Antigua Reserva Transitoria

Intercambio de información de compañeros en situación de activo y reserva.

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Curso74
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Antigua Reserva Transitoria

Mensaje por Curso74 »

Estoy en la Reserva(Transitoria), desde el año 1996, por lo que me queda un año para completarla. Y tengo dos preguntas.
1ª, despues de oir de todo, en que situacion nos quedamos al terminar el tiempo de los 15 años de la Antigua Reserva Transitoria?.
Y 2º, es verdad que se pierden los complementos? uno en su totalidad y otro en un 20%?.Es verdad que al principio de la Ley, sí se decia eso, pero luego como se cambió este nombre, tambien se decia que esas cantidades quedarian intactas al acabar el plazo. en fin que no me aclaro.Y encima hoy mismo nos han quitado un 5% del sueldo y congelado el año que viene
Por otro lado, alguien sabe si podemos acceder a destinos, estando en esta situación?.Saludos
zuku
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Re: Antigua Reserva Transitoria

Mensaje por zuku »

Ay curso, curso :D :D :D :D

No te preocupes, pasas a la Reserva y cobrarás igual que ahora menos el 5% que te va a quitar ZP

Efectivamente hay destinos para el personal de Reserva en el Isfas, Invifas o otros organismos de máxima dureza y sacrificio

Un saludo
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GALLETO
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Re: Antigua Reserva Transitoria

Mensaje por GALLETO »

Hola curso74, lamento no ser tan optimista como zuku, pero en mi opinión la situación es otra.
Una vez completados los 15 años de reserva transitoria, pasas a la situación de reserva, pero cobrando las retribuciones correspondientes a la nueva situación, que si echas el cálculo, equivalen al 20% menos de los complementos que hasta ahora estabas cobrando. En esa situación estarás hasta los 65 años en que pases a retiro. Ten en cuenta que has pasado a la reserva en el año 1996, antes de la entrada en vigor de la ley 17/99, que modificó las retribuciones del personal que pasara a la reserva en algunas circunstancias, pero no a los de la RT.
En relación con ocupar destino estando en reserva (procedente de la RT) tampoco puedes hacerlo, pues la ley de la reserva transitoria daba el carácter de irreversible a la nueva situación y las nuevas leyes que han ido saliendo han mantenido dicho carácter. Un saludo.

NOTA.- Lo del 5% menos que dice zuku es como consecuencia de las medidas que hoy mismo anunció nuestro Presidente del Gobierno para disminuir el gasto público y que parece ser que serán aprobadas ¡YA!, para empezar a aplicarlo en el próximo mes de Junio.
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famefas
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Re: Antigua Reserva Transitoria

Mensaje por famefas »

Remachando lo (siempre) bien dicho por Galleto, te encuentras en Reserva (procedente de Reserva Transitoria) desde el 1-1-1996.
Al cumplir 15 años desde el día en que pasaste a la RT (o antes si hubieras cumplido los 56 años) pasas a percibir las retribuciones corrrespondientes a la Reserva (pero sigues en Reserva, procedente de RT). Dejas de percibir los complementos de empleo (antes llamado de destino) y el específico general, y empiezas a cobrar un complemento de disponibilidad equivalente al 80 % de la suma de los dos complementos que pierdes. Esa "disponibilidad", para los procedentes de RT, solo quiere decir que esás disponible para ser movilizado en casos de declaración de los estados de excepción o de sitio (guerra), pero no estás disponible para ocupar destinos en tiempos de paz. Desde la situación de Reserva (procedente de RT) solo se puede pasar al retiro, pero no a las situaciones de suspenso de empleo, servicios especiales, etc., ni como deciamos antes, a ocupar destinos anunciados para la "Reserva".
Tú, desde que cumpliste los tres años en RT recuperaste plenamente tus derechos civiles y políticos, y los derechos fundamentales que, en activo o reserva, se pueden tener limitados o prohibido su ejercicio. Para que lo entiendas mejor, un militar en Reserva no puede presentarse como candidato a unas elecciones locales, autonómicas o estatales. Antes tiene que pedir el pase a la situación de servicios especiales. Un militar en Reserva, procedente de RT, puede afiliarse a un partido político, a un sindicato, y puede presentarse a elecciones, continuando en Reserva (procedente de RT).
En situación de Reserva (procedente de RT) no se está sometido ni a las leyes penales militares ni a las leyes disciplinarias militares. Si te someten a un procedimiento penal común como imputado, no te pueden pasar a la situación de "suspenso de empleo". Y si te condenan a una pena, de mese o de uno o varios años de prisión (aunque sean mas de 3, 6, ...), no pueden someterte a un procedimiento gubernativo para separarte del servicio y que pierdas la condición de militar y las retribuciones coreespondientes a la Reserva (procedente de RT). El militar de Reserva (procedente de RT) va a la cárcel (si le caen más de dos años) y está allí, 3, 6 o 10 años, pero no pierde su condición de militar en Reserva (procedente de RT) y sigues cobrando las retribuciones que le corresponden, porque para nada afecta la condena común a su vida militar. Si el delito común doloso lo comete un militar en Reserva (no procedente de RT) se le expulsa del Ejército. Y reitero, en Reserva, procedente de RT no te pueden imponer ninguna sanción militar, ni te puede condenar ningún Tribunal Militar, salvo que -como un español cualquiera-cometas un delito militar de los que pueden cometer los ciudadanos españoles en general. Si te miras el Código Penal Militar podrás comprobar que casi todos los delitos militares solo los pueden cometer los militares. Pero también aparecen algunos "delitos militares" cuyos autores pueden ser ciudanos no militares.

En fín, la Reserva procedente de RT tiene sus ventajas e inconvenientes respecto a la Reserva propiamente dicha. Una de las ventajas de la Reserva es que cobra integramente las retribuciones´complementarias propias de su empleo hasta los 63 años, según la ley vigente.
Tximeleta
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Re: Antigua Reserva Transitoria

Mensaje por Tximeleta »

Estimado famefas:

Como siempre una buena informacion, habia conceptos de la reserva que no sabia, a parte de por que unos cobran mas, etc....

Sigue asi, un saludo al foro.
Blues
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Re: Antigua Reserva Transitoria

Mensaje por Blues »

En primer lugar,un respetuoso saludo.
Es la primera vez que acudo a un foro, así que pido disculpas por anticipado, por algún error u omisión.
Mi caso es similar al de Curso del 74. Yo estoy en la Reserva Transitoria desde Julio del 97. Estaba confiado, en que me restaban dos años para el pase a la Reserva. Mi sorpresa ha sido mayúscula, cuando me he enterado que paso a la reserva el día 5 de septiembre. Al fin, leyéndoles a ustedes, me he enterado de que es por la edad, puesto que cumplo los 56 ese mismo día.( Desconocía la ley 17/1989 de 19 de Julio. a la que hace mención el BOD del día 3 de Agosto )
Gracias por la información.
Juferbo
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Re: Antigua Reserva Transitoria

Mensaje por Juferbo »

Hola, me quiero presentar a las elecciones y segun leo si podria, ya que estoy en reserva procedente de rt, pero no poneis en que articulo y de que ley se puede uno acojer, podriais informarme, los abogados que he consultado me dicen que no.
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Re: Antigua Reserva Transitoria

Mensaje por Francisco I »

Juferbo escribió: Mié Feb 13, 2019 1:05 pm Hola, me quiero presentar a las elecciones y segun leo si podria, ya que estoy en reserva procedente de rt, pero no poneis en que articulo y de que ley se puede uno acojer, podriais informarme, los abogados que he consultado me dicen que no.
La situación de Reserva Transitoria te liberaba de todas las obligaciones militares y de su régimen disciplinario; es a todos los efectos como la situación de retiro, salvo para las retribuciones, que siguen siendo las mismas de las de la Reserva normal. Puedes trabajar en cualquier sector, afiliarte a la S. Social, afiliarte a cualquier partido y, por supuesto, ejercer todos tus derechos civiles.
Así se estableció en el Real Decreto por el que se estableció ese tipo de Reserva.
Lo deja muy claro el compañero Famefas, unos comentarios mas arriba; y puedo asegurarte de que sabe muy bien de lo que habla.
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Re: Antigua Reserva Transitoria

Mensaje por Juferbo »

Entiendo que me puedo presentar y que sigo manteniendo mi paga mientras no cobre otra del ayuntamieto y a quien tengo que notificarlo.
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Re: Antigua Reserva Transitoria

Mensaje por Francisco I »

Juferbo escribió: Mié Feb 13, 2019 10:04 pm Entiendo que me puedo presentar y que sigo manteniendo mi paga mientras no cobre otra del ayuntamieto y a quien tengo que notificarlo.
Mantienes tu paga aunque cobres otra del Ayuntamiento. No tienes que notificar nada a nadie; únicamente cumplir con las mismas obligaciones de cualquier otra persona civil.
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Re: Antigua Reserva Transitoria

Mensaje por Usuari-a »

Al hilo de la cuestion, y solo a modo de curiosidad, alguien sabe:
¿ entre que años estuvo vigente el poder solicitar el pase a la reserva transitoria ?
¿ cuales eran las condiciones para solicitarla ?
Podeis aportar otro tipo de curiosidades y comentarios.
PD. Me he leido el RD por el que se establece la situacion de reserva transitoria en el ET.
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Re: Antigua Reserva Transitoria

Mensaje por Juferbo »

Gracias, me presento para Alcalde, un saludo
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Re: Antigua Reserva Transitoria

Mensaje por Francisco I »

Usuari-a escribió: Jue Feb 14, 2019 7:56 am Al hilo de la cuestion, y solo a modo de curiosidad, alguien sabe:
¿ entre que años estuvo vigente el poder solicitar el pase a la reserva transitoria ?
¿ cuales eran las condiciones para solicitarla ?
Podeis aportar otro tipo de curiosidades y comentarios.
PD. Me he leido el RD por el que se establece la situacion de reserva transitoria en el ET.
Estuvo vigente hasta 1997, creo recordar. Consistía básicamente en que el Ministro establecía las plazas, los empleos y las Especialidades que podían acogerse a ese tipo de Reserva durante el año en curso. Lo podian solicitar todos aquellos que estuvieran dentro de ese empleo y Especialidad, sin limitación por antigüedad o destino; y como las condiciones eran muy interesantes, había muchos solicitantes por cada plaza ofertada, con lo cual se acudía a adjudicarlas por riguroso orden de antigüedad en el Escalafón.
La mayoría éramos mirados con envidia y acusados de desertores; hasta tal punto de que se nos negaban sistemáticamente el derecho al uso de vivienda militar, el poder acudir a las enajenaciones de las que salian a la venta, y algunas cosas mas sin mucha importancia pero que denotaban cierto malestar hacia los afortunados que pudieron acogerse a algo que era muy frecuente en el resto de empresas públicas. Los ERES de RTV, de Telefónica, de RENFE, de la Banca Pública, etc. etc.
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