Sanción grave y psicofisicas
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Sanción grave y psicofisicas
Buenas tardes .les comento una duda que tengo por si alguien puede solucionarla.
Hace unos días me notificaron la resolución de una sanción grave y ahora me encuentro en el tiempo para hacer el recurso de alzada.
Acabo de llegar de una baja en la cual actualmente estoy con un 4t y tengo q ir a revisión al urmo aunque seguramente me den un 5t .
Si me dan de baja 5t antes de la resolución del recurso de alzada. entiendo que la sanción administrativa queda paralizada hasta mi recuperación o si al final me retiran se anula? O por el contrario sigue su proceso y se hace efectiva de cualquier manera .soy suboficial de tierra muchas gracias a todos
Hace unos días me notificaron la resolución de una sanción grave y ahora me encuentro en el tiempo para hacer el recurso de alzada.
Acabo de llegar de una baja en la cual actualmente estoy con un 4t y tengo q ir a revisión al urmo aunque seguramente me den un 5t .
Si me dan de baja 5t antes de la resolución del recurso de alzada. entiendo que la sanción administrativa queda paralizada hasta mi recuperación o si al final me retiran se anula? O por el contrario sigue su proceso y se hace efectiva de cualquier manera .soy suboficial de tierra muchas gracias a todos
Re: Sanción grave y psicofisicas
Hola,
En la IT 20/10 del Ejército de Tierra pone claramente : "Si el interesado tuviera abierto algún expediente disciplinario o procedimiento judicial previos a la incoación del expediente de insuficiencia de condiciones psicofísicas, el propio instructor solicitará testimonio de resolución para su unión al expediente. En caso de que no hubieran finalizado dichos procedimientos, antes de emitir sus conclusiones y remitir el expediente a su consulta, solicitará a GEMAPER (órgano de personal de Tierra) la interrupción del proceso)".
En la IT 20/10 del Ejército de Tierra pone claramente : "Si el interesado tuviera abierto algún expediente disciplinario o procedimiento judicial previos a la incoación del expediente de insuficiencia de condiciones psicofísicas, el propio instructor solicitará testimonio de resolución para su unión al expediente. En caso de que no hubieran finalizado dichos procedimientos, antes de emitir sus conclusiones y remitir el expediente a su consulta, solicitará a GEMAPER (órgano de personal de Tierra) la interrupción del proceso)".
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Re: Sanción grave y psicofisicas
¿ Cual de los dos procesos es el que se interrumpe hasta la finalización del otro ? Gracias.
- trasgu123
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Re: Sanción grave y psicofisicas
El de insuficiencia de condiciones psicofisicas que me da que aun no tiene abierto, ya que dice que tiene que ir a revision al URMO.
Lo que no pillo es eso de "" Acabo de llegar de una baja en la cual actualmente estoy con un 4t y tengo q ir a revisión al urmo aunque seguramente me den un 5t"". Llegar a donde ??.
Lo que no pillo es eso de "" Acabo de llegar de una baja en la cual actualmente estoy con un 4t y tengo q ir a revisión al urmo aunque seguramente me den un 5t"". Llegar a donde ??.
Re: Sanción grave y psicofisicas
Hola Francisco,
Se interrumpe el expediente de insuficiencia.Tras tu comentario, he caído en la cuenta de q falta una línea final importante para interpretarse adecuadamente.
"Si el interesado tuviera abierto algún expediente disciplinario o procedimiento judicial previos a la incoación del expediente de insuficiencia de condiciones psicofísicas, el propio instructor solicitara testimonio de la resolución de los mismos para su unión al expediente. En caso de que no hubieran finalizado tales procedimientos, antes de emitir sus conclusiones y remitir el expediente en consulta, solicitará a GEMAPER la interrupción del proceso. También, solicitará la interrupción del expediente cuando la JMPO emita un acta temporal que pueda impedir la finalización del expediente en los plazos previstos
Gracias por la puntualización Francisco.
Se interrumpe el expediente de insuficiencia.Tras tu comentario, he caído en la cuenta de q falta una línea final importante para interpretarse adecuadamente.
"Si el interesado tuviera abierto algún expediente disciplinario o procedimiento judicial previos a la incoación del expediente de insuficiencia de condiciones psicofísicas, el propio instructor solicitara testimonio de la resolución de los mismos para su unión al expediente. En caso de que no hubieran finalizado tales procedimientos, antes de emitir sus conclusiones y remitir el expediente en consulta, solicitará a GEMAPER la interrupción del proceso. También, solicitará la interrupción del expediente cuando la JMPO emita un acta temporal que pueda impedir la finalización del expediente en los plazos previstos
Gracias por la puntualización Francisco.
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Re: Sanción grave y psicofisicas
Perdón trasgu .me exprese mal .hace poco me dio el urmo correspondiente un 4t por que había mejorado ,aunque seguramente cuando esa urmo me llame a la revisión el grado pase a un 5 por el empeoramiento .
- trasgu123
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Re: Sanción grave y psicofisicas
OK.
El expediente disciplinario sigue su curso y en el recurso de alzada puedes solicitar la Suspension conforme dispone el art. 63 del Regimen Disciplinario. En este caso "por razones de condición psicofísica", aportando los informes del URMO.
El expediente disciplinario sigue su curso y en el recurso de alzada puedes solicitar la Suspension conforme dispone el art. 63 del Regimen Disciplinario. En este caso "por razones de condición psicofísica", aportando los informes del URMO.
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Re: Sanción grave y psicofisicas
Gracias, Arqímedes y Trasgu. La verdad es que mi pregunta no era para puntualizar nada, sino porque realmente ignoraba cual de los dos expedientes el el que tiene preferencia.Arquímedes escribió:Hola Francisco,
Se interrumpe el expediente de insuficiencia.Tras tu comentario, he caído en la cuenta de q falta una línea final importante para interpretarse adecuadamente.
"Si el interesado tuviera abierto algún expediente disciplinario o procedimiento judicial previos a la incoación del expediente de insuficiencia de condiciones psicofísicas, el propio instructor solicitara testimonio de la resolución de los mismos para su unión al expediente. En caso de que no hubieran finalizado tales procedimientos, antes de emitir sus conclusiones y remitir el expediente en consulta, solicitará a GEMAPER la interrupción del proceso. También, solicitará la interrupción del expediente cuando la JMPO emita un acta temporal que pueda impedir la finalización del expediente en los plazos previstos
Gracias por la puntualización Francisco.
La ley dice una cosa y el sentido común me dice la contraria. Creo que la salud debería de estar antes que lo disciplinario; lo primero es difícil de recuperar, mientras que lo segundo casi siempre puede esperar.
Muchas gracias, y saludos
- trasgu123
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Re: Sanción grave y psicofisicas
Lo hacen por una sencilla razon. Si del expediente disciplinario o judicial se desprendiese la separacion sel servicio, ya no habria lugar a dictar resolucion en el psicofisico porque ya no serias militar.