Indemnización o pensión por víctima del terrorismo
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Indemnización o pensión por víctima del terrorismo
Hola tengo una duda sabéis sy siendo victima del terrorismo las indemnizaciones o las pensiones son diferentes o son iguales sy no eres víctima del terrorismo esque me an comentado varias cosas pero ya sabéis fijate... Gracias de ante mano y un saludo
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Re: Indemnización o pensión por víctima del terrorismo
Las pensiones ocasionadas como consecuencia de actos terroristas, son pensiones extraordinarias, y se calculan sobre el 200% del Haber Regulador del causante. Si dichas pensiones son en favor de familiares, la cuantía será el equivalente al triple del IPREM vigente en cada momento, (cantidad a repartir entre todos los beneficiarios que cumplan con el resto de requisitos)oskitarboy escribió: ↑Sab Dic 09, 2017 6:06 pm Hola tengo una duda sabéis sy siendo victima del terrorismo las indemnizaciones o las pensiones son diferentes o son iguales sy no eres víctima del terrorismo esque me an comentado varias cosas pero ya sabéis fijate... Gracias de ante mano y un saludo
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Re: Indemnización o pensión por víctima del terrorismo
Muchas gracias Francisco pero la pension quien la daría el ministerio de defensa ya que al ser militares o el ministerio del interior por ser victima del terrorismo
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Re: Indemnización o pensión por víctima del terrorismo
Ninguno de los dos. Las pensiones las da la tesorería del Régimen en el que se ha cotizado mas tiempo; la Seguridad Social o Clases Pasivas, (Hacienda).oskitarboy escribió: ↑Sab Dic 09, 2017 8:28 pm Muchas gracias Francisco pero la pension quien la daría el ministerio de defensa ya que al ser militares o el ministerio del interior por ser victima del terrorismo
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Re: Indemnización o pensión por víctima del terrorismo
Esque no lo entiendo muy bien te pido disculpas Francisco por ejemplo en mi caso me lo dará el isfas que es nuestra seguridad social no?? Y eyos se pondrán en contacto con él ministerio del interior para saber que soy victima del terrorismo?? O como seria???
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Re: Indemnización o pensión por víctima del terrorismo
Deberias de empezar por leerte una de tus nominas, para ver a que regimen cotizas. Se comprueba viendo si el descuento en nomina es a la Seguridad Social o a Clases Pasivas, en todo caso quien NO la va a pagar es el ISFAS.
Para que un militar perciba una pension, sea la que sea, tiene que salir publicada una Resolucion a tal efecto en el BOD.
Cosa diferente son las indemnizaciones por fallecimiento, incapacidades, lesiones, etc., que se rigen por la normativa vigente. Las indeminzaciones se tramitan en Interior http://www.interior.gob.es/web/servicio ... personales
Para que un militar perciba una pension, sea la que sea, tiene que salir publicada una Resolucion a tal efecto en el BOD.
Cosa diferente son las indemnizaciones por fallecimiento, incapacidades, lesiones, etc., que se rigen por la normativa vigente. Las indeminzaciones se tramitan en Interior http://www.interior.gob.es/web/servicio ... personales
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Re: Indemnización o pensión por víctima del terrorismo
Unos apuntes que quiza no tengan demasiado intere, pero es interesante de tener en cuenta
Las Leyes de Presupuestos Generales del Estado establecen anualmente un límite máximo de percepción para las pensiones públicas, que no puede ser superado por la pensión o la suma de las pensiones públicas que perciba un mismo beneficiario.
Únicamente están excluidas de la aplicación de dicho límite las pensiones derivadas de actos de terrorismo, así como la prestación complementaria que otorga tanto el mutualismo administrativo (MUFACE, MUGEJU e ISFAS), como la Seguridad Social, en concepto de "Gran Invalidez" (50% de la pensión).
Durante el año 2017, dicha cuantía asciende a 2.573,70 euros íntegros en cómputo mensual cuando dicho titular tenga derecho a percibir 14 mensualidades al año o, en otro supuesto, de 36.031,80 euros en cómputo anual
http://www.clasespasivas.sepg.pap.minha ... ximos.aspx
Las pensiones extraordinarias por actos terroristas están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
http://www.clasespasivas.sepg.pap.minha ... rismo.aspx
Real Decreto 851/1992, de 10 de julio, por el que se regulan determinadas pensiones extraordinarias causadas por actos de terrorismo.
http://www.seg-social.es/Internet_1/Nor ... cumentoPDF
Las Leyes de Presupuestos Generales del Estado establecen anualmente un límite máximo de percepción para las pensiones públicas, que no puede ser superado por la pensión o la suma de las pensiones públicas que perciba un mismo beneficiario.
Únicamente están excluidas de la aplicación de dicho límite las pensiones derivadas de actos de terrorismo, así como la prestación complementaria que otorga tanto el mutualismo administrativo (MUFACE, MUGEJU e ISFAS), como la Seguridad Social, en concepto de "Gran Invalidez" (50% de la pensión).
Durante el año 2017, dicha cuantía asciende a 2.573,70 euros íntegros en cómputo mensual cuando dicho titular tenga derecho a percibir 14 mensualidades al año o, en otro supuesto, de 36.031,80 euros en cómputo anual
http://www.clasespasivas.sepg.pap.minha ... ximos.aspx
Las pensiones extraordinarias por actos terroristas están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
http://www.clasespasivas.sepg.pap.minha ... rismo.aspx
Real Decreto 851/1992, de 10 de julio, por el que se regulan determinadas pensiones extraordinarias causadas por actos de terrorismo.
http://www.seg-social.es/Internet_1/Nor ... cumentoPDF
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Re: Indemnización o pensión por víctima del terrorismo
Empieza por leer la Ley 29/2011 de Víctimas del Terrorismo.oskitarboy escribió: ↑Sab Dic 09, 2017 6:06 pm Hola tengo una duda sabéis sy siendo victima del terrorismo las indemnizaciones o las pensiones son diferentes o son iguales sy no eres víctima del terrorismo esque me an comentado varias cosas pero ya sabéis fijate... Gracias de ante mano y un saludo
Enlace:
https://mega.nz/#!4rQyES5T!H1Wpb2gg0RaQ ... dNMWpwzUho
Cualquier otra consulta y si realmente has tenido atentado, serás contestado por privado. MOTIVO:- Se están intentado colar personajes que no han visto un atentado ni en TV, bueno una si, y dijo que la había traumatizado tanto que la deberían retirar por ello.
HE DICHO. Soy Víctima real y estoy hasta las narices de oportunistas. Pertenezco a una Asociación llamada: Asociación Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado Víctimas del Terrorismo, un día por otro estamos ayudando a quien realmente han tenido atentado y tienen documentación para demostrarlo y denunciando a quienes no tienen nada, solo "cara dura". Basta de jugar con todos los asesinados, sus familias, heridos, incapacitados y hasta algunos que siguen en activo a pesar de haber sufrido realmente atentados.
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Re: Indemnización o pensión por víctima del terrorismo
Te e escrito por privado arano nose sy te llegará bien el mensaje.... (no te creas que se me da muy bien el foro)
Gracias por la ayuda y respuestas..
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- Arano
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Re: Indemnización o pensión por víctima del terrorismo
Recibido y contestado el privado, te he dejado igualmente mi e-mail, ya que de todas todas tengo que mandarte mucha documentación.oskitarboy escribió: ↑Mar Dic 12, 2017 2:19 pm Te e escrito por privado arano nose sy te llegará bien el mensaje.... (no te creas que se me da muy bien el foro)
Gracias por la ayuda y respuestas..
Abrazos amigo.
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Re: Indemnización o pensión por víctima del terrorismo
Tienes toda la razon arano, hay gente que no ha ha visto un atentado ni de cerca y se quiere aprovechar del sufrimiento de los demas.
Y solo los que nos lo hemos comido sabemos por lo que se pasa, nosotros y nuestra familia.
Un saludo muy grande
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- Arano
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Re: Indemnización o pensión por víctima del terrorismo
Si amigo HALCÓN y tu lo sabes igual que yo, solo por poner ese "caso" del que hable, hay alguien que quiere ser víctima por que vio el atentado por TV, manifestó ante la Sala de Lo Penal de la Audiencia Nacional que ese día tenía servicio, posteriormente y ante la denuncia de los compañeros que realmente estaban allí, es cuando dijo que lo de la TV..... en fin, mejor me callo. Que por cierto no es el caso del compañero oskitarboy, que si sufrió un atentado.
P.D. Si se sabe buscar se encontrará en "San Google" de lo que estoy hablando.
Abrazos.