Calculo/Compatibilidad Pension Viudedad Clases Pasivas y SS

Información y posteo sobre pensiones de viudedad y orfandad de Clases Pasivas

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Torosober
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Calculo/Compatibilidad Pension Viudedad Clases Pasivas y SS

Mensaje por Torosober »

Hola,
Una vez conocido que una pensión de Viudedad de Clases Pasivas y una Pensión Contributiva de SS son compatibles, se me plantean las siguientes dudas:
Tengo reconocida una pensión de viudedad de Clase Pasivas. En caso de que mis aportaciones a la SS continúen ( y siga existiendo el derecho de pensión como hasta ahora) me correspondería percibir la pensión máxima actual. Mis dudas son:
1ª.- ¿se mantiene la pensión de viudedad de Clase Pasivas y la nueva de la SS se disminuye hasta alcanzar la máxima posible o, por el contario, desaparece la de Viudedad de Clases Pasivas y se otorga la máxima de la SS?
2º.- Que sucede si se pierde el derecho a la percepción de la pensión de viudedad de Clases Pasivas (matrimonio por ejemplo)?
Gracias y saludos
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sargentodehierro
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Re: Calculo/Compatibilidad Pension Viudedad Clases Pasivas y

Mensaje por sargentodehierro »

Hola compañero,

A tu primera pregunta decirte que en ese caso se minoraría la pensión que causases posteriormente a la ya reconocida de viudedad, a no ser que la que te reconociesen estuviese exenta del IRPF, por lo que a petición tuya se podría aminorar la que ya tenías reconocida de viudedad. Échale un vistazo al artículo 40 de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015.

A tu segunda pregunta, decirte que en el momento que contraigas matrimonio, se extingue el derecho a percibir la pensión de viudedad.

Un saludo.
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Torosober
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Re: Calculo/Compatibilidad Pension Viudedad Clases Pasivas y

Mensaje por Torosober »

Hola,
Agradezco la claridad de la respuesta y la claridad de la misma.
En cuanto a la segunda pregunta, tengo claro que el derecho a la pensión de viudedad se extingue, pero la cuestión es que sucede con la otra pensión, la de la SS, si en el momento de su concesión fue aminorada ya que existía la primera. Permanece el derecho? se puede solicitar su recalculo ya que deja de existir la de Viudedad?
Un saludo
Torosober
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Re: Calculo/Compatibilidad Pension Viudedad Clases Pasivas y

Mensaje por Torosober »

Perdon...
Se aclara el tema en el artículo 40 de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015, al que me has dirigido. Copio para consultas posteriores.
Gracias y saludos

"Cinco. Si con posterioridad a la minoración o supresión del importe del señalamiento inicial a que se refieren los apartados Dos y Tres de este artículo, se modificase, por cualquier circunstancia, la cuantía o composición de las otras pensiones públicas percibidas por el titular, se revisarán de oficio o a instancia de parte las limitaciones que se hubieran efectuado, con efectos del primer día del mes siguiente al de la variación."
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