Tengo una duda, las guardias localizables se computan las horas como parte de las 1650 horas anuales. Y si es asi se podrian solicitar como horas extras.
Muchas gracias
Guardias localizables
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Re: Guardias localizables
Guardia localizable ??. Eso es nuevo para mi, que normativa militar las contempla ??
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Re: Guardias localizables
Cuando terminas el servicio pero estas localizable por si ocurre algo, y te llaman y tienes q incorporarte en 30 min.
- trasgu123
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Re: Guardias localizables
Eso no es una guardia y en todo caso estar localizable y tener un plazo de tiempo para incorporarse, mas o menos amplio dependiendo de la unidad de destino, es aplicable a todo el personal militar. Un guardia requiere un nombramiento previo.
En todo caso y respondiendo a la pregunta concreta, la respuesta esta en la Orden DEF/1363/2016, por la que se regulan la jornada y el régimen de horario habitual en el lugar de destino de los miembros de las Fuerzas Armadas (BOE 192)
Artículo 5. Jornada General y horarios.
1. La duración de la jornada general será de 37 horas y media semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual, siendo su equivalencia en horas anuales la que en cada momento se contemple en las instrucciones sobre jornada y horario de trabajo del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos públicos.
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Re: Guardias localizables
Realmente, si que está regulado ese tiempo de *trabajo ON CALL*
Pero únicamente computa ese tiempo cuando *pasa algo* y tienes que acudír..... Y solo es computable ese tiempo
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- TEMPUS FUGIT
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Re: Guardias localizables
Véase Orientaciones sobre permisos y horarios en el ET
- trasgu123
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Re: Guardias localizables
De ahi lo de TRABAJO EFECTIVO que dice la Orden.
Pero lo de Guardia localizable, pues como que no me suena. Salvo para los medicos, pero eso ya es otro asunto.
Pero lo de Guardia localizable, pues como que no me suena. Salvo para los medicos, pero eso ya es otro asunto.