Vacante Forzoso

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manuorgar
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Vacante Forzoso

Mensaje por manuorgar »

Buenos días compañeros!

Como ya sabéis han salido las vacantes periódicas de Julio.

En estas ya pueden destinarme como "Forzoso".

Mi pregunta es la siguiente:

Si una vacante no puede ser solicitada voluntariamente al no cumplir los requisitos, por ejemplo, "660: Tener cumplidos 38 años de edad..."

¿Pueden asignarme esta vacante forzosamente si tiene la coletilla "511: Esta vacante será asignada con carácter forzoso..." aun no cumpliendo los demás requisitos?

Saludos! -drinks -drinks
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sargentodehierro
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Re: Vacante Forzoso

Mensaje por sargentodehierro »

Hola compañero,

No deberían de poder asignarte este destino con carácter forzoso, ya que el artículo 19 del Real Decreto 456/2011, de 1 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de destinos del personal militar profesional, dice:

"Criterios generales para la asignación de destinos con carácter forzoso.
1. Solamente se podrá destinar con carácter forzoso a una vacante a quien haya podido solicitarla, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7..."


Por lo tanto, si no la has podido solicitar, no te pueden destinar allí forzoso.

Un saludo
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TEMPUS FUGIT
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Re: Vacante Forzoso

Mensaje por TEMPUS FUGIT »

manuorgar escribió: Mar Jul 24, 2018 1:33 pm
¿Pueden asignarme esta vacante forzosamente si tiene la coletilla "511: Esta vacante será asignada con carácter forzoso..." aun no cumpliendo los demás requisitos?
Real Decreto 456/2011, de 1 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de destinos del personal militar profesional.
Artículo 19. Criterios generales para la asignación de destinos con carácter forzoso.
1. Solamente se podrá destinar con carácter forzoso a una vacante a quien haya podido solicitarla, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7.
manuorgar
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Re: Vacante Forzoso

Mensaje por manuorgar »

Muchísimas gracias compañero!

Todo claro.


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