Hola,
me presento en este foro principalmente para despejar una duda.
Tengo 51 años, soy suboficial del EA desde el año 82, en el año 96 pasé a excedencia voluntaria, situación en la que sigo a día de hoy trabajando en una empresa privada y cotizando a la SS. Si decidiera reincorporarme mañana al ejército, ¿pasaría a los 57 ó 58 años a la reserva?, obviamente tengo muchísimos menos años de servicio que mis compañeros en activo, ¿con que retribución?, y, al llegar a la edad de jubilación (67?), ¿quien pagaría mi jubilación?,
como digo no se si este es el sitio en el que plantear esta cuestión, si ya ha sido tratado en otro rincón del foro o si tengo que abrir un hilo separado...
muchas gracias
JA
hola
Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, zuku, Arano
-
- Soldado
- Mensajes: 6
- Registrado: Jue Oct 09, 2014 9:40 am
- Cuerpo: Militar de Carrera
- Situacion: Activo
- Comentario: al trán trán
- Ubicación: Madrid
- trasgu123
- Teniente General
- Mensajes: 15567
- Registrado: Jue Jul 17, 2008 1:34 pm
- Cuerpo: Militar de Carrera
- Situacion: Retiro por incapacidad
- Comentario: Por "inutilidad manifiesta" que decia mi Capitan en Talarn, D. Raimundo Castellanos Lopez.
En la gloria este, sea donde sea. - Ubicación: En la isla Santa Clara, Bahia de La Concha.
Re: hola
Tengo 51 años, soy suboficial del EA desde el año 82, en el año 96 pasé a excedencia voluntaria, situación en la que sigo a día de hoy trabajando en una empresa privada y cotizando a la SS. Si decidiera reincorporarme mañana al ejército, ¿pasaría a los 57 ó 58 años a la reserva?,
- Ley de la Carrera Militar, art. 113 y Disposicion Transitoria Septima.
obviamente tengo muchísimos menos años de servicio que mis compañeros en activo, ¿con que retribución?,
- Real Decreto 1314/2005, Reglamento de retribuciones del personal de las Fuerzas Armadas, art. 9.
al llegar a la edad de jubilación (67?), ¿quien pagaría mi jubilación?,
- Los militares pasan a retiro por edad a los 65 años, salvo los casos de incapacidad o levar menos de 20 años de servicio al pasar a la reserva. La pension la paga el Ministerio de Hacienda añadiendo las cotizaciones a la Seguridad Social. Real Decreto 691/1991, Cómputo reciproco de cuotas entre Regímenes de Seguridad Social.
- Ley de la Carrera Militar, art. 113 y Disposicion Transitoria Septima.
obviamente tengo muchísimos menos años de servicio que mis compañeros en activo, ¿con que retribución?,
- Real Decreto 1314/2005, Reglamento de retribuciones del personal de las Fuerzas Armadas, art. 9.
al llegar a la edad de jubilación (67?), ¿quien pagaría mi jubilación?,
- Los militares pasan a retiro por edad a los 65 años, salvo los casos de incapacidad o levar menos de 20 años de servicio al pasar a la reserva. La pension la paga el Ministerio de Hacienda añadiendo las cotizaciones a la Seguridad Social. Real Decreto 691/1991, Cómputo reciproco de cuotas entre Regímenes de Seguridad Social.
-
- Soldado
- Mensajes: 6
- Registrado: Jue Oct 09, 2014 9:40 am
- Cuerpo: Militar de Carrera
- Situacion: Activo
- Comentario: al trán trán
- Ubicación: Madrid
Re: hola
muchísimas gracias trasgu por tu respuesta, me pongo a estudiar ahora mismo todas las referencias que tan amablemente me das,
un saludo,
JA
un saludo,
JA
-
- Comandante
- Mensajes: 593
- Registrado: Mié May 05, 2010 9:55 am
- Cuerpo: Militar de Carrera
- Situacion: Retiro por incapacidad
- Comentario: sin comentarios. Un saludo para todos, registrados y no registrados.
- Ubicación: badajoz
Re: hola
Hola VADIN, te parecerá estraño pero es así, si el trabajo que está haciendo esta persona, se considera o está considerado de "interés militar", puedes estar en esa situación infinidad de tiempo, es decir sin límite. Es mas, sigues en la escalilla y creo que puedes tener incluso un ascenso o mas, cuando pides el regreso o la incorporación a filas te colocas en el mismo puesto que tenias hace 30 años y con la graduación de tus compañeros. Ejemplo: Una persona se va a un destino que tiene ese caracter de sargento, cuando su compañero el que va detrás asciende a sgto.1º, este automáticamente asciende tambien e incluso con el ascenso de Brigada, luego ahí se para, y se continúa en la escalillo en la posición de Brigadas hasta que a el le interesa. ¿ cuando te interesa? cuando te toca por edad pasar a la reserva te incorporas y te vas a casa de Teniente. Fíjate que fácil. VADIN , te lo puedes creer, porque te acabo de describir un caso real. Si tienes alguna duda me lo dices y te mando un privado, porque aqui creo que no es muy correcto dar muchos datos que a casi nadie interesa. Y en la vida civil, con los funcionarios pues te podría contar también muchas cosas, que nos parecen raras pero muy raras, y son así. Un saludo.
-
- Comandante
- Mensajes: 593
- Registrado: Mié May 05, 2010 9:55 am
- Cuerpo: Militar de Carrera
- Situacion: Retiro por incapacidad
- Comentario: sin comentarios. Un saludo para todos, registrados y no registrados.
- Ubicación: badajoz
Re: hola
Continúo para blusbroder, si te encuentras en la situación que he descrito anteriormente pues con los años de efectivo al pasar a la reserva tu pension va en consonancia a tu graduacion. Pero necesito saber tu situacion como es o como ha sido porque sino es muy dificil de saber como quedarías. Aunque está mas o menos claro, la graduación es fundamental. Un saludo .