¿Cuánto tiempo tengo para despedirme de mi UCO?

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Alexgj90
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¿Cuánto tiempo tengo para despedirme de mi UCO?

Mensaje por Alexgj90 »

Hola. Estoy a punto de salir en el BOD por cese de destino por incoación de expediente de pérdidas de aptitudes psicofísicas y en ese momento pertenecería a mi subdelegación de defensa.
Actualmente estoy a 500kms de mi unidad y la pregunta es. Una vez salga en el BOD. ¿Cuánto tiempo tengo para despedirme de mi actual UCO? ¿Si salgo por ejemplo el 23 en el BOD tengo que ir el mismo día o tengo X días para poder ir a devolver todo y despedirme? Saludos
Danaerys
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Re: ¿Cuánto tiempo tengo para despedirme de mi UCO?

Mensaje por Danaerys »

Tienes que esperar a que tu unidad te lo comunique y ya ellos te dirán el día que has de ir.
Al menos eso es lo normal.
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Re: ¿Cuánto tiempo tengo para despedirme de mi UCO?

Mensaje por dmf »

Alexgj90 escribió: Jue Jul 18, 2019 12:18 am ¿Cuánto tiempo tengo para despedirme de mi actual UCO?
Hola, ver el Real Decreto 456/2011, de 1 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de destinos del personal militar profesional, Artículo 24. Incorporaciones y relevos. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-6097
Hay que atenerse a lo que dice el Reglamento.
No te lo tienen que notificar, ya estás notificado con la publicación del nuevo destino en el BOD.
Un saludo.
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Re: ¿Cuánto tiempo tengo para despedirme de mi UCO?

Mensaje por Danaerys »

dmf escribió: Jue Jul 18, 2019 3:18 pm
Alexgj90 escribió: Jue Jul 18, 2019 12:18 am ¿Cuánto tiempo tengo para despedirme de mi actual UCO?
Hola, ver el Real Decreto 456/2011, de 1 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de destinos del personal militar profesional, Artículo 24. Incorporaciones y relevos. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-6097
Hay que atenerse a lo que dice el Reglamento.
No te lo tienen que notificar, ya estás notificado con la publicación del nuevo destino en el BOD.
Un saludo.
Perdona, pero discrepo.
La Unidad te ha de llamar para notificártelo y decirte el día que has de ir a despedirte, ya que hay que firmar varios documentos y hay que despedirse del Jefe de la Unidad, que no siempre está disponible.
No todo el mundo tiene acceso al BOD.
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Re: ¿Cuánto tiempo tengo para despedirme de mi UCO?

Mensaje por dmf »

Danaerys escribió: Jue Jul 18, 2019 4:08 pm
dmf escribió: Jue Jul 18, 2019 3:18 pm
Alexgj90 escribió: Jue Jul 18, 2019 12:18 am ¿Cuánto tiempo tengo para despedirme de mi actual UCO?
Hola, ver el Real Decreto 456/2011, de 1 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de destinos del personal militar profesional, Artículo 24. Incorporaciones y relevos. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-6097
Hay que atenerse a lo que dice el Reglamento.
No te lo tienen que notificar, ya estás notificado con la publicación del nuevo destino en el BOD.
Un saludo.
Perdona, pero discrepo.
La Unidad te ha de llamar para notificártelo y decirte el día que has de ir a despedirte, ya que hay que firmar varios documentos y hay que despedirse del Jefe de la Unidad, que no siempre está disponible.
No todo el mundo tiene acceso al BOD.
Hola, las Normas están para ser cumplidas y conocidas por unos y por otros.
Estando de baja NO tienes obligación de despedirte (ni de presentarte si fuera el caso) y los papeles que tengas que firmar los pueden enviar a tú domicilio, los firmas y los devuelves o los envían a la Delegación, vas y los firmas.
El material a devolver, das la llave de la taquilla a un compañero, redactas un escrito donde le autorizas a devolver todo en tu nombre (con el correspondiente recibo de lo entregado por el encargado) y listo.
El BOD se puede ver en las UCOs y si no me equivoco en las Casas Cuartel de la GC, además te lo pueden enviar por mensajería un compañero.
Una cosa es lo que hagan en la Unidad por costumbre (el banco pintado) y otra muy distinta lo que hay que hacer segun las Normas.
¿En qué Norma está escrito que el Jefe tiene que decirte el día en que has de ir a despedirte por un cese en el destino por Inicio del EICP, y que la Unidad te tienen que llamar para notificártelo? en tal caso las notificaciones se hacen por escrito y según el Procedimiento Administrativo, ¿y que hay que despedirse del Jefe de Unidad, que no siempre está disponible?, si no está te despides del Mando que esté con caracter accidental, pero si estás de baja, insisto, NO hay obligación.

Leete la Norma:
"2. El plazo de incorporación al destino empezará a contabilizar a partir de la fecha de cese en el destino de origen, que se efectuará, cuando no exista una fecha previamente establecida, el décimo día hábil contado a partir del día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Ministerio de Defensa”, sin que sea necesaria ninguna otra notificación.
Cuando en la asignación de un destino se determine una fecha de incorporación, el jefe de la unidad de origen dispondrá una fecha de cese en la que se respeten los plazos máximos de incorporación establecidos en el apartado 1 y se notificará personalmente al interesado."
Y a veces si preguntas en la Unidad ciertas cosas puede que te "quedes de cuadras".
Un saludo.
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Re: ¿Cuánto tiempo tengo para despedirme de mi UCO?

Mensaje por Alexgj90 »

dmf escribió: Jue Jul 18, 2019 5:16 pm
Danaerys escribió: Jue Jul 18, 2019 4:08 pm
dmf escribió: Jue Jul 18, 2019 3:18 pm
Hola, ver el Real Decreto 456/2011, de 1 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de destinos del personal militar profesional, Artículo 24. Incorporaciones y relevos. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-6097
Hay que atenerse a lo que dice el Reglamento.
No te lo tienen que notificar, ya estás notificado con la publicación del nuevo destino en el BOD.
Un saludo.
Perdona, pero discrepo.
La Unidad te ha de llamar para notificártelo y decirte el día que has de ir a despedirte, ya que hay que firmar varios documentos y hay que despedirse del Jefe de la Unidad, que no siempre está disponible.
No todo el mundo tiene acceso al BOD.
Hola, las Normas están para ser cumplidas y conocidas por unos y por otros.
Estando de baja NO tienes obligación de despedirte (ni de presentarte si fuera el caso) y los papeles que tengas que firmar los pueden enviar a tú domicilio, los firmas y los devuelves o los envían a la Delegación, vas y los firmas.
El material a devolver, das la llave de la taquilla a un compañero, redactas un escrito donde le autorizas a devolver todo en tu nombre (con el correspondiente recibo de lo entregado por el encargado) y listo.
El BOD se puede ver en las UCOs y si no me equivoco en las Casas Cuartel de la GC, además te lo pueden enviar por mensajería un compañero.
Una cosa es lo que hagan en la Unidad por costumbre (el banco pintado) y otra muy distinta lo que hay que hacer segun las Normas.
¿En qué Norma está escrito que el Jefe tiene que decirte el día en que has de ir a despedirte por un cese en el destino por Inicio del EICP, y que la Unidad te tienen que llamar para notificártelo? en tal caso las notificaciones se hacen por escrito y según el Procedimiento Administrativo, ¿y que hay que despedirse del Jefe de Unidad, que no siempre está disponible?, si no está te despides del Mando que esté con caracter accidental, pero si estás de baja, insisto, NO hay obligación.

Leete la Norma:
"2. El plazo de incorporación al destino empezará a contabilizar a partir de la fecha de cese en el destino de origen, que se efectuará, cuando no exista una fecha previamente establecida, el décimo día hábil contado a partir del día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Ministerio de Defensa”, sin que sea necesaria ninguna otra notificación.
Cuando en la asignación de un destino se determine una fecha de incorporación, el jefe de la unidad de origen dispondrá una fecha de cese en la que se respeten los plazos máximos de incorporación establecidos en el apartado 1 y se notificará personalmente al interesado."
Y a veces si preguntas en la Unidad ciertas cosas puede que te "quedes de cuadras".
Un saludo.
Mil gracias, eso es lo que quería ver. Por desgracia no me voy de la mejor manera de mi unidad y sabiendo ellos que la baja la paso en mi ciudad no quiero ir a darme el viaje de 500kms cuando a ellos les den la gana para tener que despedirme.
Gracias
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Re: ¿Cuánto tiempo tengo para despedirme de mi UCO?

Mensaje por dmf »

Alexgj90 escribió: Jue Jul 18, 2019 10:55 pm Mil gracias, eso es lo que quería ver. Por desgracia no me voy de la mejor manera de mi unidad y sabiendo ellos que la baja la paso en mi ciudad no quiero ir a darme el viaje de 500kms cuando a ellos les den la gana para tener que despedirme.
Gracias
Hola por si surgen dudas sobre lo de NO presentarse ni despedirse estando de baja médica:

Instrucción 1/2013, de 14 de enero, de la Subsecretaria de Defensa, por la que se dictan normas sobre la determinación y el control de las bajas temporales para el servicio del Personal Militar.
“Segundo. Derechos y obligaciones.
1.El personal incluido en el ámbito de aplicación de esta instrucción tendrá los siguientes derechos y obligaciones

g) A no realizar actividad profesional durante el periodo de baja temporal.

2. El incumplimiento de las obligaciones señaladas en el punto anterior podrá dar lugar, en su caso, a la responsabilidad disciplinaria o penal que corresponda”

Creo que está claro, a NO realizar actividad profesional estando de baja, lo que incluye todo.
Ya que presentarse, despedirse, hacer gimnasia, reparar un vehículo, instrucción de combate, teóricas, etc., son actividades propias de la profesión.
En todo caso si el Jefe dice que hay que subir a la Unidad, para despedirse o para lo que sea estando de baja, que lo comunique al interesado por escrito, para depurar posibles responsabilidades en caso, por ejemplo, de sufrir un accidente durante el itinerario a la Unidad.
Un saludo.
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Re: ¿Cuánto tiempo tengo para despedirme de mi UCO?

Mensaje por Francisco I »

Las despedidas siempre se pueden hacer mediante escrito dirigido al jefe del cual tenemos la obligación; y será éste, el que amparándose en algún motivo concreto, pueda ordenar por escrito el que el acto se ejecute presencialmente. Si así lo hiciera, habrá de disponer lo necesario para que se tramite el correspondiente pasaporte de ida y vuelta; siempre que la residencia en lugar distinto al del destino, esté debidamente autorizada. Dicho pasaporte será el mejor documento oficial para una indemnización por accidente, ya que éste estaría considerado como en acto de servicio.

¿ Alguien ha visto a algún alto mando viajar sin pasaporte ? La mayoría disponen de uno abierto.
Danaerys
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Re: ¿Cuánto tiempo tengo para despedirme de mi UCO?

Mensaje por Danaerys »

No había dicho que estaba de baja. De ahí mi respuesta.
Podría haber estado de vacaciones a la espera del cese, como está un compañero mío.
Última edición por Danaerys el Sab Jul 20, 2019 2:19 pm, editado 1 vez en total.
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