Buenos dias, tengo una gran duda a ver si alguien sabe contestarmela. El tiempo que se pasa de licencia por asuntos propios cuenta como tiempos de servicios en la unidad en que se este destinado? Por ejemplo a la hora de baremos, si estoy en una unidad preferente y me voy 90 dias de LAP, ese tiempo cuenta o se queda en un limbo a la hora de baremos?
Gracias
Licencia de asuntos propios y tiempo de servicio
Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, zuku, Arano
-
- General de Brigada
- Mensajes: 6981
- Registrado: Mar Oct 07, 2008 10:35 pm
- Cuerpo: Militar de Carrera
- Situacion: Retiro por edad
- Ubicación: Sevilla
Re: Licencia de asuntos propios y tiempo de servicio
¿ Licencia o excedencia ?
-
- General de Brigada
- Mensajes: 6981
- Registrado: Mar Oct 07, 2008 10:35 pm
- Cuerpo: Militar de Carrera
- Situacion: Retiro por edad
- Ubicación: Sevilla
Re: Licencia de asuntos propios y tiempo de servicio
Al no perder destino, si cuenta para el baremo de servicios en ese tipo de Unidades; puesto que sigues destinado en ella. Es como cuando estás de permiso, salvo para las retribuciones. Pero yo creía que con la nueva Ley de la Carrera Militar, esa figura había desaparecido, pasando a denominarse "Excedencia voluntaria por interés particular". Articulo 110 b)
-
- Cabo 1º
- Mensajes: 23
- Registrado: Lun May 11, 2015 10:35 pm
- Cuerpo: Militar Temporal
- Situacion: Activo
Re: Licencia de asuntos propios y tiempo de servicio
Buenas tardes, te respondo a tu respuesta, una cosa son las licencias y otras las excedencias.
En mi caso yo me cogi 90 dias por estudios, donde no se cobra pero sigues en tu unidad, y la otra como tu bien dices se llama excedencia por asuntos particulares, donde tampoco cobras y tampoco tienes ni derechos ni obligaciones con las fas, en esta situacion se pasa a depender de la subdelegacion donde pertenezcas y al querer reincorporarte tienes que solicitarlo, cosa que con las licencias no ocurre nada de lo anterior citado.
Por eso mi pregunta porque unos me ficen que no computa a efectos de baremo porque estoy fuera y otros que si, he buscado la nornormativa pero no pone nada
En mi caso yo me cogi 90 dias por estudios, donde no se cobra pero sigues en tu unidad, y la otra como tu bien dices se llama excedencia por asuntos particulares, donde tampoco cobras y tampoco tienes ni derechos ni obligaciones con las fas, en esta situacion se pasa a depender de la subdelegacion donde pertenezcas y al querer reincorporarte tienes que solicitarlo, cosa que con las licencias no ocurre nada de lo anterior citado.
Por eso mi pregunta porque unos me ficen que no computa a efectos de baremo porque estoy fuera y otros que si, he buscado la nornormativa pero no pone nada
-
- General de Brigada
- Mensajes: 6981
- Registrado: Mar Oct 07, 2008 10:35 pm
- Cuerpo: Militar de Carrera
- Situacion: Retiro por edad
- Ubicación: Sevilla
Re: Licencia de asuntos propios y tiempo de servicio
Sigues destinado en la misma Unidad; a todos los efectos es como si estuvieras de permiso; solo que sin cobrar.
-
- Cabo 1º
- Mensajes: 23
- Registrado: Lun May 11, 2015 10:35 pm
- Cuerpo: Militar Temporal
- Situacion: Activo
Re: Licencia de asuntos propios y tiempo de servicio
Muchísimas gracia por vuestras respuestas, es lo que yo creía, vamos que el listillo de mi oficina este año no le va a servir comerme la cabeza, porque se empeño en quitarme del baremo 3 meses, y nos toco discutir.