REHABILITACION
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REHABILITACION
Hace un tiempo solicite ser rehabilitado desde lasituacion de "retiro por insuficiencia de condiciones psicifísicas". He ganado la sentencia y me han de habrir expeiente de rehabilitación. ¿Tendre derecho a alguna indemnización por el tiempo que he permanecido en la situación de retiro indebidamente?
- trasgu123
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Re: REHABILITACION
Porque dices que tu pase a retiro fue indebido ?? Recurriste el pase a retiro y tienes sentencia que diga que fue indebido ??
Re: REHABILITACION
Pase a retiro en 2008, solicite rehabilitacion en 2010 (2 ños de plaza para solicitarla segun R.D. 944/2001). Me dijeron que no, y la recurri. La sentencia ordena la apertura de expediente para ser rehabilitado, por lo que el retiro es incorrecto desde 2010, o sea dese el pase de los dos años obligatorios en esta situación para ser rehabilitado. Colgare la sentencia como en su dia prometi, pero en este momento no tengo los medios.
- trasgu123
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Re: REHABILITACION
Teniendo en cuenta que naciste en 1951, ten cuidado con lo que reclamas que igual te dicen que si y en el ajuste tienes que devolver dinero.
Re: REHABILITACION
no pregunto si gano o pierdo con la situacion, pregunto si por estar en una situacion que no corresponde durante un determinado tiempo, tengo derecho a algun tipo de indemnización. Los ajustes serán los que correspondan a favor o en contra.
Re: REHABILITACION
Creo que lo que ordenó el Tribunal fue que te abrieran Expediente Rehabilitador, no que te admitan, creo que tendrás que esperar al resultado de dicho Expediente para saber si puedes reincorporarte al servicio.
- trasgu123
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Re: REHABILITACION
Para cobrar una indemnizacion hay que haber sufrido un perjuicio. Dando por hecho el buen termino del expediente de rehabilitacion ¿cual seria el perjuicio?.
Re: REHABILITACION
Despues de mucho pelear, he sido rehabilitado. En la Resolución me dan como fecha de la rehabilitación a efectos económicos, la de la Resolución de Rehabilitación, es decir: Mayo de 2015, pero yo solicité la rehabilitación en mayo de 2010, fecha que cumplía los 2 años para la rehabilitación que cita el Artículo 15 del Real decreto. Mi pregunta es: ¿La fecha de rehabilitación no sería la de la fecha de mi solicitud, y no la de su resolución de reconocimiento?
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Re: REHABILITACION
y volveras al cuartel?
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Re: REHABILITACION
Saludos ,estamos de acuerdo en que cada uno decide con su vida lo que cree conveniente y hay que respetarlo, faltaría más. Leer que se pide la rehabilitación tras un retiro anterior al 2009 es que me deja patidifuso, conseguirlo y volver al "redil" es que me produce sarpullidos y alergia galopante por todo el cuerpo.En fin, cada uno es cada uno .
- trasgu123
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Re: REHABILITACION
Todo tiene su porque. La rehabilitacion da lugar a resquicios interesantes si se es suboficial de las primeras promociones.Renegado andalusi escribió:Saludos ,estamos de acuerdo en que cada uno decide con su vida lo que cree conveniente y hay que respetarlo, faltaría más. Leer que se pide la rehabilitación tras un retiro anterior al 2009 es que me deja patidifuso, conseguirlo y volver al "redil" es que me produce sarpullidos y alergia galopante por todo el cuerpo.En fin, cada uno es cada uno .
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Re: REHABILITACION
Ja ja ja jaRenegado andalusi escribió:Saludos ,estamos de acuerdo en que cada uno decide con su vida lo que cree conveniente y hay que respetarlo, faltaría más. Leer que se pide la rehabilitación tras un retiro anterior al 2009 es que me deja patidifuso, conseguirlo y volver al "redil" es que me produce sarpullidos y alergia galopante por todo el cuerpo.En fin, cada uno es cada uno .
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Re: REHABILITACION
trasgu123 escribió:Todo tiene su porque. La rehabilitacion da lugar a resquicios interesantes si se es suboficial de las primeras promociones.Renegado andalusi escribió:Saludos ,estamos de acuerdo en que cada uno decide con su vida lo que cree conveniente y hay que respetarlo, faltaría más. Leer que se pide la rehabilitación tras un retiro anterior al 2009 es que me deja patidifuso, conseguirlo y volver al "redil" es que me produce sarpullidos y alergia galopante por todo el cuerpo.En fin, cada uno es cada uno .
Gracias por la aportación, acabáramos, ya me extrañaba a mí. Ahora si lo entiendo. Un saludo.
- trasgu123
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Re: REHABILITACION
En el BOD de hoy sale otra rehabilitacion.
EJÉRCITO DE TIERRA
CUERPO GENERAL
ESCALA DE SUBOFICIALES
Servicio activo
Resolución 562/xxxxxxx/18
Cód. Informático: 201xxxxxx.
En cumplimiento de la Resolución del Subsecretario de Defensa, de fecha 18 de julio de 2018, por la que acuerda la rehabilitación del Sargento XXXXX, DON RXXX XXXXXXX XXXXXXXX (XXXXXXXX), declarando su utilidad y aptitud para el servicio, cesa como retirado y se reincorpora al servicio en la situación administrativa de Servicio activo en la localidad de residencia de XXXXXXXXX (XXXXXX), pendiente de asignación de destino, a disposición
del Mando de Personal, adscrito a efectos administrativos en la SUBDELEGACIÓN DE DEFENSA ENXXXXXXX, a partir del día 18 de julio de 2018.
Deberá efectuar su presentación en la UCO de dependencia señalada, en los plazos estipulados en el apartado 1 del artículo 24 del Real Decreto 456/2011, de 1 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Destinos del Personal Militar Profesional, modificado por el Real Decreto 577/2017, de 12 de junio.
Madrid, 17 de agosto de 2018.—El General
EJÉRCITO DE TIERRA
CUERPO GENERAL
ESCALA DE SUBOFICIALES
Servicio activo
Resolución 562/xxxxxxx/18
Cód. Informático: 201xxxxxx.
En cumplimiento de la Resolución del Subsecretario de Defensa, de fecha 18 de julio de 2018, por la que acuerda la rehabilitación del Sargento XXXXX, DON RXXX XXXXXXX XXXXXXXX (XXXXXXXX), declarando su utilidad y aptitud para el servicio, cesa como retirado y se reincorpora al servicio en la situación administrativa de Servicio activo en la localidad de residencia de XXXXXXXXX (XXXXXX), pendiente de asignación de destino, a disposición
del Mando de Personal, adscrito a efectos administrativos en la SUBDELEGACIÓN DE DEFENSA ENXXXXXXX, a partir del día 18 de julio de 2018.
Deberá efectuar su presentación en la UCO de dependencia señalada, en los plazos estipulados en el apartado 1 del artículo 24 del Real Decreto 456/2011, de 1 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Destinos del Personal Militar Profesional, modificado por el Real Decreto 577/2017, de 12 de junio.
Madrid, 17 de agosto de 2018.—El General