Valoración CCAA 37% discapacidad

Dudas sobre retiros por incapacidad.

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Chemita
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Valoración CCAA 37% discapacidad

Mensaje por Chemita »

Hola a todos.
La Junta de Andalucia me ha reconocido una discapacidad del 37%, llevo dos años de baja, solamente he pasado un RMNP en el Gómez Ulla en marzo de este año, me dijeron que en seis meses me volverían a citar, aún sigo esperando.
Quisiera saber si tengo que hacer constar al servicio médico de la GC o a el servicio de acción social la discapacidad reconocida por la CCAA y si este porcentaje de discapacidad lo tendrá en cuenta la JMP.
Un saludo a todos y muchas gracias por la ayuda que prestais.
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dmf
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Re: Valoración CCAA 37% discapacidad

Mensaje por dmf »

Hola, desde mi punto de vista, no es necesario que digas a nadie ese reconocimiento del grado de discapacidad, la JMPO no suelen tener en cuenta esas valoraciones.
Cuando hagas la declaración de la renta acuérdate de marcar la casilla del 33% y trabajador en activo, y recuerda que te cuenta desde el día que rellenaste la solicitud de reconocimiento del grado de discapacidad, si fue en el año 2016 pues tendrías que hacer una complementaria, presentando copia compulsada de la resolución del grado.
También puedes cumplimentar el M-145 de notificación de datos al pagador marcas la casilla del 33% y lo entregas en tu Unidad (quedándote copia) para que te baje el IRPF en la nómina.
Un saludo.
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trasgu123
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Re: Valoración CCAA 37% discapacidad

Mensaje por trasgu123 »

Que yo recuerde el Gomez Ulla no te cita ni a ti ni a nadie. Si en el informe de marzo pone que te revisan a los seis meses, es tu unidad la que tiene que pedir fecha.
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peluman
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Re: Valoración CCAA 37% discapacidad

Mensaje por peluman »

trasgu123 escribió:Que yo recuerde el Gomez Ulla no te cita ni a ti ni a nadie. Si en el informe de marzo pone que te revisan a los seis meses, es tu unidad la que tiene que pedir fecha.
Correcto, como menciona trasgu123, es tu Unidad quien con el resultado del RMNP anterior deben solicitar ellos en el plazo fijado un nuevo reconocimiento. Ya van tarde, bien porque no lo han hecho o bien por la carga de trabajo y el verano de por medio. Para quedarte más tranquilo ponte en contacto con el órgano de personal de tu Unidad y que te lo aclaren. También puedes llamar a Gómez Ulla y preguntar cuando tienes que ir, si te lo han solicitado, ellos podrán informarte.
En cuanto al 37 % reconocido por la CCAA, ya te ha dicho DMF lo que puedes hacer por el momento. De momento guarda ese cartucho por si tuvieras que utilizarlo más adelante en esta guerra.........por ejemplo una vez te entreguen la Resolución con la propuesta de la JEVAL, si no es conforme a tus intereses, podría ser un buen momento de presentarlo en tus alegaciones. La última palabra la tienen ellos, JMP, JEVAL, ASESORÍA JURÍDICA....pero creo que podría tener su peso específico. Es una opinión personal que muchos de los eruditos del foro podrán aclarar.
Gracias y un saludo a todos.
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Re: Valoración CCAA 37% discapacidad

Mensaje por Chemita »

dmf escribió:Hola, desde mi punto de vista, no es necesario que digas a nadie ese reconocimiento del grado de discapacidad, la JMPO no suelen tener en cuenta esas valoraciones.
Cuando hagas la declaración de la renta acuérdate de marcar la casilla del 33% y trabajador en activo, y recuerda que te cuenta desde el día que rellenaste la solicitud de reconocimiento del grado de discapacidad, si fue en el año 2016 pues tendrías que hacer una complementaria, presentando copia compulsada de la resolución del grado.
También puedes cumplimentar el M-145 de notificación de datos al pagador marcas la casilla del 33% y lo entregas en tu Unidad (quedándote copia) para que te baje el IRPF en la nómina.
Un saludo.
Muchas gracias por tu información.
El m145 podría presentarlo directamente a Hacienda porque no quiero que mi unidad sepan nada??
Chemita
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Re: Valoración CCAA 37% discapacidad

Mensaje por Chemita »

trasgu123 escribió:Que yo recuerde el Gomez Ulla no te cita ni a ti ni a nadie. Si en el informe de marzo pone que te revisan a los seis meses, es tu unidad la que tiene que pedir fecha.
Muchas gracias compañero.
Desconocía que era mi unidad la que me tenía que proponer, suponía que al haber pasado ya un reconocimiento médico no periódico ya se encargaban directamente desde el Gómez Ulla.
Chemita
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Re: Valoración CCAA 37% discapacidad

Mensaje por Chemita »

-hi
peluman escribió:
trasgu123 escribió:Que yo recuerde el Gomez Ulla no te cita ni a ti ni a nadie. Si en el informe de marzo pone que te revisan a los seis meses, es tu unidad la que tiene que pedir fecha.
Correcto, como menciona trasgu123, es tu Unidad quien con el resultado del RMNP anterior deben solicitar ellos en el plazo fijado un nuevo reconocimiento. Ya van tarde, bien porque no lo han hecho o bien por la carga de trabajo y el verano de por medio. Para quedarte más tranquilo ponte en contacto con el órgano de personal de tu Unidad y que te lo aclaren. También puedes llamar a Gómez Ulla y preguntar cuando tienes que ir, si te lo han solicitado, ellos podrán informarte.
En cuanto al 37 % reconocido por la CCAA, ya te ha dicho DMF lo que puedes hacer por el momento. De momento guarda ese cartucho por si tuvieras que utilizarlo más adelante en esta guerra.........por ejemplo una vez te entreguen la Resolución con la propuesta de la JEVAL, si no es conforme a tus intereses, podría ser un buen momento de presentarlo en tus alegaciones. La última palabra la tienen ellos, JMP, JEVAL, ASESORÍA JURÍDICA....pero creo que podría tener su peso específico. Es una opinión personal que muchos de los eruditos del foro podrán aclarar.
Muchas gracias compañero.

-hi
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Re: Valoración CCAA 37% discapacidad

Mensaje por Cornamuza »

Buenas tardes, compañero Chemita.

En mi opinión, cundo te citen y donde te citen y sobre todo si es el Gómez Ulla, presenta junto con los informes médicos que tengas que aportar, el certificado con el 37 % de discapacidad que te han reconocido.

Por lo que debes de ir al centro base donde te han valorado y solicitar que te expidan un certificado de discapacidad y un informe técnico facultativo sobre tu discapacidad, te lo dan en el mismo día, y eso es lo que tienes que presentar, lo que tienes ahora, es la resolución del reconocimiento d tu discapacidad. (si tienes dudas mándame un privado y te remito la solicitud)

El grado de discapacidad, se compone de dos partes, una la discapacidad que te produce tu enfermedad o enfermedades que padezcas y la otra los factores sociales, que en tu caso suman 37, pero no sabes que cuanto te han dado en cada uno de ellos. En el informe técnico facultativo viene detallado.

En tu caso en particular y según la normativa vigente te han tenido que dar mas de un 25% de discapacidad por tu enfermedad o enfermedades.

Te adjunto parte de la normativa al respecto, donde podrás sacar tú mismo las conclusiones.

La valoración de los factores sociales complementarios se obtendrá a través de la aplicación del baremo contenido en el Anexo I, apartado B), relativo, entre otros factores, a entorno familiar, situación laboral y profesional, niveles educativos y culturales, así como a otras situaciones del entorno habitual de la persona con limitaciones en la actividad.

3. Para la determinación del grado de discapacidad, el porcentaje obtenido en la valoración de las limitaciones en la actividad se modificará, en su caso, con la adición de la puntuación obtenida en el baremo de factores sociales complementarios en la forma prevista en el párrafo siguiente y sin que ésta pueda sobrepasar los 15 puntos.

El porcentaje mínimo de valoración de las limitaciones en la actividad sobre el que se podrá aplicar el baremo de factores sociales complementarios no podrá ser inferior al 25 por 100.


El hecho de que te hayan dado un 25% en las limitaciones en la actividad, supone coeficiente 5. Por eso debes de presentarlo,esto suma y no resta.
Saludos.
Cornamuza
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Re: Valoración CCAA 37% discapacidad

Mensaje por Cornamuza »

Te hayan dado un 25% , mínimo, de discapacidad.
Cornamuza
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Re: Valoración CCAA 37% discapacidad

Mensaje por Cornamuza »

En mayor abundamiento, cabe decir, que las Juntas Médico Periciales de las FAS, o tribunales médicos, utilizan exactamente el mismo baremo con el que te han valorado, por lo qué, algo deberán tener en cuenta.

En el R.D. de valoración de las FAS. dice como sigue:

Coeficiente 5: Se aplicará únicamente y exclusivamente en aquellos casos en los que la enfermedad o defecto psicofísico supongan una gran restricción a la asignación de destinos debido a su especial capacidad funcional, de tal modo que se le considera incompatible con actividades que son exclusivas de las Fuerzas Armadas (como criterio de referencia, se trataría de discapacidades moderadas, con una valoración de 25 % o superior en el anexo 1 del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre).

ahora bien, tú al ser G.C, debes de tener muy en cuenta la modificación que se ha efectuado al respecto para vuestro cuerpo en el año 2013, que te adjunto.

MODIFICADO EL REGLAMENTO PARA LA DETERMINACIÓN DE LA APTITUD PSICOFÍSICA DE LOS MIEMBROS DE LA GUARDIA CIVIL

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica otro del 3 de agosto de 2001, por el que se aprobó el reglamento para la determinación de la aptitud psicofísica del personal de las Fuerzas Armadas.

La modificación que hoy se aprueba afecta a la determinación de la aptitud psicofísica de los miembros de la Guardia Civil. Según el nuevo Real Decreto, el cuadro de condiciones psicofísicas (enfermedades y lesiones) para determinar la aptitud del personal del Cuerpo de la Guardia Civil será el mismo que para las Fuerzas Armadas; sin embargo, los baremos de evaluación para calificar la aptitud psicofísica de los Guardias Civiles serán los previstos en el anexo I-A del Real Decreto de 23 de diciembre de 1999 (ver tabla comparativa).

A la vista de ambos baremos, y con independencia de que siguen criterios de valoración que no son equiparables, se constata que la determinación de un coeficiente 5 en el dictamen de la Junta médico-pericial supondría la pérdida de la aptitud psicofísica y, en consecuencia, el pase a retiro de un Guardia Civil. No obstante, si se aplica a dicho porcentaje de discapacidad el Real Decreto de 1999, se determinaría un grado de discapacidad 3, 4 o 5 que, a priori, no tendría que implicar el pase a retiro de un Guardia Civil siempre y cuando la discapacidad fuera moderada o no excesivamente grave. En este caso se le podría asignar otro puesto de trabajo compatible con su capacidad.

Por lo tanto, se ha estimado que la aplicación de los porcentajes de discapacidad establecidos en el Real Decreto de 1999 al personal de la Guardia Civil resulta más adecuado para la determinación de la aptitud psicofísica del personal de dicho Cuerpo, que la aplicación de los coeficientes del Real Decreto de 3 de agosto de 2001 (permite el mantenimiento de un porcentaje más amplio de la plantilla en servicio activo).


Por lo que el porcentaje de tu discapacidad lo encuadran en:

Grado 3: Discapacidad moderada. Los síntomas, signos o secuelas causan una disminución importante o imposibilidad de la capacidad de la persona para realizar algunas de las actividades de la vida diaria, siendo independiente en las actividades de autocuidado. A este grado corresponde un porcentaje comprendido entre el 25 % y 49 %.
.
Saludos.
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Re: Valoración CCAA 37% discapacidad

Mensaje por dmf »

Chemita escribió:Muchas gracias por tu información.
El m145 podría presentarlo directamente a Hacienda porque no quiero que mi unidad sepan nada??
Hola, no, el M-145 se entrega al pagador, es decir en la Unidad.
Pero si no quieres que se enteren de tu situación, NO lo entregues, cuando hagas la declaración de la renta, marcas la casilla del 33% y trabajador activo (mientras no estés retirado) y te lo devolverán todo de golpe en vez de més a més en la nómina.
Hacienda, una vez que entregues la declaración del IRPF con el 33%, te llamará y pedirá copia de la Resolución del grado de discapacidad.
Un saludo.
Chemita
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Re: Valoración CCAA 37% discapacidad

Mensaje por Chemita »

Cornamuza escribió:En mayor abundamiento, cabe decir, que las Juntas Médico Periciales de las FAS, o tribunales médicos, utilizan exactamente el mismo baremo con el que te han valorado, por lo qué, algo deberán tener en cuenta.

En el R.D. de valoración de las FAS. dice como sigue:

Coeficiente 5: Se aplicará únicamente y exclusivamente en aquellos casos en los que la enfermedad o defecto psicofísico supongan una gran restricción a la asignación de destinos debido a su especial capacidad funcional, de tal modo que se le considera incompatible con actividades que son exclusivas de las Fuerzas Armadas (como criterio de referencia, se trataría de discapacidades moderadas, con una valoración de 25 % o superior en el anexo 1 del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre).

ahora bien, tú al ser G.C, debes de tener muy en cuenta la modificación que se ha efectuado al respecto para vuestro cuerpo en el año 2013, que te adjunto.

MODIFICADO EL REGLAMENTO PARA LA DETERMINACIÓN DE LA APTITUD PSICOFÍSICA DE LOS MIEMBROS DE LA GUARDIA CIVIL

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica otro del 3 de agosto de 2001, por el que se aprobó el reglamento para la determinación de la aptitud psicofísica del personal de las Fuerzas Armadas.

La modificación que hoy se aprueba afecta a la determinación de la aptitud psicofísica de los miembros de la Guardia Civil. Según el nuevo Real Decreto, el cuadro de condiciones psicofísicas (enfermedades y lesiones) para determinar la aptitud del personal del Cuerpo de la Guardia Civil será el mismo que para las Fuerzas Armadas; sin embargo, los baremos de evaluación para calificar la aptitud psicofísica de los Guardias Civiles serán los previstos en el anexo I-A del Real Decreto de 23 de diciembre de 1999 (ver tabla comparativa).

A la vista de ambos baremos, y con independencia de que siguen criterios de valoración que no son equiparables, se constata que la determinación de un coeficiente 5 en el dictamen de la Junta médico-pericial supondría la pérdida de la aptitud psicofísica y, en consecuencia, el pase a retiro de un Guardia Civil. No obstante, si se aplica a dicho porcentaje de discapacidad el Real Decreto de 1999, se determinaría un grado de discapacidad 3, 4 o 5 que, a priori, no tendría que implicar el pase a retiro de un Guardia Civil siempre y cuando la discapacidad fuera moderada o no excesivamente grave. En este caso se le podría asignar otro puesto de trabajo compatible con su capacidad.

Por lo tanto, se ha estimado que la aplicación de los porcentajes de discapacidad establecidos en el Real Decreto de 1999 al personal de la Guardia Civil resulta más adecuado para la determinación de la aptitud psicofísica del personal de dicho Cuerpo, que la aplicación de los coeficientes del Real Decreto de 3 de agosto de 2001 (permite el mantenimiento de un porcentaje más amplio de la plantilla en servicio activo).


Por lo que el porcentaje de tu discapacidad lo encuadran en:

Grado 3: Discapacidad moderada. Los síntomas, signos o secuelas causan una disminución importante o imposibilidad de la capacidad de la persona para realizar algunas de las actividades de la vida diaria, siendo independiente en las actividades de autocuidado. A este grado corresponde un porcentaje comprendido entre el 25 % y 49 %.
.
Saludos.
Cornamuza, muchísimas gracias por la gran cantidad de información que me aportas.
Sigo teniendo la duda de si presentar el informe en el Gómez Ulla o esperar a que ellos me valoren.
La Junta de Andalucía, en su valoración, me ha concedido un 35% de discapacidad y un 2% de factores sociales. Junto con el certificado de discapacidad, adjuntan el baremo con todas las circunstancias psicológicas y físicas.
Un fuerte abrazo y muchas gracias por tu ayuda.
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Re: Valoración CCAA 37% discapacidad

Mensaje por Chemita »

dmf escribió:
Chemita escribió:Muchas gracias por tu información.
El m145 podría presentarlo directamente a Hacienda porque no quiero que mi unidad sepan nada??
Hola, no, el M-145 se entrega al pagador, es decir en la Unidad.
Pero si no quieres que se enteren de tu situación, NO lo entregues, cuando hagas la declaración de la renta, marcas la casilla del 33% y trabajador activo (mientras no estés retirado) y te lo devolverán todo de golpe en vez de més a més en la nómina.
Hacienda, una vez que entregues la declaración del IRPF con el 33%, te llamará y pedirá copia de la Resolución del grado de discapacidad.
Un saludo.
Muchas gracias dmf.
Haré lo que me comentas, lo presentaré en la declaración de renta.
Un fuerte abrazo y muchas gracias.
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Re: Valoración CCAA 37% discapacidad

Mensaje por psmito »

Cornamuza, muchísimas gracias por la gran cantidad de información que me aportas.
Sigo teniendo la duda de si presentar el informe en el Gómez Ulla o esperar a que ellos me valoren.
La Junta de Andalucía, en su valoración, me ha concedido un 35% de discapacidad y un 2% de factores sociales. Junto con el certificado de discapacidad, adjuntan el baremo con todas las circunstancias psicológicas y físicas.
Un fuerte abrazo y muchas gracias por tu ayuda.
Creo en mi modesta opinión que estas confundiendo términos o mezclandolos

una JMPO valora la Incapacidad (laboral)
y la CCAA valora la discapacidad (social)

ejemplo: un funcionario administrativo en pongamos en hacienda al cual desgraciadamente tiene que valerse de una pierna ortopédica o necesitar silla de ruedas (sin mas patologías),
este señor seguramente tiene una discapacidad dada por su CCAA muy ALTA ya que tiene restricciones sociales serias (vehículo adaptado, movilidad reducida, ayuda para determinadas tareas de auto cuidado, etc)
sin embargo en incapacidad laboral también tendrá, pero es posible que tenga bastante menos ya que su profesión (administrativo) se ve afectada pero no en un grado exagerado y puede no estar incapacitado para su profesión

caso contrario un compañero por psiquiatría puede tener una incapacidad para su profesión o carrera de clase III grado moderado y 46%, y ser retirado y en su CCAA si físicamente esta bien tener la discapacidad derivada de su patología pongamos dificultad de concentración, aislamiento social,etc y darte solo un 17% (es un ejemplo)

por lo que presentar un informe de discapacidad en una JMPO que tiene que pronunciarse sobre incapacidad, no digo que no tenga peso pero pueden valorarlo o pasar amplia-mente

esta es mi opinión y puedo estar equivocado hay auténticos expertos aquí que me corregirán si fuese el caso, que siempre se esta aprendiendo.

venga un saludo
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Re: Valoración CCAA 37% discapacidad

Mensaje por sargentodehierro »

psmito escribió:Creo en mi modesta opinión que estas confundiendo términos o mezclandolos

una JMPO valora la Incapacidad (laboral)
y la CCAA valora la discapacidad (social)

ejemplo: un funcionario administrativo en pongamos en hacienda al cual desgraciadamente tiene que valerse de una pierna ortopédica o necesitar silla de ruedas (sin mas patologías),
este señor seguramente tiene una discapacidad dada por su CCAA muy ALTA ya que tiene restricciones sociales serias (vehículo adaptado, movilidad reducida, ayuda para determinadas tareas de auto cuidado, etc)
sin embargo en incapacidad laboral también tendrá, pero es posible que tenga bastante menos ya que su profesión (administrativo) se ve afectada pero no en un grado exagerado y puede no estar incapacitado para su profesión

caso contrario un compañero por psiquiatría puede tener una incapacidad para su profesión o carrera de clase III grado moderado y 46%, y ser retirado y en su CCAA si físicamente esta bien tener la discapacidad derivada de su patología pongamos dificultad de concentración, aislamiento social,etc y darte solo un 17% (es un ejemplo)

por lo que presentar un informe de discapacidad en una JMPO que tiene que pronunciarse sobre incapacidad, no digo que no tenga peso pero pueden valorarlo o pasar amplia-mente

esta es mi opinión y puedo estar equivocado hay auténticos expertos aquí que me corregirán si fuese el caso, que siempre se esta aprendiendo.
Perfectamente explicado. Creo que esta es la cuestión en la que el personal más se confunde.

Un saludo
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