FCT Compatibilidad

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Canelon
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FCT Compatibilidad

Mensaje por Canelon »

Buenas tardes.

He buscado mucho y consultado en diferentes IES y no me lo terminan de dejar claro, a ver si podeis echarme una mano.

Soy Soldado del ET y me matricule en un CFGS para el curso 2020 - 2021, como todo Ciclo Formativo en el 2° Curso hay que realizar la Formacion en Centros de Trabajo.
El "Real Decreto-Ley 28/2018 de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo", en su "Disposición adicional quinta" obliga a dar de Alta en la SS a todos los estudiantes que realicen dicha FCT.
Teniendo en cuenta que dichas FCT tiene una duracion de 400 h y que estas no se encuentran recogidas el el "Art. 19" de la "Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas".
Entiendo que deberia solicitar la compatibilidad (en el momento de hacer dicha FCT no podria pedir excedencia al no tener CLD y tarsaria varios meses en hacerlas ya que maximo podria hacer 18,75 horas a la semana) o si no no matricularme de ellas.
Me gustaria conocer si alguien ha estado ya en esta situacion o si conoceis alguna excepcion o interpreracion y donde esta recogida, entiendo que los "funcionarios" no debamos acaparar toda la actividad laboral, pero siendo practicas no remuneradas y que en ningun caso sustituye a un trabajador (se supone) supongo que debe existir alguna excepcion o interpretacion que no he sabido encontrar.
En IES solo me dicen que no puedo hacerlas estando de alta en SS en mi horario laboral, asi que supongo yo, podria hacerlas en fin de semana (independientemente de continuadas, guardias...) o por las tardes solicitando compatibilidad (entiendo que es diferente que no exista la obligacion de solicitar la compatibilidad a que no pueda superar la mitad de la jornada laboral) y tardando unos 5 meses largos en hacerlas.

Perdon por el follon, espero haber sido lo suficientemente claro, espero que haya alguna formula para nisiquiera tener que solicitar la compatibilidad, pero lo veo dificil.

Un saludo y muchas gracias a quien dedique parte de su tiempo a leer el mensaje y darle vueltas a mi situacion.
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trasgu123
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Re: FCT Compatibilidad

Mensaje por trasgu123 »

Real Decreto 517/1986, de 21 de febrero, incompatibilidades del personal militar, art. 8 y siguientes.
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Re: FCT Compatibilidad

Mensaje por alexrr »

Hace unos años yo pedí una licencia por asuntos propios e hice las fct..... No se si actúe legalmente pero no tube problemas..... También es verdad que creo que no me dieron de alta en la SS ya que en ese entonces no era obligatorio.....
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Re: FCT Compatibilidad

Mensaje por Canelon »

trasgu123 escribió: Sab Ago 15, 2020 12:40 pm Real Decreto 517/1986, de 21 de febrero, incompatibilidades del personal militar, art. 8 y siguientes.
Buenos dias Trasgu.

Entiendo que tendria que solicitar la compatibilidad llegado el caso, gracias por tu rapida respuesta.
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Re: FCT Compatibilidad

Mensaje por Canelon »

alexrr escribió: Sab Ago 15, 2020 1:10 pm Hace unos años yo pedí una licencia por asuntos propios e hice las fct..... No se si actúe legalmente pero no tube problemas..... También es verdad que creo que no me dieron de alta en la SS ya que en ese entonces no era obligatorio.....
Buenos dias Alexrr.

La obligacion de dar de alta en la SS proviene desde el Curso 2018 / 2019 (Legislacion citada en mi primer mensaje).
Con la licencia (asuntos propios, estudios, etc...) no se suspende la condicion de militar, solo es un permiso para no ir a trabajar y no percibir remuneracion (por decirlo un poco claramente), asi que no seria posible hacerlas ahora.

Gracias por tu respuesta
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Re: FCT Compatibilidad

Mensaje por Canelon »

Buenas Trasgu, vi que me respondiste en el sentido contrario de mi ultima respuesta aunque ahora no la veo, no se si la abras borrado.

En cualquier caso he estado releyendo el RD que me indicaste y sigo sin ver solucion:

- Art. 8: La ultima frase del parrafo dice asi: "Salvo cuando se trate del ejercicio de un derecho legalmente reconocido que realice para sí directamente el interesado".
No se si te refieres a este texto, si fuera asi ¿Ni siquiera tendria que solicitar compatibilidad?

- Art. 15.6: Dice asi: "Quedan exceptuadas del régimen de incompatibilidades las actividades siguientes: La producción literaria, artística, científica y técnica, así como las publicaciones derivadas de aquéllas siempre que dichas actividades no se originen como consecuencia de una relación de empleo o de prestación de servicios".
Tal vez te refirieras a este articulo, pero la produccion literaria, cientifica o tecnica no lo habia interpretado asi, si te te refieres al final del texto, es cierto que la FCT no se origina como relacion de empleo, pero con la interpretacion que yo hacia no podria.
Si te refieres a este caso entiendo que no debo pedir la compatibilidad tampoco y en ese caso entiendo que seguiria valiendo el maximo de 20 horas semanales (Art. 9 parrafo 2°).

Perdona si escribo tanto, pero ya que solicito vuestra ayuda, al menos que veais que he buscado y no he encontrado la solucion, y no simplemente vine a que me resolvierais mis dudas sin haberme preocupado yo.

Un saludo h muchas gracias.
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Re: FCT Compatibilidad

Mensaje por JaviG »

¿En qué consiste tu labor como militar? ¿Cobras complemento de especial dedicación?
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Re: FCT Compatibilidad

Mensaje por Canelon »

No cobro CED (en este caso ya me tocaria la nariz, ya que no se cobra durante la FCT) mi funcion dentro de la unidad es de fusilero.
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Re: FCT Compatibilidad

Mensaje por trasgu123 »

Tal y como yo lo entiendo, no es lo mismo un contrato laboral que hacer practicas curriculares que son obligatorias para obtencion del titulo oficial.

El que los "practicos" esten dados de alta en la S Social. es para que tengan una cobertura en caso de algun percance mientras se realizan las practicas.
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Re: FCT Compatibilidad

Mensaje por Canelon »

Buenas Trasgu.
La interpretacion que yo hacia inicialmente es la misma qur la tuya, ciertamente es positivo que te den de alta en la SS, si sufres algun accidente estas cubierto.
Pero en los IES's (he preguntado en mas de uno) me comentan que no se puede, de hecho les expuse el hipotetico caso de alguien que este de baja por maternidad/paternidad y tenga que hacer la FCT y les costo decirme que no podria hacerlas hasta que pasase dicha baja.
Supongo de debere realizar una consulta a la SS (si sabeis donde debo dirigirla agradeceria que me lo dijeseis, si no tendre que buscarla) o al Servicio de FP de la Consejeria de Educacion de la Comunidad Autonoma, aun no quiero dar el follon a la "empresa".
Nuevamente gracias.
sardo
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Re: FCT Compatibilidad

Mensaje por sardo »

Hola canelon.

Las practicas de FP, ya sean un ciclo formativo de grado medio o superior, actualmente no llevan aparejada el alta en la SS. Este año comence las practicas de un GM (posteriormente suspendidas por el tema COVID 19) y no me dieron de alta en la SS y durante el curso 17/18 termine un ciclo formativo de GS y realice practicas (FCT) en un organismo publico con una subcontrata y tampoco fui dado de alta en la SS. Actualmente no es necesario el alta en la SS excepto para la FP dual (hay retribuciones). Te lo digo con conocimiento de causa por que actualmente estoy cursando otro GM y nos han ofrecido la posibilidad de realizar el segundo curso del ciclo formativo en la modalidad dual a lo que he tenido que renunciar por lo comentado anteriormente (alta en SS).
Espero que mi aportacion que te sirva de algo.
Te mando un saludo y mi animo para que termines ese Ciclo Formativo.
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Re: FCT Compatibilidad

Mensaje por Canelon »

Buenas Sardo.

Gracias por tu respuesta, sin animo de entrar en conflicto (por aqui no se aprecia el lenguaje no verbal y si uno escribe mas o menos serio puede parecer que esta enfadado y nada mas lejos de la realidad, agradezco todas las respuestas).
Mira lo que dice la Disposicion Adicional Quinta del Real Decreto-Ley 28/2018 dice asi:

1. La realización de prácticas formativas en empresas, instituciones o entidades incluidas en programas de formación, la realización de prácticas no laborales en empresas y la realización de prácticas académicas externas al amparo de la respectiva regulación legal y reglamentaria, determinará la inclusión en el sistema de la Seguridad Social de las personas que realicen las prácticas indicadas, aunque no tengan carácter remunerado.

Las prácticas a que se refiere el párrafo anterior comprenden las realizadas tanto por alumnos universitarios de titulaciones oficiales de grado y máster como por alumnos de formación profesional de grado medio o superior.

No onstante, si en tu IES te tramitaron las cosas y pudiste hacerlas sin estar dado de alta, me gustaria saber en que Comunidad lo hiciste (yo la voy a hacer en Murcia) y si no te comentaron nada al respecto o similar, ciertamente tengo interes en hacerlo y terminarlo.

Muchas gracias por tu respuesta, me tocara seguir indagando.
JaviG
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Re: FCT Compatibilidad

Mensaje por JaviG »

Bueno, coincido con trasgu. La razón de ser de esa inclusión en el régimen de la Seg. Soc. es evitar una situación de desprotección, nada más (Así figura en la exposición de motivos del RD que, ojo, no tiene valor normativo pero sí interpretativo). En cuanto a si tienes que solicitar la compatibilidad, yo entiendo que no, por tu condición de "asimilado a trabajador"; pero esta es una cuestión farragosa por la mala técnica jurídica con la que se legisla últimamente.

Por otro lado, esto ya se ha tratado en otro hilo de este foro, en el que hay alguna que otra consulta a Clases Pasivas que no aporta nada y una sentencia de la Audiencia Nacional (que entiendo que no es de aplicación a este caso), que es una auténtica cabronada para los retirados que estén cobrando pensión y quieran formarse.

https://www.clasespasivas.net/foro/view ... 48#p207948
JaviG
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Re: FCT Compatibilidad

Mensaje por JaviG »

Te diría que hicieras una consulta a la Seg. Soc., pero ten en cuenta que esas consultas no tienen la consideración de vinculante como las que se pueden hacer a la Dirección General de Tributos; aún así, para una cuestión como esta, lo lógico es que la respuesta que te den vaya a misa. Lo más seguro es que tarden bastante tiempo en contestar, pero tú no estás a punto de realizar las prácticas, creo, así que eso no importa.

También es posible que la respuesta sea en plan "sobre el tema de si está usted obligado a solicitar la compatibilidad, no tenemos esa competencia". Supongo que ellos solo se pronunciarían sobre si hay obligación o no de darte de alta y de si, en caso afirmativo, son incompatibles los regímenes o no. Con eso bastaría.
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trasgu123
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Re: FCT Compatibilidad

Mensaje por trasgu123 »

No veo que tiene que ver el IES, la Seguridad Social, o la empresa donde se realice las practicas, con normativa legal de compatibilidades en DEFENSA. El centro de formacion, la S Social y la empresa no son competentes en el tema. Que mientras hagas las practicas estes dado de alta en la S Social, ese es su tema.

No entiendo porque preguntais y dais explicaciones, donde ni hay que preguntar ni dar explicaciones.

Has de realizar X horas de practicas y esta claro que en horario de presencia obligada en el cuartel no va a ser, si te permiten hacerlas en horario de tarde y los fines de semana pues adelante.
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