Pérdida de la condicion de militar en acto de servicio

Dudas y preguntas entre militares retirados en Acto de Servicio y retiros poer edad

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Nyko15
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Pérdida de la condicion de militar en acto de servicio

Mensaje por Nyko15 »

Hola a todos:

Llevo algún tiempo siguiendo vuestros post y hasta ahora no he encontrado ningun caso que se asemeje al mio.
Insgresé como METP en 1996 y sufrí una lesión en acto de servicio en el año 2000. Durante más de 3 años estuve entre Juntas Médicas regionales y finalmente 2 Juntas médicas en el Gómez Ulla. Alli dictaminaron que padecia una discapacidad del 20% con coeficiente 5T en acto de servicio.Este resultado contrasta con el obtenido por la Seguridad Social que refleja que la minusvalia que padezco llega al 57%. Entre una intervención quirurgica y otra ( a dia de hoy van 9), me llega una carta de mi unidad en febrero de 2005 que me comunica que he causado baja en las FAS. Un recurso tras otro, fui agotando todas las vias que tenia para intentar reclamar lo que "creía" que era justo. Al final acabe como la mayoría... Contencioso- administrativo en 2007.
Resultó que la JMPS modificó su informe otorgando un 40% de discapacidad en acto de servicio. Desde finales de 2007 estoy cobrando la pensión que me asignaron, pero desde que recibí la carta de baja jamás he vuelto a recuperar la condicion de militar. Ahora soy civil, cotizante voluntario de ISFAS, ya que con la cantidad de secuelas que tengo, ninguna compañia medica (CASER, MAPFRE..) quiere hacerme un seguro medico privado.
La pregunta es .. ¿ Alguien sabe como puedo recuperar mi condicion de militar?

Muchas gracias por adelantado
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GALLETO
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Re: Pérdida de la condicion de militar en acto de servicio

Mensaje por GALLETO »

Hola Nyko15. La Ley 39/2007, en su artículo 121.4, dice: "El militar profesional que haya cesado en su relación de servicios profesionales con las Fuerzas Armadas por insuficiencia de condiciones psicofísicas ocasionada en acto de servicio, además de los derechos pasivos, asistenciales y de otro orden que tenga reconocidos en las leyes, mantendrá, si lo solicita, una especial vinculación con las Fuerzas Armadas, mediante su adscripción a la Unidad Militar que elija, previa conformidad del Mando o Jefatura de Personal del Ejército correspondiente, y podrá asistir a los actos y ceremonias militares en los que esta participe."

Creo que esta es la única vinculación con las FAS a que tendrías derecho. Un saludo.
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ANUGAR
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Re: Pérdida de la condicion de militar en acto de servicio

Mensaje por ANUGAR »

Estimado Niko15.
Como en el caso tuyo, es posible que se encuentren algunos de Clases de Tropa y Marinería que han pasado a retirado por insuficiencia de condiciones psicofísicas en acto de servicio.
Supongo que por parte de Clases Pasivas, tienes asignada un pensión extraordinaria.
No comprendo lo de cotizante voluntario del ISFAS, ya que al pasar a retirado dejas de pagar la cotización correspondiente y el ISFAS debe continuar con sus prestaciones, y lo unico a que estás obligado a pagar es el 30 % del valor de las medicinas (en algunos casos no se pagan).
Tienes derecho a la expedición de la Tarjeta de Identidad Militar y al uso de las residencias militares que existan para las Clases de Tropa y Marinería y las que por parte de las diferentes DIAPER,s convocan para el periodo estival. Igualmente tienes derecho al uso las residencias que el ISFAS tiene en "Ciudad Patricia " Benidorm y la de Alicante.
A la vinculación honorífica a la Unidad que tu solicites y a un ascenso honorífico
Como desconozco tu situación militar anterior a ser declarado retirado, te sugiero te pongas en contacto con ACIME, (Asociación de Caballeros Inválidos y Mutilados Militares de España) es una asociación, de amplia experiencia, que aglutina a todos los que pasaron a retirados en acto de servicio o como consecuencia del mismo. Esta Asociación ha cumplido 20 años desde su creación. Su página web es http://www.invalidosmilitares.org y su correo es acime@invalidosmilitares.org
aiala30
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Re: Pérdida de la condicion de militar en acto de servicio

Mensaje por aiala30 »

Es una OPINIÓN, no sé si es así a ciencia cierta correcta pero es de lo que tengo conocimiento hasta la fecha de hoy.

La cuestión que planteas resulta que eras de carácter temporal ya que no realizaste la permanencia. Sí tenías derecho a solicitarla en la convocatoria oportuna porque cumpliste con los 4 años de servicio previos.
Como es de costumbre, en la vida militar, primero lo cumples y después ya reclamarás.
De ahí que te hayan resuelto el expediente como militar de tropa y marinería con carácter temporal.

Espero que pueda servirte de aclaración hasta ahí.

En lo que se refiere a tu condición de militar... Según comentas eras de carácter temporal por lo que no se te considera como militar hasta la edad de jubilación sino hasta que finalices el tiempo de tu contrato con un máximo de renovaciones X o hasta la edad Y. ( X e Y creo que son 8 renovaciones y 42 años)
( Otra vez, no hiciste la permanencia teniendo derecho a ello).

Un saludo.
aiala30
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Re: Pérdida de la condicion de militar en acto de servicio

Mensaje por aiala30 »

Nyko15 escribió:Alli dictaminaron que padecia una discapacidad del 20% con coeficiente 5T en acto de servicio.Este resultado contrasta con el obtenido por la Seguridad Social que refleja que la minusvalia que padezco llega al 57%. Entre una intervención quirurgica y otra ( a dia de hoy van 9), me llega una carta de mi unidad en febrero de 2005 que me comunica que he causado baja en las FAS. Un recurso tras otro, fui agotando todas las vias que tenia para intentar reclamar lo que "creía" que era justo. Al final acabe como la mayoría... Contencioso- administrativo en 2007.
Resultó que la JMPS modificó su informe otorgando un 40% de discapacidad en acto de servicio
Otro asunto que estaría pendiente de aclarar es la modificación que hicieron sobre el dictamen y la que no dices si hicieron o no hicieron... El 5T. Un 5 temporal? Te retiraron de forma temporal?? Ese dato no lo terminas de aclarar. Según comentas no es permanente sino que dependes de revisiones posteriores con la posibilidad de mejoría. Siendo el caso y si consideras /consideran que hay agravamiento... mira a ver si puedes ir por agravamiento de la patología tuya.

Otro saludo.
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Re: Pérdida de la condicion de militar en acto de servicio

Mensaje por aiala30 »

Aquí estoy otra vez, hola a tod@s.

Lo que expongo aquí es a lo que me he referido con lo del carácter "temporal" en la escala de tropa y marinería de cara a Clases Pasivas, es así como yo lo he entendido tras leer las coberturas:

Están incluidos en el Régimen de Clases Pasivas del Estado:

Los funcionarios de carrera de carácter civil de la Administración del Estado.
El personal militar de carrera, y el de las escalas de Complemento y Reserva Naval y el de tropa y marinería profesional que tuvieran adquirido el derecho a permanecer en las Fuerzas Armadas hasta la edad de retiro.
Los funcionarios de carrera de la Administración de Justicia.
Los funcionarios de carrera de las Cortes Generales.
Los funcionarios de carrera de otros Órganos Constitucionales.


El personal interino a que se refiere el artículo 1º del Decreto Ley 10/1965, de 23 de Septiembre.
Los funcionarios de carrera transferidos a las diferentes Comunidades Autónomas.
Los funcionarios en prácticas pendientes de su incorporación definitiva al servicio del Estado.
Además del colectivo anterior de funcionarios, están incluidos en el ámbito personal de cobertura del Régimen de Clases Pasivas del Estado:

· Los exPresidentes, Vicepresidentes, Ministros, Secretarios de Estado y asimilados, y otros Altos Cargos Constitucionales.

· Los alumnos de las Academias y Escuelas Militares.

· El personal militar de empleo y el de las Escalas de de Complemento y Reserva Naval y el de tropa y marinería profesional que no tenga adquirido el derecho a permanecer en las Fuerzas Armadas hasta la edad de retiro.
· Los Registradores de la Propiedad.

Si estoy en un error, espero puedan aclarar el tema. Muchas gracias de antemano. :mrgreen:
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Re: Pérdida de la condicion de militar en acto de servicio

Mensaje por aiala30 »

Hola! ( Voy a parecer un troll)
He encontrado el enlace que quería presentar.
Es éste:

http://noticias.juridicas.com/base_dato ... 9.t11.html

Ahora estará clarito del todo. Siento haberme enrollado tanto.
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GALLETO
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Re: Pérdida de la condicion de militar en acto de servicio

Mensaje por GALLETO »

Hola aiala30, buenas tardes. La ley 17/99 ha sido derogada por la Ley 39/2007, quedando algunos artículos en vigor en tanto exista personal que le sea de aplicación. Un saludo.
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Re: Pérdida de la condicion de militar en acto de servicio

Mensaje por osclope »

wenas
yo en este caso puedo hablar un poco
yo era militar de caracter temporal y sufri accidente en acto de servicio
lo de que la JMP te de un 20% al principio y despues sobre el 40% lo se de propia tinta
yo tengo reconocido un 43% pero antes me uisieron dar un 20%
esto tiene una logica aplastante, segun Real Decreto 1186/2001, los temporales recibimos pension a partir del 24%, por debajo de eso solo una indemnizacion economica del 6% del haber anual.
y no tenemos derecho a isfas por debajo del 50%
al no ser de carrera y aki entran desde la categoria c1 o permanentes hasta la categoria A1 a nosotros si se nos puede rescindir contrato, y se nos hecha de ISFAS porque para poder pertenecer de pleno derecho hay que ser militar
aki os pongo parte de la modificacion de isfas

ISFAS
Instrucción 4B0/03899/2009, de 3 de marzo, de la Secretaria
General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas,
sobre, campo de aplicación del Régimen Especial de Seguridad
Social de las Fuerzas Armadas y Régimen de afiliación al ISFAS.............................................

...........................Los militares de complemento y los militares profesionales
de tropa y marinería con una relación de servicios profesionales
no permanente; los alumnos de Centros Militares de Formación
que hayan ingresado en los mismos siendo militares de complemento
o militares profesionales de tropa y marinería, hasta su
promoción a los empleos de alférez, sargento alumno o guardiamarina;
los reservistas voluntarios que pasen a prestar servicios
en Unidades, Centros y Organismos del Ministerio de Defensa;
así como el restante personal citado en el Artículo 1.º del Real
Decreto 1186/2001, de 2 de noviembre, que sean causantes de
una pensión de retiro, ordinaria o extraordinaria, derivada de
incapacidad absoluta para cualquier profesión u oficio con arreglo
al Régimen de Clases Pasivas del Estado, tienen derecho a
permanecer dentro del campo de aplicación de la actividad del
Instituto.
Igual derecho asiste a los alumnos de Centros Docentes
Militares de Formación y Centros Docentes de Formación de la
Guardia Civil que causen pensión con idéntico alcance en los
términos que establecen el Real Decreto 1234/1990, de 11 de
octubre, y la Orden 40/1992, de 25 de mayo.
De acuerdo con el Apartado 5.2 del Real Decreto 1186/2001,
se entenderá que existe incapacidad absoluta para cualquier
profesión u oficio cuando la discapacidad se valore por el Órgano
Médico Pericial de la Sanidad Militar en un porcentaje igual o
superior al 50 por 100.

solamente los militares de caracter temporal podemos pertenecer en el ISFAS y posiblemente la condicion de militar si conseguimos el 50% ya que asi se nos da la absoluta y se nos incapacita para todo trabajo u oficio en el apartado 5.2 del RD 1186/2001
espero haber sacado de dudas pero esi somos lo temporales de usar y tirar
No existen ni listos ni tontos, simplemente no todo el mundo sabe las mismas cosas
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Re: Pérdida de la condicion de militar en acto de servicio

Mensaje por elguepardo »

Hola

Nyko15, ¿qué es cotizante voluntario de ISFAS? ¿qué coberturas tiene? O bien, si pudiera indicarme la legislación o ubicación donde se encuentran las coberturas del mismo, sería de gran interés.
Por lo que veo, muchos carecemos del conocimiento ante ello.

Espero, por otra parte, que sus secuelas vayan mejorando algo y que pueda hacer vida independiente y convivir con dichas molestias.
Desde aquí, reciba mucha fuerza y ánimo, compañero.
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osclope
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Re: Pérdida de la condicion de militar en acto de servicio

Mensaje por osclope »

wenas
lo de cotizante voluntario es para todo personal no permanente o de carrera, que pase a cobrar una pension de clases pasivas sin que hubiese alcanzado el 50% de minusvalia y kiera mantener el isfas, se puede apuntar voluntariamente
No existen ni listos ni tontos, simplemente no todo el mundo sabe las mismas cosas
luisjavier_mili
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Re: Pérdida de la condicion de militar en acto de servicio

Mensaje por luisjavier_mili »

Hola Nyko15.

Creo que yo soy otro caso como el tuyo. JMP Militar me reconoce inferior al 24% y Comunidad Autónoma superior al 33%.

También tengo el Acto de Servicio.

A mí me cambiarán dentro de unos años las rodillas y me pondrán unas de metal. También me plantaron de patitas en la calle y con un puñado de euros.

No me pilla muy de nuevas, ya que en mi familia somos 7 miembros militares... pero ahí ando luchando en contencioso-admtvo.

Muchos ánimos y mirando hacia adelante, que eres joven aún y te queda mucho por lo que seguir luchando.

P.D.: Los libros son un buen escondite, distraen y ayudan a sobrellevar las deficiencias que padecemos y las comeduras de coco...

Un saludo, compañero.
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Re: Pérdida de la condicion de militar en acto de servicio

Mensaje por sargo »

Hola, cordial saludo a todos/as, necesito ayuda en tema referente a METP temporal, retirado por insuficiencia de condiciones psicofísicas en acto de servicio, y aunque el tema es algo diferente a lo que aquí se trata, no quiero abrir otro hilo pues después de leer vuestros comentarios os veo informados y creo podreis ayudarme.
Se trata de saber si cobrando pensión puedo acceder a un puesto de trabajo en la Administración. Precisar que después de largos años de Tribunales, me mandaron a la calle sin nada y en Contencioso me concedieron un 25% en acto de servicio, estoy cobrando, y he recurrido ese porcentaje pues según la sentencia creo me corresponde el 40%, estoy trabajando pero quisiera opositar a puesto en la Administración. ¿ Sabeis o donde me puedo informar si mi pensión es compatible con ese posible futuro trabajo?.
Un abrazo. Rafael.-
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osclope
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Re: Pérdida de la condicion de militar en acto de servicio

Mensaje por osclope »

wenas sargo
te respondo rapidamente, no puedes, bueno si puedes pero dejarias de cobrar la citada pension.
todos los que pertenecemos a clases pasivas eramos funcionarios, unos con plaza fija, y otros con plazas temporales, si te pasan a cobrar una pension, es logico que no puedas volver a trabajar para la administracion y cobrar la pension.
un saludo
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Nyko15
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Re: Pérdida de la condicion de militar en acto de servicio

Mensaje por Nyko15 »

Hola a todos:
En primer lugar quiero agradeceros a todo el mundo el interés que ha suscitado este hilo. Siento haber estado distante pero me han operado por 9ª vez y no he estado muy pendiente del foro.
Os puedo comentar que el proceso está más enrevesado. Solicité y me concedieron (milagrosamente) la vinculación honorifica a la unidad que he elegido. Respecto a la recuperación de la condición de militar...eso ya es otro tema.
Por lo que he leído y he hablado con el abogado, la única solución que me queda es volver a meterme en un contencioso-administrativo y "obligar" al Ministerio a que recalifiquen mi grado de discapacidad. La legislación actual no admite el agravamiento de secuelas para la revisión de la minusvalía por parte de una JMP. Actualmente ya voy por el 59 % en la SS y en espera de aumentarlo, ya que para 2010 tengo pendientes 2 cirugías más.
Todos los temporales en ese aspecto, lo tenemos bastante mal ya que o te dan un 50 % desde el principio o, como es mi caso, te dan de baja de las FAS y pierdes el derecho a ISFAS.
Lo único que tengo ahora es "tiempo libre", así que seguiremos con las alegaciones hasta llegar a la Audiencia Nacional.
Mucho animo para todos los que estais en situaciones similares.
¡NO SE RENDIRME!
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