MODIFICACIÓN REGLAMENTO DESTINOS FAS
Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, psmito, zuku, Arano
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Llevo dos años operada de una rodilla de realineamiento de rótula, en mis limitaciones me pone apl permanentes
Me pone:
2.A.3. Congénita/degenerativa
2.A.4.si
2.A.5.es irreversible......si
2.A.7puede continuar ejerciendo las mismas funciones de forma regular. No , presenta limitaciones para correr y marchas prolongadas
2.A.8 no mi pregunta es me quieren llenar de maniobras pero físicamente mi rodilla me impide hacer mucho más que pone en limitaciones ya que no estoy recuperada de la rodilla y el médico no me quiere operar porque no tengo músculo y m ha dicho si me opera tengo riesgo de que pierda mucho más movilidad, como puedo proceder para que me vuelvan ha pasar tribunal médico para ampliar mis limitaciones es aconsejable hacerlo
MODIFICACIÓN REGLAMENTO DESTINOS FAS
Buenas noches, he visto que se va ha modificar o se ha modificado el reglamento de destino.
Lo que he leído es que dos mienbros de las Fuerzas Armadas casados o parejas de hecho con hijo menores de 12 años destinados en la misma provincia no podrán ser destinados forzosos fuera de la misma. Me podéis confirmar si esto ha entrado hoy en vigor o aún no
Lo que he leído es que dos mienbros de las Fuerzas Armadas casados o parejas de hecho con hijo menores de 12 años destinados en la misma provincia no podrán ser destinados forzosos fuera de la misma. Me podéis confirmar si esto ha entrado hoy en vigor o aún no
- sargentodehierro
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Re: Conciliación familiar
Se ha aprobado hoy en el Consejo de Ministros, por lo que en breve se publicará en el BOE.
http://www.lamoncloa.gob.es/consejodemi ... px#Militar
Un saludo
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Un saludo
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- MJG
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Re: Modificación reglamento destinos mejora Conciliación familiar
Ya eran horas, para algunos ya nos llega tarde, pero me alegro para todos aquellos que les pueda venir bien.
Medita lo que dices y respeta lo que escuchas.
- sargentodehierro
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Re: Modificación reglamento destinos mejora Conciliación familiar
Hoy se ha publicado en el BOE Núm. 140 de 13 de junio de 2017:
Real Decreto 577/2017, de 12 de junio, por el que se modifica el Reglamento de destinos del personal militar profesional aprobado por el Real Decreto 456/2011, de 1 de abril.
ENLACE BOE
Un saludo
Real Decreto 577/2017, de 12 de junio, por el que se modifica el Reglamento de destinos del personal militar profesional aprobado por el Real Decreto 456/2011, de 1 de abril.
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- Suboficial Mayor
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Re: Modificación reglamento destinos mejora Conciliación familiar
Leyendo el boe no me queda claro una cosa.
Cuando se solicita el destino por victima de terrorismo se pide por termino municipal y te mandan ellos a la vacante que quieren o se pide la vacante concreta (siempre que se cumplan todos los requisitos) como ocurre en la gc.
Cuando se solicita el destino por victima de terrorismo se pide por termino municipal y te mandan ellos a la vacante que quieren o se pide la vacante concreta (siempre que se cumplan todos los requisitos) como ocurre en la gc.
- trasgu123
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Re: Modificación reglamento destinos mejora Conciliación familiar
Pues parece bastante claro "" tendrá derecho a la asignación de un destino en el término municipal de su elección "".
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- Suboficial Mayor
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Re: Modificación reglamento destinos mejora Conciliación familiar
Creo que no me he explicado bien, se que es en el termino municipal que se quiera.
Pero se pide una vacante concreta de ese termino municipal?
Lo digo xq nunca he visto pedir solo un termino municipal y que te manden donde quieran,normalmente se pide vacante concreta.
Muchas gracias por la respuesta
Pero se pide una vacante concreta de ese termino municipal?
Lo digo xq nunca he visto pedir solo un termino municipal y que te manden donde quieran,normalmente se pide vacante concreta.
Muchas gracias por la respuesta
- trasgu123
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Re: Modificación reglamento destinos mejora Conciliación familiar
Leete bien la modificacion, esta bien claro como se hace en el Apartado ONCE.
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- Suboficial Mayor
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Re: Modificación reglamento destinos mejora Conciliación familiar
Muchas gracias trasgu por la respuesta.He vuelto a leer toda la normativa y entiendo que puedes pedir una vacante concreta que este en el termino municipal de tu eleccion, siempre y cuando se cumplan todos los requisitos.
Eso es al menos lo que deduzco.
Eso es al menos lo que deduzco.
- trasgu123
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Re: Modificación reglamento destinos mejora Conciliación familiar
Si existen "puestos vacantes" de tu ejercito en el termino municipal.
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Re: Modificación reglamento destinos mejora Conciliación familiar
Eso es, siempre que existan vacantes y que esten libres.
Muchas gracias!!.
Muchas gracias!!.
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- Suboficial Mayor
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Re: Modificación reglamento destinos mejora Conciliación familiar
En relación a la reciente normativa de victimas del terrorismo para militares (Real Decreto 577/2017, de 12 de junio), comentar que por lo visto no es como en la Guardia Civil que se pide un destino concreto.
Yo pense que se escogia plaza concreta dentro del termino municipal que uno quisiera siempre que hubiera plazas y se ajustara a los requisitos, pero segun interpretan algunos en Madrid tu escoges el termino municipal y ellos te mandan donde quieran.......(siempre que existan plazas).
Siendo asi lo veo un poco injusto en el sentido de que si pides Madrid por ejemplo te pueden mandar (a eleccion de ellos) a un destino bueno o al peor que hay...donde necesiten gente.
Yo pense que se escogia plaza concreta dentro del termino municipal que uno quisiera siempre que hubiera plazas y se ajustara a los requisitos, pero segun interpretan algunos en Madrid tu escoges el termino municipal y ellos te mandan donde quieran.......(siempre que existan plazas).
Siendo asi lo veo un poco injusto en el sentido de que si pides Madrid por ejemplo te pueden mandar (a eleccion de ellos) a un destino bueno o al peor que hay...donde necesiten gente.
- Arano
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Re: Modificación reglamento destinos mejora Conciliación familiar
Te he contestado en el siguiente Post:halcon escribió:En relación a la reciente normativa de victimas del terrorismo para militares (Real Decreto 577/2017, de 12 de junio), comentar que por lo visto no es como en la Guardia Civil que se pide un destino concreto.
Yo pense que se escogia plaza concreta dentro del termino municipal que uno quisiera siempre que hubiera plazas y se ajustara a los requisitos, pero segun interpretan algunos en Madrid tu escoges el termino municipal y ellos te mandan donde quieran.......(siempre que existan plazas).
Siendo asi lo veo un poco injusto en el sentido de que si pides Madrid por ejemplo te pueden mandar (a eleccion de ellos) a un destino bueno o al peor que hay...donde necesiten gente.
viewtopic.php?f=18&t=21719&start=30
Saludos.
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Re: MODIFICACIÓN REGLAMENTO DESTINOS FAS
Me podéis aclarar el artículo 20 apartado 2?
Las excepciones.
Mi ejemplo.......asciendo en julio Asique me quedo en servicio activo pendiente de asignación de destino.....
Entonces sí que me pueden mandar forzoso no? Si es así, alguien me puede explicar en qué casos te puedes acoger a dicho artículo?
Muchísimas gracias
Las excepciones.
Mi ejemplo.......asciendo en julio Asique me quedo en servicio activo pendiente de asignación de destino.....
Entonces sí que me pueden mandar forzoso no? Si es así, alguien me puede explicar en qué casos te puedes acoger a dicho artículo?
Muchísimas gracias
- trasgu123
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Re: MODIFICACIÓN REGLAMENTO DESTINOS FAS
Uno no se acoge al art. 20.2. Te lo aplican quieras o no quieras, cuando se dan las tres premisas que se mecionan.