Condenado a tres meses de prisión un soldado que no se presentó en su unidad durante una depresión
Citado para una revisión médica y no asistió. La sentencia concluye que la enfermedad no le impedía presentarse al control
El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de tres meses de prisión a un soldado que se ausentó de un control médico al que había sido convocado. Su unidad le trató de localizar durante días pero finalmente se le abrió un expediente por abandono de destino. La sentencia recoge que las condiciones peculiares del caso podrían haber derivado en un indulto total.
El soldado, destinado en el acuartelamiento ‘Cortijo de Buenavista’ (San Roque, Cádiz), entró en situación de baja laboral el 14 de octubre de 2014. Los servicios médicos de la base le comunicaron que debía presentarse a un control de su situación el 29 de octubre. Sin embargo, no se presentó. Una semana después, el soldado trasmitió a un subteniente que “iría cuando pudiese”.
Según se indica en el expediente abierto a posteriori, y que se refleja en la sentencia final del Supremo, se realizaron multitud de llamadas a su domicilio –en el que vivía con su madre- e incluso se enviaron varios burofax que nadie recibió. Excepto uno, entregado el día 19 a su madre, que le citaba dos días después para someterse al control médico.
Sin embargo, tampoco se presentó. El teniente coronel de la USAC ‘Cortijo de Buenavista’ emite una resolución por la que el soldado es dado de alta el 27 de noviembre. No se presentará en su unidad hasta mes y medio después, cuando presenta un informe médico en el que se recomienda una baja temporal.
Según el coronel médico que intervino como perito en este caso, el soldado sufría durante su ausencia al puesto de trabajo de un “trastorno adaptativo ansioso depresivo en una personalidad con rasgos anómalos (inestabilidad, pasivo/ agresividad), en cuya génesis resultan evidentes los elementos psicotraumáticos vivenciados, que no le afectaba su capacidad comprensiva y de manera puntual y limitada pudo afectarle su capacidad volitiva, no pudiendo abarcar todo el periodo de ausencia”. Acredita el coronel médico que la dolencia no le imposibilitaba su presentación en la unidad a efectos de los controles pertinentes.
De todas formas, pese a que la sentencia de tres meses de prisión por un delito de abandono del servicio ha sido ratificada por el Supremo, en la sentencia original se recoge el voto particular del tribunal sobre la posibilidad de que en el proceso se den las circunstancias especiales que puedan derivar en un “indulto total” por parte del gobierno.
Se alega, además, que su dolencia psicológica puede estar marcada desde la infancia. Recuerdan que el soldado “ha sufrido una grave situación familiar, económica y social, en familia monoparental desestructurada, con unas vivencias traumáticas de abusos y malos tratos en el seno de la familia que interfiere en su personalidad y condicionan frecuentemente su comportamiento como persona adulta”
http://www.elconfidencialdigital.com/de ... 16864.html
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