JUSTIFICANTE MENSUAL DE REVISTA PARA PERSONAL DE RESERVA

Intercambio de información de compañeros en situación de activo y reserva.

Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, zuku, Arano

¿HACÉIS ELJUSTIFICANTE MENSUAL DE REVISTA?

SÍ, soy del EJÉRCITO DE TIERRA
24
40%
NO, soy del EJÉRCITO DE TIERRA
8
13%
Sí, soy de la ARMADA
1
2%
NO, soy de la ARMADA
9
15%
SÍ , soy del AIRE
15
25%
NO, soy del AIRE
3
5%
 
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bikor
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Re: JUSTIFICANTE MENSUAL DE REVISTA PARA PERSONAL DE RESERVA

Mensaje por bikor »

Zanjando el tema para el Ejército de Tierra.
Como todo el personal que pasa a la situación de reserva, me descargué de Intranet la "GUÍA DE AYUDA PARA EL PERSONAL QUE PASE A
LA SITUACIÓN DE RESERVA Y RETIRO",2ª revisión de julio de 2010.
De su apartado 2.3, transcribo lo siguiente:
2.3. JUSTIFICANTE DE REVISTA
Es una declaración personal para justificar la situación de cada uno en el mes de la
fecha y en consecuencia el derecho a percibir la nómina del mes. El documento no
necesita más que la firma del justificado.
2.3.1. Reserva
Actualmente, la Revista Administrativa o de Comisario continúa regulada en el
Ejército de Tierra por el Reglamento aprobado por Real Decreto del Ministerio de la
Guerra de 7 de diciembre de 1882, a la espera que se desarrolle el mandato
contenido en la Disposición Final Única, número 2, del Real Decreto 1314/2005, de
4 de noviembre, que aprobó el referido Reglamento.
Mensualmente, durante la permanencia en situación de reserva sin destino, el
justificante de revista deberá ser remitido a la Delegación/Subdelegación de
Defensa de la que dependa administrativamente.
2.3.2. Retiro
Al pasar a retiro finaliza esta obligación.

También copio y pego la nota que recibimos todo el personal en activo, vía portal personal:

PARA CONOCIMIENTO DEL PERSONAL MILITAR AFECTADO, SE INFORMA QUE LA GUÍA DEL ASUNTO SE ENCUENTRA DISPONIBLE NO SÓLO EN LA INTRANET DEL EJÉRCITO DE TIERRA, SINO TAMBIÉN EN INTERNET.
EN EL CASO DE LA INTRANET, EL ARCHIVO SE ENCUENTRA TOTALMENTE DISPONIBLE PARA SU DESCARGA. EN EL CASO DE INTERNET, EL PERSONAL QUE QUIERA DISPONER DEL ARCHIVO EN FORMATO "PDF" DEBERÁ SEGUIR LAS INSTRUCCIONES INCLUIDAS EN LA PÁGINA "WEB", QUE CONSISTEN EN LA REMISIÓN DE LA SOLICITUD A UN DETERMINADO CORREO ELECTRÓNICO, APORTANDO EL NOMBRE COMPLETO Y NÚMERO DE TIM.
LAS DIRECCIONES SON LAS SIGUIENTES:
- INTRANET ET: PÁGINA INTRANET DEL MINISDEF / PÁGINA INTRANET DEL ET / PERSONAL / PASE A LA SITUACIÓN DE RESERVA / GUÍA DE AYUDA PARA EL PERSONAL QUE PASA A LA SITUACIÓN DE RESERVA Y RETIRO.
- INTERNET ET: http://WWW.EJERCITO.MDE.ES / PERSONAL / PERSONAL EN SITUACIÓN DE RESERVA Y RETIRO / GUÍA DE AYUDA PARA EL PERSONAL QUE PASA A LA SITUACIÓN DE RESERVA Y RETIRO. (http://www.ejercito.mde.es/personal/per ... etiro.html).

.....................a la vista de esto, .......................cada uno debería saber lo que tiene que hacer, tanto el interesado como en las Delegaciones / Subdelegaciones de Defensa.

Sobre el uso que le den a ese justificante...................cada uno que asuma su responsabilidad sobre las acciones u omisiones que realice.

Un saludo
moisesblanca
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Re: JUSTIFICANTE MENSUAL DE REVISTA PARA PERSONAL DE RESERVA

Mensaje por moisesblanca »

hola amigo y compañero lo mejor que se puede hacer es justificar como sea en presente en la subdelegacion de donde vives por internet via correo del que te recoge los justificentes que tu deja en mano o los que se envia por correo y en extremos mayores lllamas por tef
ya sabes com esto de la crisis puede sucecer que un mes no pagen la nomina cuidinnnnnnnnnnnnnnn cuidado hay que hacer las cosas biem te evitaras de tener que reclamar espero que eso no suceda nuncaaaaaaaaaaaaaaaaaa jajjajjajj saludos
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Re: JUSTIFICANTE MENSUAL DE REVISTA PARA PERSONAL DE RESERVA

Mensaje por respeto »

Me surge la pregunta de si se puede justificar enviando un email o necesariamente tiene que ser por correo postal o presencialmente. Si alguien puede contestar a esto, mi agradecimiento. Un cordial saludo.
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GALLETO
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Re: JUSTIFICANTE MENSUAL DE REVISTA PARA PERSONAL DE RESERVA

Mensaje por GALLETO »

Eso depende de cada Subdelegación de Defensa. Lo estipulado es que hay que hacerlo, pero unas son más exigentes que otras. Lo mejor es comentarlo con el responsable de la que nos corresponda y lo más seguro es que permita hacerlo via e-mail ó por FAX. En caso contrario, ya se sabe, a justificar personalmente. Un saludo.
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Re: JUSTIFICANTE MENSUAL DE REVISTA PARA PERSONAL DE RESERVA

Mensaje por respeto »

Gracias Galleto por su respuesta. Acabo de hablar telefónicamente con la Pagaduría de la Reserva del ministerio de Defensa, donde me informan " que no es necesario enviar el justificante de revista", la razón que me dan es que este antiguo procedimiento, queda rebasado por la información que se maneja hoy en día y se intercambia entre administraciones, caso de que falleciese la persona, el Ministerio sabría a través de otros organismos la noticia (Isfas. ,etc. etc.), motivo por el cual y desde hace varios años, los que íbamos a entregarlo al propio Ministerio, más tarde lo enviábamos por correo postal, esos justificantes eran archivados por no decir lo malsonante que es tirados a la papelera. Espero haberme expresado con claridad y a la vez que ello suponga una información tranquilizadora, para quien tuviese la duda, como yo la he tenido. Un cordial saludo a los participantes del foro.
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Re: JUSTIFICANTE MENSUAL DE REVISTA PARA PERSONAL DE RESERVA

Mensaje por GALLETO »

Hola respeto, buenas noches.
Hace poco tiempo me mandaron en formato PDF un Manual de pase a la Reserva y a Retiro, editado por el MAPER, y en el que dice textualmente lo siguiente:
2.3.
JUSTIFICANTE DE REVISTA
Es una declaración personal para justificar la situación de cada uno en el mes de la fecha y en consecuencia el derecho a percibir la nómina del mes. El documento no necesita más que la firma del justificado.
2.3.1.
Reserva
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Mensualmente, durante la permanencia en situación de reserva sin destino, el justificante de revista deberá ser remitido a la Delegación/Subdelegación de Defensa de la que dependa administrativamente.


Ante esto cada uno verá lo que más le conviene. Ya dije que hay Delegaciones/Subdelegaciones de Defensa que lo exigen y otras que no. Personalmente me parece una tontería ya que como muy bien te han comentado a tí, hoy estamos controlados por muchos sitios y saben perfectamente si vives ó no y en caso de que un mes se les escape, ya se lo reclamarán a quien proceda. Es curioso que ya no lo exijan una vez que pasas a la situación de Retiro, cuando precisamente es en esa situación en la que inevitablemente, un día u otro, dejamos de fumar.
Un saludo
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Re: JUSTIFICANTE MENSUAL DE REVISTA PARA PERSONAL DE RESERVA

Mensaje por respeto »

Muchas gracias Galleto por la información, ahora ya cada cual obrará en consecuencia. Ya tenemos los dos puntos de vista, entendiendo que lo escrito en principio tiene más valor que lo que te diga un funcionario por teléfono, que no hay porque dudar de su información, pero siempre te queda la duda de si el informante, en este caso, está verdederamente informado. A mí la explicación que me dieron, me convenció, a decir verdad yo llevo sin enviar los justificantes, creo que un par de años y hasta el día de hoy, no he tenido ningún problema a la hora de percibir la nómina. Un cordial saludo.
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Re: JUSTIFICANTE MENSUAL DE REVISTA PARA PERSONAL DE RESERVA

Mensaje por Aleajactaest »

Buenos días.-

Es una tranquilidad para los pensionistas de clases pasivas, que solo pasamos "revista de comisario" una vez al año, por medio de firma presencial en entidad bancaria o dirigir informe médico a la Autoridad que corresponda, por la imposibilidad de trasladarse en persona. Sería catastrófico que el miembro de las FAS que no hiciera acto de presencia mensual en la Unidad para revista de comisario, no le abonaran su paga o le recortaran un porcentaje...para ser de obligado cumplimiento. Espero que alguien con responsabilidad en Mando no leyera éste post, -nj y me acusaran los compañeros de culpable.

Un saludo.-
La plenitud e incorruptibilidad de un ser implica no solo estar libre de preocupaciones, sino el no causárselas a otro. (Máximas capitales, I Epicuro).-
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Re: JUSTIFICANTE MENSUAL DE REVISTA PARA PERSONAL DE RESERVA

Mensaje por GALLETO »

Lo que resulta realmente chocante es que esta legislación venga nada más y nada menos que de 1882 y que desde el 2005 estén dándole vueltas para regularlo. Hay cosas que no se entienden. Un saludo y a justificar, no vaya a ser.......que.......
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Re: JUSTIFICANTE MENSUAL DE REVISTA PARA PERSONAL DE RESERVA

Mensaje por trasgu123 »

Aleajactaest escribió:Buenos días.-

Es una tranquilidad para los pensionistas de clases pasivas, que solo pasamos "revista de comisario" una vez al año, por medio de firma presencial en entidad bancaria o dirigir informe médico a la Autoridad que corresponda, por la imposibilidad de trasladarse en persona. Sería catastrófico que el miembro de las FAS que no hiciera acto de presencia mensual en la Unidad para revista de comisario, no le abonaran su paga o le recortaran un porcentaje...para ser de obligado cumplimiento. Espero que alguien con responsabilidad en Mando no leyera éste post, -nj y me acusaran los compañeros de culpable.

Un saludo.-

Yo soy pensionista de clases Pasivas, desde hace varios años, y nunca he firmado presencialmente en el banco ni he dirigido un informe medico a ningun organismo publico. Digo yo que Hacienda, que es quien nos paga la pension, sabe perfectamente si estamos vivos o hemos cascado.
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Aleajactaest
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Re: JUSTIFICANTE MENSUAL DE REVISTA PARA PERSONAL DE RESERVA

Mensaje por Aleajactaest »

Buenas tardes.-

Hola trasgu123; desde que soy pensionista todos los años he recibido un documento a firmar (fé de vida) en el Cuartel de la Guardia Civil en presencia del Jefe de la Unidad o en la entidad bancaria (un sello) y lo remito a Delegación de Hacienda (Clases Pasivas). Debe ser porque mi pensión la gestiona un habilitado, otra explicación no le encuentro.

Un saludo.-
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Mensaje por Argui »

JUSTIFICANTE MENSUAL DE REVISTA PARA PERSONAL DE RESERVA

OBSERVA EN DICHO REGLAMENTO LO SIGUIENTE:

"REAL DECRETO 1314/2005, de 4 de noviembre,
por el que se aprueba el Reglamento de retribuciones
del personal de las Fuerzas Armadas.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
1. A la entrada en vigor de este real decreto quedará
derogado el Real Decreto 662/2001, de 22 de junio, por el
que se aprueba el Reglamento de retribuciones del personal
de las Fuerzas Armadas, modificado por el Real
Decreto 1745/2003, de 19 de diciembre.
2. A la entrada en vigor de las normas a que se
refiere la disposición final única del Reglamento de retribuciones
del personal de las Fuerzas Armadas, quedarán
derogados:

a) El Real Decreto del Ministerio de la Guerra, de 7 de
diciembre de 1892, por el que se aprueba el reglamento
para la revista del comisario de los cuerpos y clases del
Ejército.
b) La Orden del Ministerio de Marina, de 1 de enero
de 1885, por la que se aprueba el Reglamento de la revista
administrativa.

3. Asimismo, quedan derogadas cuantas disposiciones
de igual o inferior rango se opongan a lo establecido
en este real decreto".
Espero que sepáis perdonarme por pensar pues algunos queridos Oficiales de mi época decían que para pensar estaban ellos.
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Re: JUSTIFICANTE MENSUAL DE REVISTA PARA PERSONAL DE RESERVA

Mensaje por sargentodehierro »

Hola compañero,

Fíjate bien lo que dice esa disposición derogatoria:

"...2. A la entrada en vigor de las normas a que se refiere la disposición final única del Reglamento de retribuciones del personal de las Fuerzas Armadas, quedarán derogados..."

Como creo que aún no se han desarrollado y entrado en vigor las normas a las que se refiere esa disposición, esa normativa que citas sigue vigente.

Un saludo.
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