Entiendo que el seguro si es por incapacidad laboral total o absoluta en accidente te pagarán la cuantía total. Si es incapacidad laboral parcial en acto de servicio (apl)si te pagan por porcentaje según él acta de la jmp. Si alguien con más conocimiento puede aportar se agradecería.elinfanzon escribió: ↑Dom Sep 16, 2018 7:46 pm Además del rescate del plan de pensiones que debes realizar aportando el impreso 99 relleno que te menciona ARANO , junto con una copia de la publicación de tu retiro, puedes ir a cualquier sucursal del BBVA, como dice el maestro independientemente si tienes allí la nómina o no.
Además, si tu retiro ha sido en acto de servicio, debes ir a acción social, con la sentencia judicial o el atestado en el que figure tu accidente, resolución de la JMP, copia de tu publicación, y certificado de titularidad de cuenta bancaria, para que te soliciten al Seguro que tuviese en su momento contratado la GC la indemnización correspondiente. Es una buena pasta dependiendo de tu grado de discapacidad.
Venga, que toca recoger lo sembrado...
Dudas con la pensión y pasos a seguir
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Re: Dudas con la pensión y pasos a seguir
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Re: Dudas con la pensión y pasos a seguir
NO. El Plan de Pensiones, que no seguro que hablamos del BBVA, es igual sea o no acto de servicio, y grados de incapacidad.vitreo escribió: ↑Mar Sep 18, 2018 10:51 pmEntiendo que el seguro si es por incapacidad laboral total o absoluta en accidente te pagarán la cuantía total. Si es incapacidad laboral parcial en acto de servicio (apl)si te pagan por porcentaje según él acta de la jmp. Si alguien con más conocimiento puede aportar se agradecería.elinfanzon escribió: ↑Dom Sep 16, 2018 7:46 pm Además del rescate del plan de pensiones que debes realizar aportando el impreso 99 relleno que te menciona ARANO , junto con una copia de la publicación de tu retiro, puedes ir a cualquier sucursal del BBVA, como dice el maestro independientemente si tienes allí la nómina o no.
Además, si tu retiro ha sido en acto de servicio, debes ir a acción social, con la sentencia judicial o el atestado en el que figure tu accidente, resolución de la JMP, copia de tu publicación, y certificado de titularidad de cuenta bancaria, para que te soliciten al Seguro que tuviese en su momento contratado la GC la indemnización correspondiente. Es una buena pasta dependiendo de tu grado de discapacidad.
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Otra cosa es si tu tienes seguro propio en esa entidad o en cualquier otra.
Saludos.