INSTRUCTOR EXPEDIENTE PÉRDIDA APTITUDES PSICOFÍSICAS
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Re: INSTRUCTOR EXPEDIENTE PÉRDIDA APTITUDES PSICOFÍSICAS
Buenas tardes compañeros, deciros que me deniegan la recusación planteada. El instructor de forma reiterada y sin motivación alguna, ha denegado la incorporación al expediente de documentales consistentes en actuaciones judiciales y expedientes disciplinarios bajo pretexto de que las malas relaciones con un superior no permiten entender que las posibles secuelas que se hayan originado lo sean causadas en acto de servicio. Hace referencia a varias sentencias de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional (no se si este Sr. sabrá que no generan jurisprudencia). Por supuesto, este acuerdo no permite alegación alguna. ¿Alguna sugerencia? ¿Iniciar un procedimiento penal? Gracias.
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Re: INSTRUCTOR EXPEDIENTE PÉRDIDA APTITUDES PSICOFÍSICAS
Buenas tardes compañeros, tengo una duda en cuanto a la efectividad de la fecha de pase a retiro, ¿se tiene en cuenta la fecha de la Resolución del Subsectrario de Defensa o la de publicación en el BOD/BOC? Esta duda se me plantea para la reclamación de cotizaciones previas y solicitud de cómputo recíproco. Muchas gracias.
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Re: INSTRUCTOR EXPEDIENTE PÉRDIDA APTITUDES PSICOFÍSICAS
La resolución publicada en el BOD fijará la fecha efectiva del pase a retiro.KAMIKAZE escribió:Buenas tardes compañeros, tengo una duda en cuanto a la efectividad de la fecha de pase a retiro, ¿se tiene en cuenta la fecha de la Resolución del Subsectrario de Defensa o la de publicación en el BOD/BOC? Esta duda se me plantea para la reclamación de cotizaciones previas y solicitud de cómputo recíproco. Muchas gracias.
Un saludo
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Re: INSTRUCTOR EXPEDIENTE PÉRDIDA APTITUDES PSICOFÍSICAS
Por ello debemos esperar a la publicación en el BOD, una vez presentada la documentación solicitando la pensión. "Justicamente- término utilizado en Navarra-" por que no sabemos la fecha de retiro.
Saludos.
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Re: INSTRUCTOR EXPEDIENTE PÉRDIDA APTITUDES PSICOFÍSICAS
Muchas gracias compañeros, según mis espectativas puede que llegue a lograr alcanzar los 20 años efectivos de servicio y consolidar el 100% del haber regulador con las cotizaciones previas al Régimen de la Seguridad Social.Arano escribió:Por ello debemos esperar a la publicación en el BOD, una vez presentada la documentación solicitando la pensión. "Justicamente- término utilizado en Navarra-" por que no sabemos la fecha de retiro.
Saludos.
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Re: INSTRUCTOR EXPEDIENTE PÉRDIDA APTITUDES PSICOFÍSICAS
Perdón, lo había pasado por alto.KAMIKAZE escribió:Buenas tardes compañeros, deciros que me deniegan la recusación planteada. El instructor de forma reiterada y sin motivación alguna, ha denegado la incorporación al expediente de documentales consistentes en actuaciones judiciales y expedientes disciplinarios bajo pretexto de que las malas relaciones con un superior no permiten entender que las posibles secuelas que se hayan originado lo sean causadas en acto de servicio. Hace referencia a varias sentencias de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional (no se si este Sr. sabrá que no generan jurisprudencia). Por supuesto, este acuerdo no permite alegación alguna. ¿Alguna sugerencia? ¿Iniciar un procedimiento penal? Gracias.
El Instructor puede no hacer caso a tus alegaciones, pero las tiene que fundamentar y al igual que el fundamenta mediante Sentencias, tu también puedes alegar en base a las que te pongo y algunas mas. OJO:- También en cuanto que debido al acoso quieres iniciar tras tu retiro acciones legales contra los acosadores. Fíjate en una de las que te pongo enlace:
https://mega.nz/#!FygWRCoD!zbXO1BUZV5gN ... n-X6wFkeSQ
https://mega.nz/#!AuxlTbwL!h45jLsJPwft6 ... SCXNytkb28
Saludos.
P.D. Me olvidaba decirte que en el Expediente deben figurar tus alegaciones, documentación aportada, así como la negativa del Instructor, el cual y caso de ir a contencioso se deberá entregar en su totalidad, de no hacerlo, que tu abogado de todas las formas presente estos documentos y negativa.
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Re: INSTRUCTOR EXPEDIENTE PÉRDIDA APTITUDES PSICOFÍSICAS
Arano escribió:Perdón, lo había pasado por alto.KAMIKAZE escribió:Buenas tardes compañeros, deciros que me deniegan la recusación planteada. El instructor de forma reiterada y sin motivación alguna, ha denegado la incorporación al expediente de documentales consistentes en actuaciones judiciales y expedientes disciplinarios bajo pretexto de que las malas relaciones con un superior no permiten entender que las posibles secuelas que se hayan originado lo sean causadas en acto de servicio. Hace referencia a varias sentencias de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional (no se si este Sr. sabrá que no generan jurisprudencia). Por supuesto, este acuerdo no permite alegación alguna. ¿Alguna sugerencia? ¿Iniciar un procedimiento penal? Gracias.
El Instructor puede no hacer caso a tus alegaciones, pero las tiene que fundamentar y al igual que el fundamenta mediante Sentencias, tu también puedes alegar en base a las que te pongo y algunas mas. OJO:- También en cuanto que debido al acoso quieres iniciar tras tu retiro acciones legales contra los acosadores. Fíjate en una de las que te pongo enlace:
https://mega.nz/#!FygWRCoD!zbXO1BUZV5gN ... n-X6wFkeSQ
https://mega.nz/#!AuxlTbwL!h45jLsJPwft6 ... SCXNytkb28
Saludos.
P.D. Me olvidaba decirte que en el Expediente deben figurar tus alegaciones, documentación aportada, así como la negativa del Instructor, el cual y caso de ir a contencioso se deberá entregar en su totalidad, de no hacerlo, que tu abogado de todas las formas presente estos documentos y negativa.
Muchas gracias Arano, la única motivación del instructor fue declarar que las documentales eran "manifiestamente improcedentes e innecesarias", expresión que la propia Ley de Procedimiento Administrativo emplea, pero sin dar motivación alguna. Este fue el motivo por el que solicité su recusación, la cual como es obvio, fue desestimada por su superior, un Comandante Jefe Acctal. del Departamento. Pero como ya estoy acostumbrado a estas "pequeñas prevaricaciones" me he encargado de redactar una denuncia que ya tuvo su correspondiente registro de entrada en el Juzgado de Instrucción correspondiente, es una lástima que los Guardias Civiles tengamos que reivindicar nuestros derechos pidiendo auxilio judicial. He remitido un oficio dando cuenta de los hechos al Servicio de Recursos Humanos, espero que de oficio presente la abstención, de lo contrario si la autoridad judicial incoa diligencias previas, se solicitará como medida cautelar.
Mi temor como bien mencionas, es que las documentales y los Acuerdos desestimatorios del instructor no consten en el Expediente, por eso prefiero judicializar el proceso para poder hacerlos constar en diligencias y hacer mención a ellas en el Expediente. Y por último, referidas a las sentencias a las que hace referencia, y como tu bien indicas, esas sentencias no generan jurisprudencia, y al igual que él hace mención a las mismas, yo podría hacer referencia a otras en sentido contrario, como muy bien documentas. Por lo demás, espero seguir avanzando el estado del procedimiento y tratar de aprender entre todos a luchar contra la Administración. Muchas gracias a todos y en particular a tí Arano por vuestro consejo.
- trasgu123
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Re: INSTRUCTOR EXPEDIENTE PÉRDIDA APTITUDES PSICOFÍSICAS
En ese mismo momento, en el de "manifiestamente improcedentes e innecesarias", debias de haber dado el parte correspondiente y a la vez presentar la recusacion. Veriamos si tenia ese Instructor webs de no aceptar la recusacion.
En todo caso tendras una nueva oportunidad en el tramite de alegaciones si es que no te lo han dado ya, para presentarlas por escrito adjuntando la documentacion que consideres oportuna y si se niega yo no dudaria un instante en dar parte, de hecho lo tendria preparado a falta de poner la fecha y firmarlo.
En todo caso tendras una nueva oportunidad en el tramite de alegaciones si es que no te lo han dado ya, para presentarlas por escrito adjuntando la documentacion que consideres oportuna y si se niega yo no dudaria un instante en dar parte, de hecho lo tendria preparado a falta de poner la fecha y firmarlo.
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Re: INSTRUCTOR EXPEDIENTE PÉRDIDA APTITUDES PSICOFÍSICAS
Presenté la recusación como mencionas, en el momento de recibir el acuerdo de desestimación a la aportación de documentales, y en lugar de dar parte disciplinario me presenté en el Juzgado de Guardia a presentar la correspondiente denuncia. Mi experiencia profesional me sugiere pensar que elevar parte de un oficial en la Guardia Civil es más bien una pérdida de tiempo, es mejor poner los hechos en conocimiento de la Autoridad Judicial y esperar que la Administración de Justicia haga su trabajo.trasgu123 escribió:En ese mismo momento, en el de "manifiestamente improcedentes e innecesarias", debias de haber dado el parte correspondiente y a la vez presentar la recusacion. Veriamos si tenia ese Instructor webs de no aceptar la recusacion.
En todo caso tendras una nueva oportunidad en el tramite de alegaciones si es que no te lo han dado ya, para presentarlas por escrito adjuntando la documentacion que consideres oportuna y si se niega yo no dudaria un instante en dar parte, de hecho lo tendria preparado a falta de poner la fecha y firmarlo.
En cuanto al trámite de alegaciones que mencionas, ya han sido presentadas en tiempo y forma, haciendo referencia a las reiteradas desestimaciones del Órgano Instructor a la incorporación documental. Ahora toca esperar el informe de la Asesoría Jurídica y la actuación del Juzgado. Si este último dicta Auto de Incoación de Diligencias Previas solicitatemos judicialmente la paralización del Procedimiento y la recusación del instructor y responsable del Departamento.
- Arano
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Re: INSTRUCTOR EXPEDIENTE PÉRDIDA APTITUDES PSICOFÍSICAS
Saludos amigo.KAMIKAZE escribió:Presenté la recusación como mencionas, en el momento de recibir el acuerdo de desestimación a la aportación de documentales, y en lugar de dar parte disciplinario me presenté en el Juzgado de Guardia a presentar la correspondiente denuncia. Mi experiencia profesional me sugiere pensar que elevar parte de un oficial en la Guardia Civil es más bien una pérdida de tiempo, es mejor poner los hechos en conocimiento de la Autoridad Judicial y esperar que la Administración de Justicia haga su trabajo.trasgu123 escribió:En ese mismo momento, en el de "manifiestamente improcedentes e innecesarias", debias de haber dado el parte correspondiente y a la vez presentar la recusacion. Veriamos si tenia ese Instructor webs de no aceptar la recusacion.
En todo caso tendras una nueva oportunidad en el tramite de alegaciones si es que no te lo han dado ya, para presentarlas por escrito adjuntando la documentacion que consideres oportuna y si se niega yo no dudaria un instante en dar parte, de hecho lo tendria preparado a falta de poner la fecha y firmarlo.
En cuanto al trámite de alegaciones que mencionas, ya han sido presentadas en tiempo y forma, haciendo referencia a las reiteradas desestimaciones del Órgano Instructor a la incorporación documental. Ahora toca esperar el informe de la Asesoría Jurídica y la actuación del Juzgado. Si este último dicta Auto de Incoación de Diligencias Previas solicitatemos judicialmente la paralización del Procedimiento y la recusación del instructor y responsable del Departamento.
Has actuado bien, sien embargo y como te decía cara a un posible Contencioso (mas que seguro) para tu retiro, guarda como "oro en paño" toda esa documentación que el Instructor te ha ido denegando, sigo sin entender la razón, pero en fin.....
Cierto que las sentencias no sientan jurisprudencia (al menos las indicadas), pero es que no hay o no conozco jurisprudencia consolidada en nuestros casos, ya que cada uno es diferente y se debe juzgar en función de la documentación, principalmente Acta, Informes Médicos, Peritajes, etc, etc., sin embargo si que la recusación se debería haber tenido en cuenta, no obstante tendremos que esperar a ver que dicta, si da tiempo a ello, la Sentencia del Juzgado. Digo "Si da tiempo a ello", por una razón sencilla: no hace muchos años me vi en la necesidad de denunciar penalmente a la Ministra de Defensa, por incumplimiento reiterado (algo mas de dos años) en acatar y llevar a efecto lo dictado en Sentencia Judicial. Pues bien, al conocimiento de la presentación de esta denuncia, en 15 días se ejecuto la sentencia.
Te dará una idea de como funciona todo.
Saludos y suerte.
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Re: INSTRUCTOR EXPEDIENTE PÉRDIDA APTITUDES PSICOFÍSICAS
Muchas gracias Arano, es muy frustrante litigar contra la Administración, y si el resultado es positivo, la demora no te permite saborear el exito de la misma manera. Sólo aquellos que hemos tenido que emprender acciones judiciales sabemos el precio personal y profesional que nos han reportado. Como dijo alguna vez aquel filósofo alemán "Ser independiente es cosa de una pequeña minoría, es el privilegio de los fuertes". Muchas gracias por vuestro apoyo. Un saludo.Arano escribió:Saludos amigo.KAMIKAZE escribió:Presenté la recusación como mencionas, en el momento de recibir el acuerdo de desestimación a la aportación de documentales, y en lugar de dar parte disciplinario me presenté en el Juzgado de Guardia a presentar la correspondiente denuncia. Mi experiencia profesional me sugiere pensar que elevar parte de un oficial en la Guardia Civil es más bien una pérdida de tiempo, es mejor poner los hechos en conocimiento de la Autoridad Judicial y esperar que la Administración de Justicia haga su trabajo.trasgu123 escribió:En ese mismo momento, en el de "manifiestamente improcedentes e innecesarias", debias de haber dado el parte correspondiente y a la vez presentar la recusacion. Veriamos si tenia ese Instructor webs de no aceptar la recusacion.
En todo caso tendras una nueva oportunidad en el tramite de alegaciones si es que no te lo han dado ya, para presentarlas por escrito adjuntando la documentacion que consideres oportuna y si se niega yo no dudaria un instante en dar parte, de hecho lo tendria preparado a falta de poner la fecha y firmarlo.
En cuanto al trámite de alegaciones que mencionas, ya han sido presentadas en tiempo y forma, haciendo referencia a las reiteradas desestimaciones del Órgano Instructor a la incorporación documental. Ahora toca esperar el informe de la Asesoría Jurídica y la actuación del Juzgado. Si este último dicta Auto de Incoación de Diligencias Previas solicitatemos judicialmente la paralización del Procedimiento y la recusación del instructor y responsable del Departamento.
Has actuado bien, sien embargo y como te decía cara a un posible Contencioso (mas que seguro) para tu retiro, guarda como "oro en paño" toda esa documentación que el Instructor te ha ido denegando, sigo sin entender la razón, pero en fin.....
Cierto que las sentencias no sientan jurisprudencia (al menos las indicadas), pero es que no hay o no conozco jurisprudencia consolidada en nuestros casos, ya que cada uno es diferente y se debe juzgar en función de la documentación, principalmente Acta, Informes Médicos, Peritajes, etc, etc., sin embargo si que la recusación se debería haber tenido en cuenta, no obstante tendremos que esperar a ver que dicta, si da tiempo a ello, la Sentencia del Juzgado. Digo "Si da tiempo a ello", por una razón sencilla: no hace muchos años me vi en la necesidad de denunciar penalmente a la Ministra de Defensa, por incumplimiento reiterado (algo mas de dos años) en acatar y llevar a efecto lo dictado en Sentencia Judicial. Pues bien, al conocimiento de la presentación de esta denuncia, en 15 días se ejecuto la sentencia.
Te dará una idea de como funciona todo.
Saludos y suerte.
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Re: INSTRUCTOR EXPEDIENTE PÉRDIDA APTITUDES PSICOFÍSICAS
Actualizo la situación de mi expediente. Después de haber llamado al Departamento de Situaciones del Ministerio de Defensa, me comunican que en un par de días remitirán el expediente a la Asesoría Jurídica para la evacuación de informe. ¿Alguien sabe cuánto tiempo puede tardar este trámite? He leído en el foro que aproximadamente suele tardar un mes. No obstante, voy a solicitar judicialmente la paralización del cómputo del plazo a la espera de la resolución del procedimiento pena por la presunta comisión de un delito de prevaricación supuestamente cometido por el instructor. Gracias.
Re: INSTRUCTOR EXPEDIENTE PÉRDIDA APTITUDES PSICOFÍSICAS
Hola compi.
En su día me molesté en dejar constancia de todas las fechas, por favor mira este enlace,
viewtopic.php?f=2&t=22137
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Re: INSTRUCTOR EXPEDIENTE PÉRDIDA APTITUDES PSICOFÍSICAS
Gracias Arquímedes, fue precisamente tu post el que estuve leyendo, pero se me presentaron dudas porque me pareció que tu caso discurría en el ámbito exclusivo de Defensa y el mio al ser Guardia Civil ya sabes que conlleva algún trámite más por la doble dependencia, es por esto por lo que planteaba la duda por si algún compañero de la benemérita me podía concretar. De todas formas muchísimas gracias por tu respuesta.Arquímedes escribió:Hola compi.
En su día me molesté en dejar constancia de todas las fechas, por favor mira este enlace,
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Re: INSTRUCTOR EXPEDIENTE PÉRDIDA APTITUDES PSICOFÍSICAS
Hola compañero, por si te sirve de referencia en mi caso entró el expediente en Defensa el 23 de mayo y el día 9 de junio salió de Asesoría Jurídica. El 12 entró para firma de Subsecretario y el día 30 de junio tras la firma salió de Defensa de vuelta para la DGGC.
Saludos
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