Que me pertenece por cambio de destino?

Intercambio de información de compañeros en situación de activo y reserva.

Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, zuku, Arano

Responder
NetAlexys1
Soldado
Soldado
Mensajes: 2
Registrado: Dom Oct 07, 2018 4:32 pm
Cuerpo: Militar Temporal
Situacion: Activo

Que me pertenece por cambio de destino?

Mensaje por NetAlexys1 »

Buenas tardes, soy mptm de larga duración, y quiero pedir una plaza a Canarias, la plaza es voluntaria, tendría derecho a algo si me la dan? Mudanza viaje familia...
Muchas gracia spor adelantado.
Avatar de Usuario
sargentodehierro
Teniente General
Teniente General
Mensajes: 15240
Registrado: Lun Mar 28, 2011 11:13 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: XXXIII AGBS

Re: Que me pertenece por cambio de destino?

Mensaje por sargentodehierro »

Hola compañero,

Échale un vistazo al artículo 23 del REAL DECRETO 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.

Un saludo
HACIENDO CLICK EN LA PUBLICIDAD DE LA WEB AYUDAMOS A SU MANTENIMIENTO. GRACIAS.
NetAlexys1
Soldado
Soldado
Mensajes: 2
Registrado: Dom Oct 07, 2018 4:32 pm
Cuerpo: Militar Temporal
Situacion: Activo

Re: Que me pertenece por cambio de destino?

Mensaje por NetAlexys1 »

sargentodehierro escribió: Dom Oct 07, 2018 8:00 pm Hola compañero,

Échale un vistazo al artículo 23 del REAL DECRETO 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.

Un saludo
Si pero por lo que yo entiendo, ahi habla de forzosos dentro de destino nacional, no veo que hable de los archipielagos y de cambio de destino.
Avatar de Usuario
sargentodehierro
Teniente General
Teniente General
Mensajes: 15240
Registrado: Lun Mar 28, 2011 11:13 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: XXXIII AGBS

Re: Que me pertenece por cambio de destino?

Mensaje por sargentodehierro »

NetAlexys1 escribió: Dom Oct 07, 2018 8:12 pm ahi habla de forzosos dentro de destino nacional, no veo que hable de los archipielagos
Hombre...que los archipiélagos siguen siendo territorio nacional...

Las indemnizaciones por traslado de residencia, como norma general son para los traslados forzosos. En algunas publicaciones de vacantes, viene esta coletilla:

"El personal que adquiera un destino desde la península o ciudades de Ceuta o Melilla a cualquiera de las Islas Baleares o Canarias, tendrá
derecho a indemnización por traslado de residencia"


Si es el caso de las vacantes que solicites, tendrás derecho a la indemnización por traslado de residencia.

Un saludo
HACIENDO CLICK EN LA PUBLICIDAD DE LA WEB AYUDAMOS A SU MANTENIMIENTO. GRACIAS.
Responder

Volver a “Personal Militar Fuerzas Armadas”