ACCIDENTE FUERA DE SERVICIO. ALGUIEN ME PUEDE ORIENTAR UN POCO?

Dudas sobre retiros por incapacidad.

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Jorker
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ACCIDENTE FUERA DE SERVICIO. ALGUIEN ME PUEDE ORIENTAR UN POCO?

Mensaje por Jorker »

Hola, acabo de registrarme en el foro. Ante todo un saludo a los foreros !
Tengo una consulta y aunque he visto algún hilo abierto referente al mismo tema, es ya algo antiguo y tampoco me ha resultado demasiado esclarecedor. Mi tema es el siguiente:
Soy miembro de la Escala Básica del CNP desde septiembre de 1999 que ingresé en el Cuerpo. Es decir, acabo de cumplir 17 años de servicio. Hace aproximadamente un mes sufrí un accidente con mi moto particular, fuera de servicio con el resultado de fractura conminuta de tibia, peroné y pilón tibial, con lo cual la articulación así como los cartilagos y ligamentos han quedado dañados. Me operan en un par de días pero el traumatólogo ya me ha preparado de que, al ser una fractura muy grave, es posible que queden secuelas como una leve cojera. Mi pregunta es: ¿ qué posibilidades se me presentan cuando me vea el Tribunal médico? ¿Segunda actividad, incapacidad temporal, pemanente...? Y sobre todo, qué cantidad me queda de sueldo en cada caso, si se diera.
Por si sirve de algo, tengo 40 años, estoy casado y tengo 2 hijos menores de edad.
Estoy algo preocupado y cualquier ayuda sería de agradecer.
Un saludo!
krokus
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Re: ACCIDENTE FUERA DE SERVICIO. ALGUIEN ME PUEDE ORIENTAR UN POCO?

Mensaje por krokus »

Hola compi. Lo primero es ver los resultados de la operación y ver su evolución. Quizás no tengas que ir al tribunal médico por que todo (ojalá ) salga bien. Así que lo mejor es esperar la intervención y ver poco a poco como va la cosa. Por decirte algo rápido ...si te jubilan al llevar 17 años se quedaría cercano a los 1500 euros. Y si tienes algún año cotizado en la Seg. Soc pues te sumaría hasta el 100% si sumas los 20 años en total de cotización.
Pero lo dicho. ...espera y no pienses demasiado (créeme que es lo mejor que puedes hacer). Un saludo y ánimo en esa operación.
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dmf
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Re: ACCIDENTE FUERA DE SERVICIO. ALGUIEN ME PUEDE ORIENTAR UN POCO?

Mensaje por dmf »

Hola, lo primero es recuperar ese pie, aquí son especialistas en operaciones de ese tipo (privado) http://iicop.com/ , http://www.doctorfernandonoriega.com/fr ... on-tibial/ , pero una consulta para segunda opinión, creo, no vendría mal.

Aquí puedes calcular tu pensión (aproximada): http://www.igae.pap.minhafp.gob.es/simu ... lc3gxrvt_4 , esto me sale con tus datos aproximados: +-1.746,86 €/brutos mensuales (por catorce mensualidades).
"INFORMACIÓN SOBRE EL IMPORTE DE SU FUTURA PENSIÓN DE JUBILACIÓN
Vida Laboral
Datos con los que se ha efectuado el cálculo de la pensión solicitada:
Fecha de nacimiento: 16/06/1977, Fecha de jubilación: 15/05/2018 (estimada)
Jubilación solicitada: Por Incapacidad
Situación en el momento de la jubilación: En servicio activo
Esta información sobre la cuantía de su futura pensión refleja el importe estimado de la misma en función de los datos aportados por Ud., tiene un carácter meramente informativo y no vinculante para este Centro Directivo, sin que en ningún caso suponga el reconocimiento de derechos pasivos, dado que el reconocimiento del derecho a pensión no puede efectuarse hasta que sea declarado jubilado/a y se compruebe que acredita los requisitos para el mismo.
CUERPO GENERAL GRUPO C1, 15/09/1999 Fecha Ingreso; 15/05/2018 Fecha Cese; en Servicio activo.
Tiempo total de servicios: 18 años 8 meses y 1 día.
Considerando los servicios prestados al Estado y, si los hubiera, los periodos cotizados a la Seguridad Social que Ud. ha declarado, la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas le informa que, de acuerdo con la normativa vigente y los haberes reguladores fijados en la vigente Ley de Presupuestos Generales del Estado, el importe íntegro de su pensión sería de 1.746,86 euros mensuales (catorce mensualidades), al que se aplicarán las retenciones a cuenta del IRPF que en su caso correspondan..."
Tu puedes ajustar los tiempos para el cálculo.
En caso de hacer el cómputo reciproco (es decir sumar la cotización de la SS), ya NO podrías trabajar nunca más, ojo.
Pero creo que el cálculo no está muy ajustado ya que te afectaría el "pensionazo" a mi me sale 1659,52€ de pensión.

Aquí puedes calcular tus retenciones de IRPF, en base a tu pensión bruta anual y resto de condicionantes: https://www2.agenciatributaria.gob.es/w ... /index.zul
Teniendo en cuenta que al pasar a jubilado por incapacidad para el servicio tendrías de oficio un 33% de discapacidad.
Pero que si pasas reconocimiento por los Servicios Sociales ( http://sid.usal.es/faq.aspx?id=230 ) aportando copia de todos los informes médicos puede que te den más o menos, pero el 33% siempre lo tendrías.

Y aquí puedes ver las prestaciones de MUFACE: http://www.muface.es/prestaciones

También es posible la Segunda Actividad, eso depende del tribunal y de los informes médicos.
Un saludo.
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trasgu123
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Re: ACCIDENTE FUERA DE SERVICIO. ALGUIEN ME PUEDE ORIENTAR UN POCO?

Mensaje por trasgu123 »

Llevas un mes aproximadamente, yo no pondria el carro delante del buey.
Jorker
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Re: ACCIDENTE FUERA DE SERVICIO. ALGUIEN ME PUEDE ORIENTAR UN POCO?

Mensaje por Jorker »

Hola, muchas gracias a todos por responder tan rápido. Lo primero que quiero decir es que, por supuesto, mi principal prioridad es recuperarme y seguir trabajando. No creo que haya mucha gente que quiera quedarse coja de por vida a cambio de jubilarse. El hecho de hacer esta consulta es porque el traumatólogo no me dió noticias muy halagüeñas, y aunque eso en parte es normal: primero porque la lesión es grave y ha de advertirme de posibles secuelas, y segundo porque ellos siempre te van a poner en la peor situación para cubrirse las espaldas de alguna manera, lo cierto es que se me encendió la luz de alarma en cuanto a una posible incapacidad permanente y en qué medida podría afectar al sustento de mi familia.
En definitiva quiero daros las gracias por prestarme vuestro tiempo para orientarme al respecto, especiamente a dmf por las molestias que se ha tomado en hacer la simulación de mi caso y todo lo demás.Muchas gracias...lo leeré detenidamente.
Dicho esto, a partir de mañana que me operan, voy a poner todo mi empeño en recuperarme, pero ya desde la tranquilidad de que si todo saliera mal, al menos no iba a quedarme con una mano delante y otra atrás.
Sólo una cuestión más: según dices dmf, me quedarían aproximadamente unos 1600 euros sin contar el "pensionazo". He leído algo en el foro sobre ello, pero podrías explicarme cuándo y cómo se aplica el "pensionazo" y en qué manera me afectaría?

Muchas gracias otra vez..
bugatti
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Re: ACCIDENTE FUERA DE SERVICIO. ALGUIEN ME PUEDE ORIENTAR UN POCO?

Mensaje por bugatti »

Jorker escribió:He leído algo en el foro sobre ello, pero podrías explicarme cuándo y cómo se aplica el "pensionazo" y en qué manera me afectaría?
Se aplica si te jubilan por incapacidad permanente para el servicio derivada de un accidente o enfermedad común, y a la vez llevas menos de 20 años de servicio, entonces te restarán un 5% de tu haber regulador por año que te falte desde los 15 hasta los 20 años. Es decir, de 1 a 15 años te pagarían el 75%, y le sumas un 5% por año hasta los 20, si bien, solo restan por años completos, lo que 19 años y un día equivalen a 20. En tu caso si entraste en septiembre del 99, se te computan 18 años y pico, por tanto, tan solo te restarán un 5% del haber regulador del grupo C-1 (si te jubilas antes de septiembre 2017 te quedaría un 95%, después el 100%).

Haber regulador C-1 2017 = 1746,86

En tu caso:
--Jubilación: (antes septiembre 2017) 1746,86X95%=1659,51 brutos menos irpf. (sobre 1550 netos, aprox., por aplicarle el 33% discapacidad).
--Segunda actividad: 100% del sueldo base y trienios y el 80% de los complementos (sobre 1300 netos, aprox.).

Pero como te han dicho los compañeros anteriores, si hace un mes que tuviste el accidente, hasta que no pasen 8 ó 10 meses o más, y dependiendo de la evolución de tus lesiones, no te abrirán ningún expediente de cambio de situación administrativa.

Saludos
Jorker
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Re: ACCIDENTE FUERA DE SERVICIO. ALGUIEN ME PUEDE ORIENTAR UN POCO?

Mensaje por Jorker »

bugatti escribió:
Jorker escribió:He leído algo en el foro sobre ello, pero podrías explicarme cuándo y cómo se aplica el "pensionazo" y en qué manera me afectaría?
Se aplica si te jubilan por incapacidad permanente para el servicio derivada de un accidente o enfermedad común, y a la vez llevas menos de 20 años de servicio, entonces te restarán un 5% de tu haber regulador por año que te falte desde los 15 hasta los 20 años. Es decir, de 1 a 15 años te pagarían el 75%, y le sumas un 5% por año hasta los 20, si bien, solo restan por años completos, lo que 19 años y un día equivalen a 20. En tu caso si entraste en septiembre del 99, se te computan 18 años y pico, por tanto, tan solo te restarán un 5% del haber regulador del grupo C-1 (si te jubilas antes de septiembre 2017 te quedaría un 95%, después el 100%).

Haber regulador C-1 2017 = 1746,86

En tu caso:
--Jubilación: (antes septiembre 2017) 1746,86X95%=1659,51 brutos menos irpf. (sobre 1550 netos, aprox., por aplicarle el 33% discapacidad).
--Segunda actividad: 100% del sueldo base y trienios y el 80% de los complementos (sobre 1300 netos, aprox.).

Pero como te han dicho los compañeros anteriores, si hace un mes que tuviste el accidente, hasta que no pasen 8 ó 10 meses o más, y dependiendo de la evolución de tus lesiones, no te abrirán ningún expediente de cambio de situación administrativa.

Saludos
Muchas gracias bugatti,
entonces según entiendo, me quedaría menos en segunda actividad, con la diferencia de que seguiría sumando trienios hasta el momento de la jubilación y que me pueden llamar en cualquier momento para revisar mi lesión e incorporarme al servicio activo si hubiera mejoría?
Y sin ánimo de hacerme pesado, una última pregunta:
Según he leído por aquí, cuando el grado de minusvalía supera un determinado porcentaje, es cierto que te retienen menos IRPF?
Lo digo porque llevo varios años con un queratocono de grado 4 (el más alto) en el ojo izquierdo que me ha dejado un 30% de visión pero nunca me he dado de baja por ese motivo. Durante algunos años he llevado una lentilla especial y me he ido acostumbrando aunque por la noche me cuesta patrullar debido a los reflejos. Llegado el caso, ¿podría aportar la documentación de esta lesión para que me reconozcan mayor grado de minusvalía?
Espero no tener que llegar a estos extremos pero me gustaría tenerlo todo más o menos claro por si se da el caso.

Gracias nuevamente! :wink: -good
bugatti
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Re: ACCIDENTE FUERA DE SERVICIO. ALGUIEN ME PUEDE ORIENTAR UN POCO?

Mensaje por bugatti »

Para la jubilación por edad no se tienen en cuenta los trienios como tal, se computar los años cotizados, siendo 35 el 100%.

Si pasas a segunda actividad con lesiones crónicas, difícilmente te llaman para revisar, aunque no lo aseguro al 100%.

Te retienen menos según el grado de minusvalia? No es así exactamente, y no es minusvalia, es discapacidad. A nosotros cuando nos jubilan por incapacidad permanente, añaden si es solo para nuestra profesión (aquí hay retenciones de IRPF) o para todas las profesiones (aquí no hay retenciones de IRPF). No confundir con la total y absoluta de la seguridad social.

Esa lesión de la vista la puedes presentar y añadirla tanto para el expediente de cambio de situación administrativa, si te lo abren en unos meses, como cuando solicites a tu comunidad autónoma la revisión para que determine tu grado de discapacidad, eso suma, claro.

Ahora, ten en cuenta, que si te jubilan y luego si quieres trabajar en otra cosa (privada, nunca publica sin perder la pensión), si llevas menos de 20 años de servicio, te restarán de tu pensión un 45%, o un 25% si llevas más de 20 años. Sin embargo, en segunda actividad puedes trabajar en todo lo privado y no te quitan nada del sueldo.

Saludos
Jorker
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Re: ACCIDENTE FUERA DE SERVICIO. ALGUIEN ME PUEDE ORIENTAR UN POCO?

Mensaje por Jorker »

bugatti escribió:Para la jubilación por edad no se tienen en cuenta los trienios como tal, se computar los años cotizados, siendo 35 el 100%.

Si pasas a segunda actividad con lesiones crónicas, difícilmente te llaman para revisar, aunque no lo aseguro al 100%.

Te retienen menos según el grado de minusvalia? No es así exactamente, y no es minusvalia, es discapacidad. A nosotros cuando nos jubilan por incapacidad permanente, añaden si es solo para nuestra profesión (aquí hay retenciones de IRPF) o para todas las profesiones (aquí no hay retenciones de IRPF). No confundir con la total y absoluta de la seguridad social.

Esa lesión de la vista la puedes presentar y añadirla tanto para el expediente de cambio de situación administrativa, si te lo abren en unos meses, como cuando solicites a tu comunidad autónoma la revisión para que determine tu grado de discapacidad, eso suma, claro.

Ahora, ten en cuenta, que si te jubilan y luego si quieres trabajar en otra cosa (privada, nunca publica sin perder la pensión), si llevas menos de 20 años de servicio, te restarán de tu pensión un 45%, o un 25% si llevas más de 20 años. Sin embargo, en segunda actividad puedes trabajar en todo lo privado y no te quitan nada del sueldo.

Saludos
Entendido. Ahora ya lo tengo más claro. Me habéis servido de mucha ayuda. Ya iré comentando cómo ha salido todo y la evolución. Un saludo, compañeros y muchas gracias!
Jorker
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Re: ACCIDENTE FUERA DE SERVICIO. ALGUIEN ME PUEDE ORIENTAR UN POCO?

Mensaje por Jorker »

Hola, quisiera retomar mi tema, pues ya han pasado 5 meses desde mi accidente y sigo de baja, acudiendo cada día a rehabilitación pero me ha quedado una leve cojera y aunque puedo hacer vida casi normal , también hay dias que me duele bastante. De hecho el médico que me operó me ha dicho que mi lesión suele acabar en una artrodesis en la mayoría de los casos, que es una operación para bloquearme el tobillo permanentemente, con la consiguiente cojera permanente, aunque con la ventaja de que se remite el dolor.

Voy a resumir un poco:
- A los tres meses me llamaron de los servicios médicos del CNP para revisar mi caso y como era de esperar, el médico me dijo que mi lesión es grave y que suele tener un tiempo de recuperación de 1 año por norma general. Así que me dijo que me volverían a citar a los 11 meses del accidente (febrero 2018), y según haya evolucionado la lesión, valorarán si estoy para incorporarme, o en caso contrario me mandarían al Tribunal Médico en Madrid.

La cuestión es que no sé exactamente que situación se me puede dar en el Tribunal, si se da el caso de que llegue. Es decir, que opciones me dan?
Tengo entendido que te califican como APTO o NO APTO para el servicio..
- SI ES APTO: Me podrían ofrecer trabajar en algún puesto burocrático dentro de mi plantilla o es apto para cualquier puesto (yo estoy en zetas)
-SI ES NO APTO: ¿La segunda actividad o la jubilación por incapacidad? Qué diferencia habría entre una y otra, sobre todo en cuanto a la nómina?

No sé si esto es exactamente así, por eso me gustaría que me ayudarais a resolver mi duda.

La verdad es que me he ido recuperando muy rápido, sobre todo con la fisio, pero llevo un par de meses que ya no veo mejoría como para incorporarme a trabajar. La cuestión es que va pasando el tiempo y veo más cerca el Tribunal, así que quisiera saber qué panorama se me presenta...

Muchas gracias de antemano!!

PD.- Ingresé en el CNP el 8/9/1999
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Re: ACCIDENTE FUERA DE SERVICIO. ALGUIEN ME PUEDE ORIENTAR UN POCO?

Mensaje por Jorker »

bugatti escribió:
Jorker escribió: (si te jubilas antes de septiembre 2017 te quedaría un 95%, después el 100%).
Hola #bugatti , releyendo los mensajes he visto esto que me comentaste y no sé si ha sido un error de cálculo o es que yo he entendido mal.
Vamos a ver, yo entré en septiembre de 1999 a la academia, por lo tanto según mis cuentas yo cumplía 19 años y 1 día en septiembre de 2018 porque contabilizaba el primer año de servicio en septiembre de 2000. Pero me dices que después de septiembre de 2017 me queda el 100% ¿Se entiende que el año 1999 se computa como año completo?
Es que si esto es así, ya he cumplido los 20 años de servicio. ¿Podríais aclararme este punto por favor?
Muchas gracias
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Re: ACCIDENTE FUERA DE SERVICIO. ALGUIEN ME PUEDE ORIENTAR UN POCO?

Mensaje por sargentodehierro »

El tiempo que permaneciste en la academia también te computa. si por ejemplo accediste a la academia el 1 de septiembre de 1999, computarás 19 años y un día el 2 de septiembre de 2018, y por lo tanto no te quedaría el 100% de la pensión reconocida.

Un saludo
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Re: ACCIDENTE FUERA DE SERVICIO. ALGUIEN ME PUEDE ORIENTAR UN POCO?

Mensaje por Jorker »

sargentodehierro escribió:El tiempo que permaneciste en la academia también te computa. si por ejemplo accediste a la academia el 1 de septiembre de 1999, computarás 19 años y un día el 2 de septiembre de 2018, y por lo tanto no te quedaría el 100% de la pensión reconocida.

Un saludo
Ok, entonces es como yo lo entendía, es decir que los 19 años y un día los cumplo en septiembre de 2018, no de 2017.
Lo digo porque bugatti había puesto que a partir de septiembre de 2017 no me afectaba el pensionazo y cobraría el 100% y no me salían las cuentas.De ahí mi confusión.
Gracias !
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