Sobre herencia.
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Sobre herencia.
Buenos días compañeros: Sobre los derechos de sucesiones y una vez efectuado el pago de todo, lo poco que se hereda en dinero metálico hay que declararlo al año siguiente a Hacienda, pues esa es la pregunta que hoy, y después de más de 3 meses de la muerte de mi madre, q.e.p.d., y como he dicho anteriormente si estoy en la obligación de declararlo. Espero vuestras respuestas compañeros.
Re: Sobre herencia.
Pues el tema del impuesto de sucesiones depende de la comunidad autónoma donde tuviera la residencia el causante. Aquí en Andalucía si se paga mientras en Madrid tengo entendido que no.
Un saludo.
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Re: Sobre herencia.
En la Declaración de Renta con Hacienda solo se declaran las ganancias obtenidas en el ejercicio fiscal, sean éstas por el trabajo personal, por rentas del capital mobiliario o del inmobiliario.
En el caso de capitales obtenidos por herencia, ya sea éstos mobiliarios o inmobiliarios, no hay que declararlos salvo que estemos obligados a presentar declaración de Patrimonio. Y por supuesto que dichos capitales, al haber tributado por el impuesto de sucesiones, no tributan en el de IRPF. Lo que si tributarían por dicho impuesto serían sus ganancias,(intereses, dividendos, rentas, importe neto de cosechas, etc ) pero eso ya sería en el siguiente ejercicio.
En el caso de capitales obtenidos por herencia, ya sea éstos mobiliarios o inmobiliarios, no hay que declararlos salvo que estemos obligados a presentar declaración de Patrimonio. Y por supuesto que dichos capitales, al haber tributado por el impuesto de sucesiones, no tributan en el de IRPF. Lo que si tributarían por dicho impuesto serían sus ganancias,(intereses, dividendos, rentas, importe neto de cosechas, etc ) pero eso ya sería en el siguiente ejercicio.
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Re: Sobre herencia.
Gracias a los dos por las respuestas, decir que es en la Comunidad de Extremadura, y si se paga si, es la segunda Comunidad Autónoma que más se paga, aunque yo resido en la Comunidad de Andalucía . Saludos.
Re: Sobre herencia.
Muy buenas, las herencias no tributan en el impuesto de Renta, solo tributan en el Impuesto de Sucuesiones, tanto lo heredado en metálico como en bienes.verderon2 escribió:Buenos días compañeros: Sobre los derechos de sucesiones y una vez efectuado el pago de todo, lo poco que se hereda en dinero metálico hay que declararlo al año siguiente a Hacienda, pues esa es la pregunta que hoy, y después de más de 3 meses de la muerte de mi madre, q.e.p.d., y como he dicho anteriormente si estoy en la obligación de declararlo. Espero vuestras respuestas compañeros.
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Re: Sobre herencia.
Buenos días, estoy en la situación inversa de verderón, y en Córdoba palabras del Notario, se declara a partir de 175,000 €, en Andalucía, como incremento de patrimonio. Esa cantidad es individual. Ya se han pagado impuestos de sucesiones, lo que no me acuerdo es del tanto %, como con estas cosas pasa un buen tiempo y sobre todo cuando hay inmuebles etc etc. De todas formas yo iré a Hacienda a información, no quiero sobresaltos. Un saludo.
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Re: Sobre herencia.
Cuando llegue el momento, a partir primeros de abril, te puedes descargar de la sede eléctrónica de la Agencia Tributaria tus datos fiscales; ahí se puede comprobar como no figuran las herencias recibidas. Además está claro que el impuesto de Hacienda( IRPF) es sobre las RENTAS. El patrimonio tiene su propio impuesto, igual que las Sociedades el suyo, y las herencias y donaciones el suyo.plopgon@hotmail.com escribió:Buenos días, estoy en la situación inversa de verderón, y en Córdoba palabras del Notario, se declara a partir de 175,000 €, en Andalucía, como incremento de patrimonio. Esa cantidad es individual. Ya se han pagado impuestos de sucesiones, lo que no me acuerdo es del tanto %, como con estas cosas pasa un buen tiempo y sobre todo cuando hay inmuebles etc etc. De todas formas yo iré a Hacienda a información, no quiero sobresaltos. Un saludo.
Pero si te quieres quedar mas tranquilo, échale un vistazo a los artículos 1 y 2 de la Ley 35/2006; y mas concretamente al artículo 6 apartado 4.
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Re: Sobre herencia.
El Impuesto de Sucesiones y el IRPF son excluyentes. Por tanto, lo que ha tributado por Sucesiones no tributa por IRPF.plopgon@hotmail.com escribió:Buenos días, estoy en la situación inversa de verderón, y en Córdoba palabras del Notario, se declara a partir de 175,000 €, en Andalucía, como incremento de patrimonio. Esa cantidad es individual. Ya se han pagado impuestos de sucesiones, lo que no me acuerdo es del tanto %, como con estas cosas pasa un buen tiempo y sobre todo cuando hay inmuebles etc etc. De todas formas yo iré a Hacienda a información, no quiero sobresaltos. Un saludo.