARRERA--GUARDIA CIVIL

Mensaje por dmf »

Hola, no hay mayor desprecio, que no hacer aprecio.
Un saludo.
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Re: MILITAR DE CARRERA--GUARDIA CIVIL

Mensaje por carabo2001 »

Hola:
Lo que comenta sargentodehierro respecto al artículo 26 del RD que cita, creo que tan solo tendría validez siempre que se trate del desempeño de puestos con carácter de funcionario de carrera o de personal laboral fijo, entiendo que en el sector civil. En la Guardia Civil continuarías siendo militar de carrera.

Saluditos.
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Re: MILITAR DE CARRERA--GUARDIA CIVIL

Mensaje por stargate »

oronet escribió:Otro engañado por la AGBS, y si un sargento es la misma mierda que un soldado y fuera del cuartel, dentro aún te respetan la tropa, no es más que un cero a la izquierda en cambio un guardia civil si es "alguien" en la vida
Es increíble e inaceptable que alguien que está dado de alta en esta web haga este tipo de comentario tan desagradable, falto de respeto y educación, basándose en el anonimato, desde luego es suficiente motivo para bloquearlo y echarlo.
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Re: MILITAR DE CARRERA--GUARDIA CIVIL

Mensaje por sargentodehierro »

stargate escribió:
oronet escribió:Otro engañado por la AGBS, y si un sargento es la misma mierda que un soldado y fuera del cuartel, dentro aún te respetan la tropa, no es más que un cero a la izquierda en cambio un guardia civil si es "alguien" en la vida
Es increíble e inaceptable que alguien que está dado de alta en esta web haga este tipo de comentario tan desagradable, falto de respeto y educación, basándose en el anonimato, desde luego es suficiente motivo para bloquearlo y echarlo.
Hace días que lo mandamos a Alborán.
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cocodrilo
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Re: MILITAR DE CARRERA--GUARDIA CIVIL

Mensaje por cocodrilo »

El cargo no hace al Fraile, la educación si, respete y le respetaran
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