Duda posible pensión
Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, zuku, Arano
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Duda posible pensión
Hola y gracias a todos de antemano.
He pasado hace poco rmnp y creo que me van a retirar.
Mi pregunta es la siguiente:
-Ingreso en guardia civil en noviembre de 2001
- 6 años y 3 meses cotizados en seguridad social anterior al ingreso en gc
- año nacimiento 1972
- 4 hijos
¿Qué pensión me quedaría aproximadamente?
Vuelvo a reiterar las gracias por todos vuestros aportes y ayuda en estos momentos.
He pasado hace poco rmnp y creo que me van a retirar.
Mi pregunta es la siguiente:
-Ingreso en guardia civil en noviembre de 2001
- 6 años y 3 meses cotizados en seguridad social anterior al ingreso en gc
- año nacimiento 1972
- 4 hijos
¿Qué pensión me quedaría aproximadamente?
Vuelvo a reiterar las gracias por todos vuestros aportes y ayuda en estos momentos.
- trasgu123
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Re: Duda posible pensión
Si solo computas los años de GC y la cosa se alarga lo suficiente para que lleves 16 años y un dia de servicio, te quedarian 1.485€ en 14 pagas, menos el IRPF que te corresponda.
Si quieres computar esos años cotizados en la Seguridad Social deberas hacerlo constar en el formulario de solicitud de la pension, apartado 3.1, y la pension sera mayor pero no podras trabajar.
Si quieres computar esos años cotizados en la Seguridad Social deberas hacerlo constar en el formulario de solicitud de la pension, apartado 3.1, y la pension sera mayor pero no podras trabajar.
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- Sargento
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Re: Duda posible pensión
Gracias trasgu, pero sabes cuánto aumentaría añadiendo los 6 años de Seguridad Social??
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- General de Brigada
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Re: Duda posible pensión
Pues con esos 6 años y 3 meses cotizados en la S. Social, la pensión aumentaría en un 10 % de la Base de Cotización por la que se hayan cotizado a la S. Social.
Hay que estudiar muy bien si nos interesa sumar esos años o no; ya que si lo hacemos nunca podremos volver a trabajar. Si no los sumamos, siempre van a estar ahí y con sumarle 9 años mas de cotización, ya sea como autónomo o por cuenta ajena, ya tendriamos derecho a una segunda pensión por parte de la S. Social, que sería el equivalente al 50 % de una pensión ordinaria, y perfectamente compatible con la de Clases Pasivas.
Hay que estudiar muy bien si nos interesa sumar esos años o no; ya que si lo hacemos nunca podremos volver a trabajar. Si no los sumamos, siempre van a estar ahí y con sumarle 9 años mas de cotización, ya sea como autónomo o por cuenta ajena, ya tendriamos derecho a una segunda pensión por parte de la S. Social, que sería el equivalente al 50 % de una pensión ordinaria, y perfectamente compatible con la de Clases Pasivas.
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- Sargento
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Re: Duda posible pensión
Gracias Francisco.
Pero tengo entendido que si trabajas dejas de cobrar hasta el 75% de la pensión de Clases Pasivas.
Un saludo
Pero tengo entendido que si trabajas dejas de cobrar hasta el 75% de la pensión de Clases Pasivas.
Un saludo
- sargentodehierro
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Re: Duda posible pensión
En tu caso percibirías el 55% de la pensión íntegra reconocida, en tu caso unos 960€.
Un saludo
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- Sargento
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Re: Duda posible pensión
Buenos días sargento de hierro.
Entiendo que cobraría 960 € y podría trabajar??
Gracias y un saludo
Entiendo que cobraría 960 € y podría trabajar??
Gracias y un saludo
- sargentodehierro
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Re: Duda posible pensión
Así es, pero recuerda que a la hora de rellenar la solicitud de pensión no has de marcar la casilla para que te computen los tiempos cotizados en la SS, ya que sino no podrás trabajar en nada.
Un saludo
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- trasgu123
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Re: Duda posible pensión
Y que aunque SOLO trabajes un dia al mes te haran el descuento integro. Hay que hacer cuentas y ver si compensa.
Re: Duda posible pensión
El articulo 33 de la Ley de Clases pasivas indica lo siguiente:
"Asimismo, el percibo de las pensiones de jubilación o retiro será incompatible con el ejercicio de una actividad, por cuenta propia o ajena, que de lugar a la inclusión de su titular en cualquier régimen público de Seguridad Social."
Salvo ciertas condiciones a tener muy en cuenta.
"Asimismo, el percibo de las pensiones de jubilación o retiro será incompatible con el ejercicio de una actividad, por cuenta propia o ajena, que de lugar a la inclusión de su titular en cualquier régimen público de Seguridad Social."
Salvo ciertas condiciones a tener muy en cuenta.
- sargentodehierro
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Re: Duda posible pensión
¿Y qué quieres decir con esto?Sousa13 escribió:El articulo 33 de la Ley de Clases pasivas indica lo siguiente:
"Asimismo, el percibo de las pensiones de jubilación o retiro será incompatible con el ejercicio de una actividad, por cuenta propia o ajena, que de lugar a la inclusión de su titular en cualquier régimen público de Seguridad Social."
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