Ayuda ... dudas sepec
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Ayuda ... dudas sepec
Hola a todos.. me acaba de llegar el informe de sepec que coincide con la jmp en todo, pero..... no aparece nada de que las patologias esten recogidas en el rd. Del derecho a clases pasivas, este punto no aparece...( ni como.si ni como no.... directamente no aparece)
Es normal?
Deberia alegar para que si apareciese?
Porfa ayuda!!!
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Re: Ayuda ... dudas sepec
Si alguien que entienda me escribe privado... se lo mando para q lo vea y me ayude...
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Re: Ayuda ... dudas sepec
a TI sera el informe del jeval, en el certificado hara referencia a los reales decretos que te afecten pero no indica nada de derechos pasivos, los derechos pasivos son para los que entraron en un determinada fecha antes que cambiara y les afecte por la seguridad social.
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Re: Ayuda ... dudas sepec
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Re: Ayuda ... dudas sepec
Soy temporal, larga duracion... y si... me llego informe sepec ... vamos lo tengo aqui en mi mano....
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Re: Ayuda ... dudas sepec
La Junta de Evaluacion tiene sus funciones y hace su trabajo y la JMPO lo suyo. Que dice la JMPO als recpecto de si estas incluido en el REAL DECRETO 1186/2001 ?? SI o NO ??Mrobel escribió: ↑Mié Jul 25, 2018 4:48 pm Hola a todos.. me acaba de llegar el informe de sepec que coincide con la jmp en todo, pero..... no aparece nada de que las patologias esten recogidas en el rd. Del derecho a clases pasivas, este punto no aparece...( ni como.si ni como no.... directamente no aparece)
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Re: Ayuda ... dudas sepec
Pone SI incluido....
En el informe sepec vienen las limitaciones... y un 39% pero no viene lo del rd.... en la jmp SI....
En el informe sepec vienen las limitaciones... y un 39% pero no viene lo del rd.... en la jmp SI....
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Re: Ayuda ... dudas sepec
SI, en todas las patologias con una totalidad del 39%trasgu123 escribió: ↑Mié Jul 25, 2018 9:01 pmLa Junta de Evaluacion tiene sus funciones y hace su trabajo y la JMPO lo suyo. Que dice la JMPO als recpecto de si estas incluido en el REAL DECRETO 1186/2001 ?? SI o NO ??Mrobel escribió: ↑Mié Jul 25, 2018 4:48 pm Hola a todos.. me acaba de llegar el informe de sepec que coincide con la jmp en todo, pero..... no aparece nada de que las patologias esten recogidas en el rd. Del derecho a clases pasivas, este punto no aparece...( ni como.si ni como no.... directamente no aparece)
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Eso si.. me ponen muchasssss limitaciones.....
Estoy algo perdida....
- trasgu123
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Re: Ayuda ... dudas sepec
Que dicen la Junta de Evaluacion y la JMPO ¿ Apto con Limitaciones o NO Apto ?.
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Re: Ayuda ... dudas sepec
Limitaciones de guardias, de marchas, bidepestacion, cargas, ejercicio, deporte..... vamos de planta...
Apl 4 vamos...
En la jmpo pone que las patologias estan incluidas en el rd 1186/2001 con un 39% ( al hacer el total de las patologias) y todas con apl 4...
Y en el sepec este que me acaba de llegar pobe practicamente lo mismo.... pero no hace referencia a la inclusion de las patologias en el rd 1186/2001
Y claro en principio mi idea es pedir la baja de las fuerzas armadas y pedir mis derechos pasivos, pero quiero que quede todo bien atado para que no me pongan problemas a la hora de solicitar la pension por inutilidad....
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Re: Ayuda ... dudas sepec
Por que tras leer el real decreto veo que para solicitar mis derechos pasivos con un 39% me corresponde pensión, y no especifica el tipo de causa de baja en la fas por lo que sobreentiendo que con el bod de cese ( no se si cuando uno causa baja en la fas pone si es de forma voluntaria o no).... con el cese y la resolucion donde ponga mi 39% incluido en el rd 1186/2001 seria lo suficiente para solicitar mis derechos pasivos....
¿estoy en lo cierto?
Ayuda!! Gracias
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Re: Ayuda ... dudas sepec
Buenas tardesMrobel escribió: ↑Jue Jul 26, 2018 5:30 pmLimitaciones de guardias, de marchas, bidepestacion, cargas, ejercicio, deporte..... vamos de planta...
Apl 4 vamos...
En la jmpo pone que las patologias estan incluidas en el rd 1186/2001 con un 39% ( al hacer el total de las patologias) y todas con apl 4...
Y en el sepec este que me acaba de llegar pobe practicamente lo mismo.... pero no hace referencia a la inclusion de las patologias en el rd 1186/2001
Y claro en principio mi idea es pedir la baja de las fuerzas armadas y pedir mis derechos pasivos, pero quiero que quede todo bien atado para que no me pongan problemas a la hora de solicitar la pension por inutilidad....
Perdona pero creo que dándote un apl4 no tienes derecho a pedir la pensión por inutilidad para el servicio, ya que en tu caso no te echarían sino que pasarias a ser apto con limitaciones, es decir, seguiras trabajando pero en un puesto adecuado a tus limitaciones. Para poder optar a la pensión tendrían que haberte dado un coeficiente 5.
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Re: Ayuda ... dudas sepec
No conozco nadie con nigun caso como el mio... asi que no tengo la certeza sinceramente, me informaria muy bien antes...Franmunozgor escribió: ↑Jue Jul 26, 2018 5:37 pmBuenas tardesMrobel escribió: ↑Jue Jul 26, 2018 5:30 pmLimitaciones de guardias, de marchas, bidepestacion, cargas, ejercicio, deporte..... vamos de planta...
Apl 4 vamos...
En la jmpo pone que las patologias estan incluidas en el rd 1186/2001 con un 39% ( al hacer el total de las patologias) y todas con apl 4...
Y en el sepec este que me acaba de llegar pobe practicamente lo mismo.... pero no hace referencia a la inclusion de las patologias en el rd 1186/2001
Y claro en principio mi idea es pedir la baja de las fuerzas armadas y pedir mis derechos pasivos, pero quiero que quede todo bien atado para que no me pongan problemas a la hora de solicitar la pension por inutilidad....
Perdona pero creo que dándote un apl4 no tienes derecho a pedir la pensión por inutilidad para el servicio, ya que en tu caso no te echarían sino que pasarias a ser apto con limitaciones, es decir, seguiras trabajando pero en un puesto adecuado a tus limitaciones. Para poder optar a la pensión tendrían que haberte dado un coeficiente 5.
Pero se de casos de apl4 que estaban limitados y trabajando y a la hora de renovar( no eran larga duración) cuando su compromiso se resolvió... si tenían sus derechos pasivos...
Hecha un lio....
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Re: Ayuda ... dudas sepec
según en el RD 1186/2001:Franmunozgor escribió: ↑Jue Jul 26, 2018 5:37 pmBuenas tardesMrobel escribió: ↑Jue Jul 26, 2018 5:30 pmLimitaciones de guardias, de marchas, bidepestacion, cargas, ejercicio, deporte..... vamos de planta...
Apl 4 vamos...
En la jmpo pone que las patologias estan incluidas en el rd 1186/2001 con un 39% ( al hacer el total de las patologias) y todas con apl 4...
Y en el sepec este que me acaba de llegar pobe practicamente lo mismo.... pero no hace referencia a la inclusion de las patologias en el rd 1186/2001
Y claro en principio mi idea es pedir la baja de las fuerzas armadas y pedir mis derechos pasivos, pero quiero que quede todo bien atado para que no me pongan problemas a la hora de solicitar la pension por inutilidad....
Perdona pero creo que dándote un apl4 no tienes derecho a pedir la pensión por inutilidad para el servicio, ya que en tu caso no te echarían sino que pasarias a ser apto con limitaciones, es decir, seguiras trabajando pero en un puesto adecuado a tus limitaciones. Para poder optar a la pensión tendrían que haberte dado un coeficiente 5.
La Disposición adicional tercera. Derechos pasivos en el supuesto de limitación para ocupar determinados destinos.
En el caso de que, durante la relación de servicios con las Fuerzas Armadas, se haya resuelto un expediente de insuficiencia de condiciones psicofísicas que haya ocasionado una limitación para ocupar determinados destinos, el interesado podrá solicitar, concluida su relación con las Fuerzas Armadas, el reconocimiento de los derechos pasivos regulados en el presente Real Decreto.
Los efectos económicos, en el supuesto de pensión, serán siempre del primer día del mes siguiente a la finalización de la relación de servicios con las Fuerzas Armadas, siempre que la solicitud se presente dentro de los cinco años siguientes a dicha finalización.
Cuando proceda la indemnización, se calculará teniendo en cuenta el haber regulador anual de la clase de tropa y marinería profesional no permanente, fijado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado correspondiente al año de la finalización de la relación de servicio con las Fuerzas Armadas.
Si tienes el compromiso de larga duración, en la Ley 8/2006 en el Artículo 10. Finalización y resolución del compromiso de larga duración. En el apartado A dice “A petición expresa del interesado con un preaviso de tres meses.”
Yo lo entiendo que pides finalizar con las FAS y solicitar la pensión en base a la Disposición final tercera del RD1186/2001.