Rescisión y pago único?

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Khc
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Rescisión y pago único?

Mensaje por Khc »

Buenos días!
Soy nuevo por aquí, y ya que quería hacer una pregunta a ver si alguien me puede ayudar,me presento por aquí y dejo mi duda.
Soy militar en activo y mi idea es dejar mi puesto y hacerme autónomo para empezar a formar una empresa. Me dijeron como que se podia pedir el pago único saliendo del cuerpo voluntariamente, pero la seguridad social dice que depende lo que te pongan en el informe de rescisión. Alguien sabe algo del tema? Por donde puedo hacerlo y como? O, que pone en el informe cuando sales en la boe de baja?
Mil gracias
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sargentodehierro
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Re: Rescisión y pago único?

Mensaje por sargentodehierro »

Hola compañero,

Cuando te refieres al pago único entiendo que te refieres a la capitalización del desempleo para montar tu propio negocio. El primer requisito es ser perceptor de una prestación por desempleo. En tu caso, al resolver tu compromiso a petición propia, no estarías en situación legal de desempleo, como establece el artículo 292 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

Si tienes más dudas, lo mejor es dirigirse al SEPE: ENLACE

Un saludo
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masss
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Re: Rescisión y pago único?

Mensaje por masss »

Buenos días:

La normativa que regula la situación por desempleo es el Real Decreto 474/1987, de 3 de abril, por el que se extiende la protección por desempleo al personal de las Escalas de Complemento y Reserva Naval y Clases de Tropa y Marinería Profesional.

Según establece este Real Decreto en su artículo 2 la no renovación del compromiso, una vez cumplido, aunque sea a petición propia, si da derecho a desempleo, otra cosa es que te des de baja antes de que finalice el compromiso.

Real Decreto 474/1987, de 3 de abril, por el que se extiende la protección por desempleo al personal de las Escalas de Complemento y Reserva Naval y Clases de Tropa y Marinería Profesionales.
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Khc
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Re: Rescisión y pago único?

Mensaje por Khc »

Si, yo tenía entendido eso, que al ser baja por voluntad propia no tenia derecho, ya que no es una situación legal de desempleo. El Sepe ya me informo justo ayer de ello, pero ya que a veces no se sabe bien con que personas te puedes encontrar detrás de la mesa (sin ánimo de ofender) quería haceros la pregunta para quedarme más tranquilo. Y tampoco estoy en la situación de termino de renovación, que en ese caso también sabia que era legal.
Pues muchísimas gracias por vuestra ayuda compañeros
Un saludo
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