pensión de viudedad en TEAC, por denegación

Información y posteo sobre pensiones de viudedad y orfandad de Clases Pasivas

Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, zuku, Arano

Avatar de Usuario
sargentodehierro
Teniente General
Teniente General
Mensajes: 15197
Registrado: Lun Mar 28, 2011 11:13 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: XXXIII AGBS

Re: pensión de viudedad en TEAC, por denegación

Mensaje por sargentodehierro »

Hola nuri,

El tema de las pensiones de viudedad en el Régimen de Clases Pasivas, viene recogido en los artículos 38, 39 y 40 del RDL 670/1987

La diferencia entre estar casado y ser pareja de hecho lo puedes ver aquí:

ENLACE

Un saludo.
HACIENDO CLICK EN LA PUBLICIDAD DE LA WEB AYUDAMOS A SU MANTENIMIENTO. GRACIAS.
nuri
Capitan
Capitan
Mensajes: 471
Registrado: Lun May 23, 2011 5:04 pm

Re: pensión de viudedad en TEAC, por denegación

Mensaje por nuri »

Muy buenas, tengo 2 dudas a ver si me podeís ayudar, el punto que dice:
-"Se acredite, mediante el correspondiente certificado de empadronamiento, una convivencia estable, notoria, ininterrumpida e inmediata al fallecimiento del causante no inferior a cinco años".Nosotros llevamos siendo pareja de hecho 10 años pero estoy empadronado en mi pueblo de siempre y vivimos en la capital en un piso a mi nombre y ella empadronada en este piso. ¿puede haber problemas?.
y el otro es:
->Los ingresos del sobreviviente no superen:

-durante el año anterior:

.el 50 por ciento de la suma de los propios y de los del causante si existen hijos comunes con derecho a pensión de orfandad.

.o el 25 por ciento si no existen hijos comunes con derecho a pensión de orfandad.

-O bien, que los ingresos del conviviente sean inferiores a 1,5 veces el importe del salario mínimo interprofesional (SMI) vigente al momento del fallecimiento (requisito que debe mantenerse mientras se perciba la pensión). Este límite se incrementa en 0,5 veces la cuantía del SMI por cada hijo común con derecho a pensión de orfandad que conviva con el sobreviviente.
Me lo podeís explicar con peras y manzanas, ¿cuánto son esas cantidades? :D :D :D
Saludos.
Avatar de Usuario
trasgu123
Teniente General
Teniente General
Mensajes: 15563
Registrado: Jue Jul 17, 2008 1:34 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: Por "inutilidad manifiesta" que decia mi Capitan en Talarn, D. Raimundo Castellanos Lopez.
En la gloria este, sea donde sea.
Ubicación: En la isla Santa Clara, Bahia de La Concha.

Re: pensión de viudedad en TEAC, por denegación

Mensaje por trasgu123 »

->Los ingresos del sobreviviente no superen:

-durante el año anterior:

.el 50 por ciento de la suma de los propios y de los del causante si existen hijos comunes con derecho a pensión de orfandad.

.o el 25 por ciento si no existen hijos comunes con derecho a pensión de orfandad.

En este caso es imposible de calcular sin saber si hay ingresos y en ese caso, a que cuantia ascienden.



-O bien, que los ingresos del conviviente sean inferiores a 1,5 veces el importe del salario mínimo interprofesional (SMI) vigente al momento del fallecimiento (requisito que debe mantenerse mientras se perciba la pensión). Este límite se incrementa en 0,5 veces la cuantía del SMI por cada hijo común con derecho a pensión de orfandad que conviva con el sobreviviente.

Aqui es mas facil. El SMI en 2014 es de 645,30€ y 1,5 veces mas son 967,95€. Si el beneficiario no supera esos ingresos mensuales hay derecho, y si hay hijos comunes hay que sumar el 0,50 mas del SMI por cada uno.
Avatar de Usuario
dmf
Coronel
Coronel
Mensajes: 2323
Registrado: Mié Mar 24, 2010 7:42 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad

Re: pensión de viudedad en TEAC, por denegación

Mensaje por dmf »

Hola, se puede acreditar la existencia de una pareja de hecho a través de, entre otros, los siguientes documentos y pruebas:
-Capitulaciones “paramatrimoniales” y declaraciones de convivencia efectuadas ante Notario: Acreditan la existencia de la unión desde la fecha de su otorgamiento o firma. En las capitulaciones citadas, suelen pactarse las relaciones económicas de la pareja, tanto las que van a regir su durante la relación de convivencia como las que se adoptarán en caso de ruptura.
-Contratos privados celebrados entre los compañeros, que tendrán un alcance similar a las capitulaciones anteriores.
-Contratos bancarios, contratos de aperturas de cuentas corrientes, suscripción de tarjetas de crédito… etc. pueden presuponer una disposición conjunta e indistinta del patrimonio común de los convivientes.
-Contratos con terceros como arrendamientos, venta de bienes… etc. demostrarían la existencia de una vida en común y de una disposición común de bienes.
-El empadronamiento y el domicilio fiscal, servirían para demostrar la convivencia de la pareja en la misma vivienda.
-La cartilla de la Seguridad Social y la designación de uno de los convivientes como beneficiario.
-Los testigos.
-La existencia de hijos comunes, así como el Libro de familia expedido por el Registro Civil.
-El Registro de Uniones de Hecho, acreditaría la convivencia de hecho desde la fecha de la inscripción en el mismo. Etc.
Hay que tener presente el artículo 38 y concordantes del RDL 670/1987, de 30 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de ley de clases pasivas del Estado.
Un saludo.
nuri
Capitan
Capitan
Mensajes: 471
Registrado: Lun May 23, 2011 5:04 pm

Re: pensión de viudedad en TEAC, por denegación

Mensaje por nuri »

¿Los ingresos son en bruto o en limpio?
Avatar de Usuario
trasgu123
Teniente General
Teniente General
Mensajes: 15563
Registrado: Jue Jul 17, 2008 1:34 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: Por "inutilidad manifiesta" que decia mi Capitan en Talarn, D. Raimundo Castellanos Lopez.
En la gloria este, sea donde sea.
Ubicación: En la isla Santa Clara, Bahia de La Concha.

Re: pensión de viudedad en TEAC, por denegación

Mensaje por trasgu123 »

nuri escribió:¿Los ingresos son en bruto o en limpio?
Bruto. Siempre es el bruto de todos los ingresos.
nuri
Capitan
Capitan
Mensajes: 471
Registrado: Lun May 23, 2011 5:04 pm

Re: pensión de viudedad en TEAC, por denegación

Mensaje por nuri »

Lo mio 2250 y ella 1675, ¿que le quedaría?
Saludos.
Avatar de Usuario
sargentodehierro
Teniente General
Teniente General
Mensajes: 15197
Registrado: Lun Mar 28, 2011 11:13 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: XXXIII AGBS

Re: pensión de viudedad en TEAC, por denegación

Mensaje por sargentodehierro »

¿Entonces eres pareja de hecho y tienes hijos comunes?
HACIENDO CLICK EN LA PUBLICIDAD DE LA WEB AYUDAMOS A SU MANTENIMIENTO. GRACIAS.
nuri
Capitan
Capitan
Mensajes: 471
Registrado: Lun May 23, 2011 5:04 pm

Re: pensión de viudedad en TEAC, por denegación

Mensaje por nuri »

Pareja de hecho si pero sin hijos, ¿cómo quedaría?
Saludos.
Avatar de Usuario
sargentodehierro
Teniente General
Teniente General
Mensajes: 15197
Registrado: Lun Mar 28, 2011 11:13 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: XXXIII AGBS

Re: pensión de viudedad en TEAC, por denegación

Mensaje por sargentodehierro »

Entonces ella no tendría derecho a pensión de viudedad.

Un saludo.
HACIENDO CLICK EN LA PUBLICIDAD DE LA WEB AYUDAMOS A SU MANTENIMIENTO. GRACIAS.
Avatar de Usuario
trasgu123
Teniente General
Teniente General
Mensajes: 15563
Registrado: Jue Jul 17, 2008 1:34 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: Por "inutilidad manifiesta" que decia mi Capitan en Talarn, D. Raimundo Castellanos Lopez.
En la gloria este, sea donde sea.
Ubicación: En la isla Santa Clara, Bahia de La Concha.

Re: pensión de viudedad en TEAC, por denegación

Mensaje por trasgu123 »

nuri escribió:Pareja de hecho si pero sin hijos, ¿cómo quedaría?
Saludos.

Jejeje, en mi tierra a eso de siempre se le ha llamado "vivir amontonado". A los casados solo por lo civil tambien nos llamaban asi.
nuri
Capitan
Capitan
Mensajes: 471
Registrado: Lun May 23, 2011 5:04 pm

Re: pensión de viudedad en TEAC, por denegación

Mensaje por nuri »

¿No tiene derecho por ser pareja de hecho y no estar casados, por no tener hijos o por los sueldos?
Saludos.
Avatar de Usuario
sargentodehierro
Teniente General
Teniente General
Mensajes: 15197
Registrado: Lun Mar 28, 2011 11:13 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: XXXIII AGBS

Re: pensión de viudedad en TEAC, por denegación

Mensaje por sargentodehierro »

Por las dos cosas. Si no tenéis hijos en común, los ingresos de tu pareja no pueden superar el 25% de la suma de los ingresos de los dos. En tu caso, tu pareja lo supera.

Un saludo.
HACIENDO CLICK EN LA PUBLICIDAD DE LA WEB AYUDAMOS A SU MANTENIMIENTO. GRACIAS.
nuri
Capitan
Capitan
Mensajes: 471
Registrado: Lun May 23, 2011 5:04 pm

Re: pensión de viudedad en TEAC, por denegación

Mensaje por nuri »

Ya por ultimo, ¿si nos casamos tendría ella derecho?.
Saludos.
nuri
Capitan
Capitan
Mensajes: 471
Registrado: Lun May 23, 2011 5:04 pm

Re: pensión de viudedad en TEAC, por denegación

Mensaje por nuri »

Y si tenemos un hijo ¿Casandonos o siendo pareja o de ninguna manera?
Responder

Volver a “Pensiones de viudedad y orfandad”