Buenas!!!
He visto ya muchos temas sobre esto, pero me siguen surgiendo dudas. Me gustaría saber desde que se solicita hasta la reincorporación o no.
Soy Cabo temporal con CLD con 11 años de servicio activo destinado en unidad operativa, tengo 30 años, estoy interesado en solicitar la excedencia voluntaria por interés particular voy a empezar con las preguntas y hoja de ruta:
1. Instancia solicitando la Excedencia Volintaria por interés particular, dirigida al Ilmo. Sr. Coronel Jefe del Regimiento. (La primera pregunta sería la antelación que debe tener esa solicitud hasta la fecha de inicio de la excedencia)
2. El Coronel estima o desestima la solicitud en base a necesidades del servicio (imagino que normalmente no se da estos casos, pero puede pasar y por qué?)
3. Comienza la excedencia con una duración mínima de 2 años y sin máximo de tiempo, aunque he leído desde 10 años a 12 también.
4. Pregunta importante sobre Isfas y CIA Sanitaria. Puesto que imagino que debo inscribirme como desempleado en la S. Social. Aunque no sé si podría seguir perteneciendo a Isfas abonando las cuotas mensuales.
5. Incorporación al mundo laboral y posible nuevo desempleo. Pregunta sobre paro y su prestación por desempleo, creo que los 11 años en activo no se acumulan y la prestación de desempleo sería contabilizada por el último empleo y tiempo de trabajo.
6. Posible incorporación a las Fas. Imagino que no puedo incorporarme al servicio activo antes de esos 2 años. Si pasan esos 2 años se solicita a la delegación donde me adscriba esperando la futura incorporación.
7. En esos dos años puedo hacer el curso de cabo primero y ascender aunque este en situación de excendencia.
8. Si pasan esos 10 o 12 años de excedencia, y no solicito la incorporación, me incorporo automáticamente o me dan de baja en las Fas.
9. El tim tengo que entregarlo y me dan uno en situación de excedencia o directamente?
10. Durante la excedencia puedo solicitar la restricción del CLD con las Fas?
Estas serían mis dudas, aunque he leído mucho y habéis aportado mucha información en los temas, sigo con estas dudillas y si es posible que me las contesten estaría muy agradecido.
Muchísimas gracias de antemano.
Hoja de Ruta. Excedencia Voluntaria por interés particular.
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Hoja de Ruta. Excedencia Voluntaria por interés particular.
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Re: Hoja de Ruta. Excedencia Voluntaria por interés particular.
Hola, el Coronel NO estima ni desestima una solicitud de excedencia voluntaria por interés particular, tu instancia la tienes que dirigir (si reúnes los requisitos) al Excmo. Sr. Subsecretario de Defensa, Ministerio de Defensa, en Madrid. Quédate copia sellada de entrada.
Tu Coronel está obligado a darle trámite, informándola si lo cree oportuno.
Real Decreto 1111/2015, de 11 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de adquisición y pérdida de la condición de militar y situaciones administrativas de los militares profesionales, https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-13485
ISFAS: en excedencia voluntaria no estás de alta en el ISFAS http://www.defensa.gob.es/isfas/isfasap ... ares/#sub3 ver afiliación voluntaria.
La reincorporación al servicio activo tienes que solicitarlo por instancia a la misma autoridad que te concedió la excedencia, presentando la instancia en la Delegación de Defensa donde dependas administrativamente. Si no lo solicitas y llegas al límite, me parece que pierdes la condición de militar.
No puedes hacer ningún curso militar.
Excedencia Voluntaria: https://legesparabellum.com/2016/01/07/excedencia/
Ver este hilo: viewtopic.php?f=10&t=17874
Un saludo.
Tu Coronel está obligado a darle trámite, informándola si lo cree oportuno.
Real Decreto 1111/2015, de 11 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de adquisición y pérdida de la condición de militar y situaciones administrativas de los militares profesionales, https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-13485
ISFAS: en excedencia voluntaria no estás de alta en el ISFAS http://www.defensa.gob.es/isfas/isfasap ... ares/#sub3 ver afiliación voluntaria.
La reincorporación al servicio activo tienes que solicitarlo por instancia a la misma autoridad que te concedió la excedencia, presentando la instancia en la Delegación de Defensa donde dependas administrativamente. Si no lo solicitas y llegas al límite, me parece que pierdes la condición de militar.
No puedes hacer ningún curso militar.
Excedencia Voluntaria: https://legesparabellum.com/2016/01/07/excedencia/
Ver este hilo: viewtopic.php?f=10&t=17874
Un saludo.
- Cabo_Zap
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Re: Hoja de Ruta. Excedencia Voluntaria por interés particular.
Muchísimas gracias por tu información!
Facta Non Verba
- Cabo_Zap
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Re: Hoja de Ruta. Excedencia Voluntaria por interés particular.
Buenas! Tengo otra duda a ver si me la pueden resolver.
Solicitada la excedencia voluntaria, y en el transcurso de la publicación en BOD, pueden abrir expediente por falta grave?, si es así, que pasa con la excedencia, sigue su curso?
Gracias!
Solicitada la excedencia voluntaria, y en el transcurso de la publicación en BOD, pueden abrir expediente por falta grave?, si es así, que pasa con la excedencia, sigue su curso?
Gracias!
Facta Non Verba
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Re: Hoja de Ruta. Excedencia Voluntaria por interés particular.
Mientras se tramita la excedencia pueden tramitarte una falta grave, que tiene hasta un año para resolverse. Que pasa mientras tanto con la excedencia? Supongo que pararian la publicación debido a que estas pendiente de la falta grave anteriormente mencionada