planes de pensiones

Dudas sobre retiros por incapacidad.

Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, zuku, Arano

Responder
Avatar de Usuario
masss
Capitan General
Capitan General
Mensajes: 2057
Registrado: Lun Jun 18, 2007 11:19 am
Contactar:

planes de pensiones

Mensaje por masss »

Hola a todos, soy Raul tengo 29 años, soy pensionista de clases pasivas y me gustaria realizar una consulta. Sabeis si como pensionistas podemos contratar un plan de pensiones, o por el contrario lo tenemos prohibido al estar ya jubilados. Me gustaria contratar uno a partir de los 30 años y tengo esa pequeña duda. Gracias.
Avatar de Usuario
masss
Capitan General
Capitan General
Mensajes: 2057
Registrado: Lun Jun 18, 2007 11:19 am
Contactar:

Mensaje por masss »

No se decirte seguro, pero creo que no, pues un compañero recuperó el plan de pesiones al retirarse por inutilidad
Avatar de Usuario
masss
Capitan General
Capitan General
Mensajes: 2057
Registrado: Lun Jun 18, 2007 11:19 am
Contactar:

Mensaje por masss »

hola, a ver si te puedo aclarar un poco la situacion porque es verdad, una vez que pasamos a clases pasivas por retiro, no sacas informacion casi de ningun sitio.
mira, el que a ti te pague una pension el ministerio de hacienda a traves de las clases pasivas, no quiere decir que no puedas invertir tu dinero como mejor te convenga, ten en cuenta que quien te dara esa segunda pension a la edad que tu contrates sera una entidad privada, no el estado con lo que creo que no existe incompatibilidad ninguna.
es mas, si el motivo de tu pase a retiro, es por incapacidad psicofisica y que no te limite para todo trabajo o profesion, puedes trabajar en lo que te de la real gana, eso si, siempre que no sea para la empresa publica, solo en la privada y cuando te jubilen en esta segunda ...por edad, la pension que cobraras sera la suma de las dos, siempre y cuando esa suma no sobrepase la pension maxima. creo que no me equivoco demasiado, de todas formas en la provincia donde vives tiene que haber una oficina de clases pasivas, cualquier duda que te venga a la cabeza, puedes consultarla alli. un saludo y si no te aclare lo suficiente dimelo.
Avatar de Usuario
masss
Capitan General
Capitan General
Mensajes: 2057
Registrado: Lun Jun 18, 2007 11:19 am
Contactar:

Mensaje por masss »

muchas gracias a los dos, creo que me ha quedado claro, ahora lo que tengo que hacer es hablar con el banco para ver el plan de pensiones que mas me covenga. Lo de trabajar cotizando en la seguridad social, ya lo sabía, porque aunque tengo el 65 por ciento reconocido, es decir la absoluta, me han comentado que si puedo trabajar, siempre y cuando, como tú comentabas, no lo haga para una institución pública. Repito gracias y hasta otra.
Avatar de Usuario
masss
Capitan General
Capitan General
Mensajes: 2057
Registrado: Lun Jun 18, 2007 11:19 am
Contactar:

Mensaje por masss »

Yo no estaria tan seguro de que puedes trabajar donde quieras. Es cierto que puedes, pero si trabajas media jornada (20h semanales), tu pension se vera reducida en un 50% y tu veras si te interesa. Todo esto siempre que seas dado de alta en la S.S. como sería de recibo o te des de alta como autonomo. Otra cosa es que inviertas tu dinero como mas te convenga, plan de pension u otra cosa, eso si.
Avatar de Usuario
masss
Capitan General
Capitan General
Mensajes: 2057
Registrado: Lun Jun 18, 2007 11:19 am
Contactar:

Mensaje por masss »

mando un saludo a todos los foreros y siento no haberlo mandado en mi primer mensaje. Asi que aprovecho para presentarme.
Salud@s
Avatar de Usuario
masss
Capitan General
Capitan General
Mensajes: 2057
Registrado: Lun Jun 18, 2007 11:19 am
Contactar:

Mensaje por masss »

Creo que joni no tiene razón, conozco a varios compañeros retirados por inutilidad física, y están cobrando la pensión completa y trabajando dados de alta en la Seguridad Social con jornada completa, no pierden nada de pensión, lo único que no puees trabajar para empresar con capital estatal o públicas.
Avatar de Usuario
masss
Capitan General
Capitan General
Mensajes: 2057
Registrado: Lun Jun 18, 2007 11:19 am
Contactar:

Mensaje por masss »

SI SE PUEDE.
Yo soy jubilado de clases pasivas, con un 65% de discapacidad.
Llevo trabajando dos años en la empresa privada, como auxiliar de farmacia, y tengo un plan de pensiones.
Un saludo
Avatar de Usuario
masss
Capitan General
Capitan General
Mensajes: 2057
Registrado: Lun Jun 18, 2007 11:19 am
Contactar:

Mensaje por masss »

Tengo 35 años, y estoy en trámite de finalización de expediente por incapacidad permanente, mi grupo es el B, según me han dicho, a la hora del cómputo de pensión, a parte de los años de servicio, también me contarían los años que me faltan hasta completar los de la jubilación forzosa (hasta los 65 años), mis preguntas son:
1. Al cumplir los 65 años seguiría cobrando lo mismo, o me bajaría la pensión?
2. Si trabajo en la empresa privada, en el momento que cumpliera los 65 años, que cobraría de pensión, me subiría la de clases pasivas.
Gracias y un saludo
Avatar de Usuario
masss
Capitan General
Capitan General
Mensajes: 2057
Registrado: Lun Jun 18, 2007 11:19 am
Contactar:

Mensaje por masss »

Cuando te concedan lapensión de jubilación por incapacidad, te asignarán la cuantía como si hubieras trabajado hasta los 65 años, esta pensión se revalorizará todos los años como todas las pensiones.

Cuando cumplas los 65 y si has cotizado los años que correspondan a la Seguridad Social, se te asignará otra pensión de Seguridad social totalmente independiente de la de clases Pasivas. Eso sí, si la ley sigue como hoy estarán sujetas al tope de percepción de pensiones.

Un saludio
Avatar de Usuario
masss
Capitan General
Capitan General
Mensajes: 2057
Registrado: Lun Jun 18, 2007 11:19 am
Contactar:

Mensaje por masss »

Si, pero ese tope es por pensión, o por la suma de las dos pensiones.
Avatar de Usuario
masss
Capitan General
Capitan General
Mensajes: 2057
Registrado: Lun Jun 18, 2007 11:19 am
Contactar:

Mensaje por masss »

El tope de pensión es por la suma de todas las pensiones públicas que percibidas.
luisjavier_mili
Sargento 1º
Sargento 1º
Mensajes: 41
Registrado: Dom Nov 29, 2009 6:17 am

Re: planes de pensiones

Mensaje por luisjavier_mili »

Hola.

No hay ningún problema para contratarlo.

Los problemas se presentan después... Cuando te toca cobrarlo porque ya estás jubilado...

En principio, si te vas a jubilar posteriormente por la S.S., en cuanto te diesen la jubilación de la S.S. pasarías a cobrar tu plan de pensiones.

Si no te jubilan por la S.S. posteriormente y ya estás jubilado por el Mº Defensa... cuando quieres recuperar tu plan de pensiones te dicen que no te plantean problemas para dártelo, osea, toca ir en algunos casos al juzgado para poder cobrarlo.

Espero te sirva de algo lo que te cuento.

Un saludo.
Responder

Volver a “Retiros por incapacidad”