En el momento que lleves un año casado, tienes derecho a pensión de viudedad. Si falleces y no lleváis un año casados, tu mujer tendría derecho a una prestación temporal de viudedad durante dos años por la misma cuantía que la pensión de viudedad que le hubiese correspondido. Si llevaseis menos de un año casados, pero tuvieseis hijos en común o acreditaseis un período de convivencia de dos años, también tendría ella derecho a pensión de viudedad.
Un saludo.
pensión de viudedad en TEAC, por denegación
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Re: pensión de viudedad en TEAC, por denegación
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Re: pensión de viudedad en TEAC, por denegación
Entiendo que pareja de hecho y estar casados parece lo mismo pero NOOOOORRRR.
Muchas gracias por la respuesta habrá que casarse o ponernos manos a la obra en lo otro, .
Saludos.
Muchas gracias por la respuesta habrá que casarse o ponernos manos a la obra en lo otro, .
Saludos.