Pérdida de destino
Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, zuku, Arano
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Pérdida de destino
Hola buenas compañeros,me han abierto un expediente de incoacion por pérdidas de aptitudes psicofisicas por una lesión de la cual ya me queda nada para estar al 100%.Ya me ha dicho que pierdo destino.
Lo que pasa que en un mes ya tendré el alta médica.
Me van hacer pasar un tribunal? Que es el siguiente paso.
Muchas gracias.
Lo que pasa que en un mes ya tendré el alta médica.
Me van hacer pasar un tribunal? Que es el siguiente paso.
Muchas gracias.
- sargentodehierro
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Re: Pérdida de destino
Hola compañero,
Aunque presentes el alta de tu médico de cabecera, el expediente va a seguir su trámite y pasarás por la Junta Médico Pericial.
Un saludo
Aunque presentes el alta de tu médico de cabecera, el expediente va a seguir su trámite y pasarás por la Junta Médico Pericial.
Un saludo
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- Soldado
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Re: Pérdida de destino
Vale muchas gracias y me vería un traumatologo al tratarse de una lesión de hombro? O son médicos de medicina general.
Gracias .
Gracias .
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Re: Pérdida de destino
Otra cosa que se me había pasado preguntar,una vez que ya haya pasado todos los trámites a la hora de pedir destino ,tengo preferencia para que me den la plaza?
Gracias
Gracias
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- Sargento 1º
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Re: Pérdida de destino
Hola compañero.
Una vez pases el "tribunal" (JMP) , y te notifiquen oficialmente su veredicto, y te digan si eres "No apto", "Apto con limitaciones" o "Acto sin Limitaciones" (como parece ser que va a ser tu caso), pasaras a la situación de SAPAD (pendiente de destino) y estableceras (no se si por defecto ya lo hacen ellos automáticamente) unas prioridades de destino o algo así......
que traducido al "cristiano" sería que te daran prioridad para obtener una plaza en la localidad "HONOLULU" (entiendase la ironía) , durante 6 meses, corrijanme si no estoy en lo cierto , por favor.
Un saludo y espero servir Te de ayuda.
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- Sargento 1º
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Re: Pérdida de destino
Pudiéndose darse el caso de estar trabajando, con el alta médica en la unidad y a la vez esperando a ser cesado????.sargentodehierro escribió: ↑Mié Ene 31, 2018 8:09 am Hola compañero,
Aunque presentes el alta de tu médico de cabecera, el expediente va a seguir su trámite y pasarás por la Junta Médico Pericial.
Un saludo
Situación rara pero "de aquí" me lo creo "to".
Pd: entiéndase aquí como "la empresa"
- sargentodehierro
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- Comentario: XXXIII AGBS
Re: Pérdida de destino
Real Decreto 456/2011, de 1 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de destinos del personal militar profesional
"Artículo 18. Destinos de los militares a los que se les ha instruido un expediente para determinar si existe insuficiencia de condiciones psicofísicas.
1. El militar que como consecuencia del resultado de un expediente para determinar si existe insuficiencia de condiciones psicofísicas haya sido declarado útil con limitación para ocupar determinados destinos, como consecuencia del servicio, podrá solicitar la habilitación de una vacante adecuada a dicha limitación en una relación de puestos militares de su Ejército o cuerpo común de pertenencia en el término municipal de su elección. La relación de puestos militares la determinará el Jefe de Estado Mayor correspondiente o el Subsecretario de Defensa en el caso de los miembros de los cuerpos comunes de las Fuerzas Armadas y el destino a la vacante habilitada se asignará por el procedimiento de libre designación.
2. El militar que como consecuencia del resultado de un expediente para determinar si existe insuficiencia de condiciones psicofísicas haya sido declarado útil y apto para el servicio y el que haya sido declarado útil con limitación para ocupar determinados destinos sin ser dicha limitación consecuencia del servicio, tendrán derecho preferente para ocupar las vacantes, adecuadas a su condición psicofísica, que se asignen por antigüedad en las relaciones de puestos militares, del Ejército o cuerpo común de pertenencia, correspondientes a unidades ubicadas en el mismo término municipal que su última unidad de destino en territorio nacional. Este derecho se mantendrá durante seis meses desde la resolución del expediente."
Un saludo
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- sargentodehierro
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Re: Pérdida de destino
Te verá el médico especialista que corresponda a tus lesiones o patologías.
Un saludo
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- Soldado
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Re: Pérdida de destino
En el punto 2 ,quiere decir que yo aunque sea más moderno que otro compañero tengo preferencia a él a la hora de asignacion de plaza ,verdad?
Muchas gracias por todo!!
Muchas gracias por todo!!
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- Sargento 1º
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- Comentario: Lucha hasta el final
Re: Pérdida de destino
Si tu eres "preferencia" y el no, si. Ya que en ese caso la preferencia anula esa antigüedad, ahora bien, otro caso distinto es tener ambos preferencia y existir solo una vacante.
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- Soldado
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Re: Pérdida de destino
Vale muchísimas gracias por todo,me habéis quitado todas las dudas.
Un saludo
Un saludo
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- Sargento 1º
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Re: Pérdida de destino
A servir!!!
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- Sargento
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Re: Pérdida de destino
Estoy en la misma situación del compañero y no me queda clara una cosa. Yo seré apto sin limitaciones por una lesión ocasionada a consecuencia del servicio. Estaba destinado en Murcia por lo tanto tendré "preferencia" para cualquier unidad de Murcia según pone en el punto 2 durante seis meses o a cualquiera de cualquier localidad de España? Gracias
- TEMPUS FUGIT
- Coronel
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Re: Pérdida de destino
2. El militar que como consecuencia del resultado de un expediente para determinar si existe insuficiencia de condiciones psicofísicas haya sido declarado útil y apto para el servicio y el que haya sido declarado útil con limitación para ocupar determinados destinos sin ser dicha limitación consecuencia del servicio, tendrán derecho preferente para ocupar las vacantes, adecuadas a su condición psicofísica, que se asignen por antigüedad en las relaciones de puestos militares, del Ejército o cuerpo común de pertenencia, . Este derecho se mantendrá durante seis meses desde la resolución del expediente."
correspondientes a unidades ubicadas en el mismo término municipal que su última unidad de destino en territorio nacional
- TEMPUS FUGIT
- Coronel
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Re: Pérdida de destino
No hace falta " creesrse todo lo de aqui"
PD entiendase aqui, como "Ministerio de defensa"
No es necesario un acto de fe.... simplemente, leerse la reglamentacion que nos afecta y que no es precisamente de ayer.....
" Dura lex, Sed Lex"
cuando algo no lo entiendo... o no me gusta... resulta que los "raros " son nuestros jefes Por aplicar la legislacion en vigor.....
Legislacion, que por otro lado, aceptamos sin ningun recato cuando ingresamos en " la empresa", puesto que ya estaba en vigor
Pero resulta que no hacemos nada para que se cambie ( en el caso que nos parezca injusto)
Seguro que hay miles de " empresas" que estaran encantados de aceptarnos y adaptar sus "normas " a nuesta conveniencia