Que pasa después del acta jmpo
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Que pasa después del acta jmpo
Hola me gustaría saber que una vez que recibes el acta de la junta medico pericial de San Fernando que pasaría y si es oficial lo que se determina en el acta
- sargentodehierro
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Re: Que pasa después del acta jmpo
Hola compañero,
Te recomiendo que le eches un vistazo a los artículo 11 y 12 del Real Decreto 944/2001, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para la determinación de la aptitud psicofísica del personal de las Fuerzas Armadas, donde se explica toda la fase de instrucción y resolución del expediente.
viewtopic.php?f=2&t=21566#p153325
Las actas de las JMPO no son vinculantes para la resolución del expediente, aunque por lo general ya te dicen por donde va encaminado el resultado del mismo.
Un saludo
Te recomiendo que le eches un vistazo a los artículo 11 y 12 del Real Decreto 944/2001, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para la determinación de la aptitud psicofísica del personal de las Fuerzas Armadas, donde se explica toda la fase de instrucción y resolución del expediente.
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Las actas de las JMPO no son vinculantes para la resolución del expediente, aunque por lo general ya te dicen por donde va encaminado el resultado del mismo.
Un saludo
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Re: Que pasa después del acta jmpo
sargentodehierro escribió:Hola compañero,
Te recomiendo que le eches un vistazo a los artículo 11 y 12 del Real Decreto 944/2001, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para la determinación de la aptitud psicofísica del personal de las Fuerzas Armadas, donde se explica toda la fase de instrucción y resolución del expediente.
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Las actas de las JMPO no son vinculantes para la resolución del expediente, aunque por lo general ya te dicen por donde va encaminado el resultado del mismo.
Un saludo
Entonces lo que pone en el acta puede cambiar??
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- Coronel
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Re: Que pasa después del acta jmpo
Lo que ponga en el Acta es lo que se va ha llevar a cabo bien útil con limitaciones o retiro. Ya que después hay una junta que se llama SEPEC y es el que dirá útil con limitaciones o retiro, hay que esperar haber que decide la junta de evaluación y clasificación.Saludos
Re: Que pasa después del acta jmpo
Buenos días compañeros,
Me ha llegado el acta de la jmp en la cual me dice que padezco un Trastorno depresivo con tendencia a recidivar, que es predisposicional, que si está estabilizada, que si es irreversible o de remota o incierta reversibilidad, que padezco una insuficiencia de condiciones psicofísicas que me impide continuar ejercer totalmente las funciones propias de cuerpo, escala,etc. y que la patología es incompatible con el régimen de disciplina y jerarquía de las fas.
El diagnostico es: Trastorno ansioso depresivo, P, 267, A, 5. Coeficiente final 5b, 25%.
¿es un posible retiro?
Un saludo.
Me ha llegado el acta de la jmp en la cual me dice que padezco un Trastorno depresivo con tendencia a recidivar, que es predisposicional, que si está estabilizada, que si es irreversible o de remota o incierta reversibilidad, que padezco una insuficiencia de condiciones psicofísicas que me impide continuar ejercer totalmente las funciones propias de cuerpo, escala,etc. y que la patología es incompatible con el régimen de disciplina y jerarquía de las fas.
El diagnostico es: Trastorno ansioso depresivo, P, 267, A, 5. Coeficiente final 5b, 25%.
¿es un posible retiro?
Un saludo.
Re: Que pasa después del acta jmpo
Buenas Loboj,
La respuesta la sabes de sobra. Copio y pego de tu post "padezco una insuficiencia de condiciones psicofísicas que me impide continuar ejercer totalmente las funciones propias de cuerpo, escala,etc. y que la patología es incompatible con el régimen de disciplina y jerarquía de las fas.".
Además, estoy seguro de que has leído también el apartado donde dice: "2.10 ¿Padece una insuficiencia de condiciones psicofísicas que le impide continuar ejerciendo totalmente las funciones propias de su cuerpo, escala, plaza o carrera?" Me apuesto lo que quieras a que está marcado el "SÍ".
¿Tú crees que después de eso alguien piensa que estás en condiciones de seguir en las FAS?.
Vete pensando si quieres o no recurrir la propuesta de la JEVAL, que será en el mismo sentido.
Edito: No se como habrá quedado tu proceso penal, que dijiste que era anterior a la apertura del Expediente. Hasta que no se resuelva el procedimiento penal no se resolverá el de insuficiencia.(y si se resuelve con la separación del servicio, todo lo que hagan con el Expediente de Insuficiencia no sirve de nada).
Saludos.
La respuesta la sabes de sobra. Copio y pego de tu post "padezco una insuficiencia de condiciones psicofísicas que me impide continuar ejercer totalmente las funciones propias de cuerpo, escala,etc. y que la patología es incompatible con el régimen de disciplina y jerarquía de las fas.".
Además, estoy seguro de que has leído también el apartado donde dice: "2.10 ¿Padece una insuficiencia de condiciones psicofísicas que le impide continuar ejerciendo totalmente las funciones propias de su cuerpo, escala, plaza o carrera?" Me apuesto lo que quieras a que está marcado el "SÍ".
¿Tú crees que después de eso alguien piensa que estás en condiciones de seguir en las FAS?.
Vete pensando si quieres o no recurrir la propuesta de la JEVAL, que será en el mismo sentido.
Edito: No se como habrá quedado tu proceso penal, que dijiste que era anterior a la apertura del Expediente. Hasta que no se resuelva el procedimiento penal no se resolverá el de insuficiencia.(y si se resuelve con la separación del servicio, todo lo que hagan con el Expediente de Insuficiencia no sirve de nada).
Saludos.
Re: Que pasa después del acta jmpo
Hola Arquímides,
2.10 pone que SI
Del tema judicial en este mes me dirán algo.
Si fuera separación del servicio, ¿cuales son las consecuencias?
Un saludo
2.10 pone que SI
Del tema judicial en este mes me dirán algo.
Si fuera separación del servicio, ¿cuales son las consecuencias?
Un saludo
Re: Que pasa después del acta jmpo
Estarías en la calle. Desconozco si con paro o sin él. A ver si alguien sabe en qué condiciones.
- dmf
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Re: Que pasa después del acta jmpo
Hola, la separación del servicio supone para el sancionado la pérdida de la condición militar y la baja en las Fuerzas Armadas, sin poder volver a ingresar en ellas voluntariamente y perdiendo los derechos militares adquiridos, excepto el empleo y los derechos que tuviera reconocidos en el régimen de Seguridad Social que corresponda.
Un saludo.
Un saludo.
Re: Que pasa después del acta jmpo
Estoy en calidad de investigado en un proceso penal, ya declararon todos los implicados, y aún no se ha pronunciado fiscalia ni juez.
O queda todo archivado o se ira a juicio, pienso yo.
En Armada no hay nada escrito que diga que primero se tiene que resolver tema penal anterior a un expediente psicofísico.
Alguien sabe del tema.
O queda todo archivado o se ira a juicio, pienso yo.
En Armada no hay nada escrito que diga que primero se tiene que resolver tema penal anterior a un expediente psicofísico.
Alguien sabe del tema.
- trasgu123
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- Comentario: Por "inutilidad manifiesta" que decia mi Capitan en Talarn, D. Raimundo Castellanos Lopez.
En la gloria este, sea donde sea. - Ubicación: En la isla Santa Clara, Bahia de La Concha.
Re: Que pasa después del acta jmpo
En Tierra hay una IT que lo regula y la cosa es asi:
"" Si el interesado tuviera abierto algún expediente disciplinario o procedimiento judicial PREVIOS a la incoación del expediente de insuficiencia de condiciones psicofísicas, el propio instructor solicitara testimonio de la resolución de los mismos para su unión al expediente. En caso de que no hubieran finalizado tales procedimientos, antes de emitir sus conclusiones y remitir el expediente en consulta, solicitará a GEMAPER la interrupción del proceso "".
Supongo que en la Armada y el Aire habra algo similar.
"" Si el interesado tuviera abierto algún expediente disciplinario o procedimiento judicial PREVIOS a la incoación del expediente de insuficiencia de condiciones psicofísicas, el propio instructor solicitara testimonio de la resolución de los mismos para su unión al expediente. En caso de que no hubieran finalizado tales procedimientos, antes de emitir sus conclusiones y remitir el expediente en consulta, solicitará a GEMAPER la interrupción del proceso "".
Supongo que en la Armada y el Aire habra algo similar.
Re: Que pasa después del acta jmpo
En Armada no hay nada similar.
Re: Que pasa después del acta jmpo
Loboj,Tierra no se lo saca de la manga. Es común a todos los militares y Guardias Civiles.
Mira esta sentencia que te va a dejar despejadas todas tus dudas. Primero se resuelve el Expediente que pueda implicar separación del servicio y posteriormente el de Insuficiencia. Si te separan del servicio se archivaría el de Insuficiencia.http://www.asesoriayempresas.es/jurispr ... istencia-d
Saludos.
Mira esta sentencia que te va a dejar despejadas todas tus dudas. Primero se resuelve el Expediente que pueda implicar separación del servicio y posteriormente el de Insuficiencia. Si te separan del servicio se archivaría el de Insuficiencia.http://www.asesoriayempresas.es/jurispr ... istencia-d
Saludos.
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- Soldado
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Re: Que pasa después del acta jmpo
Hola loboj, te cuento mi caso, yo estuve imputado y se me paralizó todo el tema hasta que hubiera una sentencia firme. Una vez la hubo yo la presente para que se reactivará todo, a los tres o cuatro meses me contestaron diciendo que había pasado mucho tiempo desde que pase la JMP y que tendría que volver a pasarla.
La primera la pase en 2009 y la segunda en 2016 hace un mes me notificaron él acta que era prácticamente igual al primero y ayer me comunicaron el trámite de audiencia y que se reanudaban los plazos.
Espero haberte ayudado.
Saludos
La primera la pase en 2009 y la segunda en 2016 hace un mes me notificaron él acta que era prácticamente igual al primero y ayer me comunicaron el trámite de audiencia y que se reanudaban los plazos.
Espero haberte ayudado.
Saludos