BAJA MEDICA DE LARGA DURACIÓN

Dudas sobre retiros por incapacidad.

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Quico
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BAJA MEDICA DE LARGA DURACIÓN

Mensaje por Quico »

Hola Compañeros.

He llegado a este foro porque me asaltan muchas dudas debidas a mi situación que ahora paso a explicaros. El caso es que por mucha normativa que leo siempre quedan dudas y nada de lo que lees puedes tener la certeza de que sea realmente así. Por eso creo que vuestra experiencia tratando estos temas puede ser lo que mejor me oriente.

Intentaré ser breve y si luego necesitais algun dato adicional para ayudarme me decis. De antemano, Muchas Gracias.

En febrero de este año me vi obligado a solicitar la baja médica. A dia de hoy no me encontraba para trabajar y no se cuando estaré para ello si es que algun dia puedo estarlo. En mi Unidad me han dicho que me van a solicitar reconocimiento medico al Gomez Hulla. Yo he leido que estos recocimientos no suponen mas que revisiones periodicas para valorar tu estado y no son un tribunal definitivo como tal.

La cuestión es que debido a mis dificultades personales mi mente me proyecta a las peores de las situaciones y es que pase el tiempo y no me vea para trabajar. Cuento solo con 9 años de servicio y he leido que no me correspondería pensión. Si es así, debería de incorporarme al trabajo si o si. Pero claro al no verme para ello puesto que el trabajo incrementa mis sintomas x1000, pienso en dilatar mi alta lo máximo posible y ahi viene mi duda.

Como desconozco el procedimiento no se hasta que punto puedo apurar para darme de alta, por ejemplo si debo hacerlo antes de que se me abra expediente, antes incluso del reconocimiento del gomez hulla o podría esperar hasta el mismo dia antes del tribunal definitivo. Espero se me entienda la cuestión y podais orientarme.

Muchas gracias ( pd.: soy militar de carrera)
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sargentodehierro
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Re: BAJA MEDICA DE LARGA DURACIÓN

Mensaje por sargentodehierro »

Hola compañero, lo primero de todo darte la bienvenida al foro.

Como siempre digo a todo el mundo, la salud es lo primero, por lo que tu primera preocupación es volver a estar al 100%.

En cuanto a tu situación laboral, el artículo 121.2 de la ley de carrera militar dice que se abrirá expediente por pérdida de aptitud psicofísica una vez lleves doce meses de baja, lo que no quiere decir que antes de ese plazo lo pueda solicitar tu jefe de UCO, si después de los reconocimientos médicos se aprecia que la lesión es definitiva.

En cuanto a la pensión, faltan datos para saber con exactitud cuánto te quedaría, pero te aseguro que si pasas a retiro por inutilidad permanente, tendrás derecho a pensión.

Un saludo
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Quico
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Re: BAJA MEDICA DE LARGA DURACIÓN

Mensaje por Quico »

Muchas gracias Sargento de Hierro. Tu rápida y siento que fiable contestación a mi mensaje me ha hecho confiar mas en este medio como apoyo para resolver las dudas de esta compleja situación.

Te dejo algunos datos mas de mi historia y algunos datos que creo pueden orientarte para valorar una cifra aproximada de pensión:

Fecha nacimiento:1-10-1980
Fecha ingreso ejercito : diciembre 2008 (creo consideran dia 1)
Trienios: 1 grupo A2 y 2 grupo A1
Fecha posible retiro por IP: teniendo en cuenta que mi baja se inició el 20/2/18 seguro que vosotros, teniendo en cuenta los
plazos de duración de cada parte del proceso, podréis estimarla con más fiabilida.
Tengo cotizados 2 años y pico en la ss (tendria que confirmar periodo exacto)

Sufro depresión desde los 17 años. Me viene de familia. Mi padre tiene diagnosticado un trastorno bipolar y también tengo otros antes familiares. Cuando eres joven no te lo quieres creer tiras palante con lo que sea, llorando por las esquinas. Lo malo es
que la sintomatologia es variable y desde 2014 hacia aquí ha empezado a predominar un sintoma que son las obsesiones por cualquier cosa ( puedo pasarme varios dias dandole vueltas en mi cabeza a como se calcula una factura por ejemplo que tengo que pagar). Este sintoma me incapacita brutalmente para trabajar y a dia de hoy está muy presente. La impotencia de
no poder dejar de pensar en algo que no deseo me lleva a laa la angustia, animo bajo y desesperaciòn.

Creo que con estos datos podréis orientarme mas, sobre todo en lo que a una cuantía posible de pensión se refiere, porque estoy tan asustado con el hecho de tener que volver a trabajar que si al menos supiese que la cantidad me puede permitir seguir aportando en casa ( con dos niños muy pequeños) daría los pasos necesarios para intentar conseguir la IP en este mismo proceso de baja.

Reiterar mi agradecimiento a todos los que haceis posible este foro porque ayudáis un minton a calmar angustias y en especial a ti Sargento de Hierro por estar respondiendo a mis cuestiones.

Gracias!
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Re: BAJA MEDICA DE LARGA DURACIÓN

Mensaje por sargentodehierro »

Bueno, a falta de saber fechas concretas, la pensión resultante rondaría los 2200€ brutos en 14 mensualidades, a lo que únicamente tendrías que descontar el IRPF.

Un saludo
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Re: BAJA MEDICA DE LARGA DURACIÓN

Mensaje por Quico »

Muchas gracias! La verdad es que me quedo helado con estas cifras, yo pensé que no me quedaría una cantidad asumible.

Que normativa regula el calculo de pensiones?

Gracias y un saludo!
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Re: BAJA MEDICA DE LARGA DURACIÓN

Mensaje por sargentodehierro »

La reglamentación que regula el cálculo de las pensiones de Clases Pasivas es el Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de Ley de Clases Pasivas del Estado, más concretamente su artículo 31.

A pesar de contar únicamente con 9 años de servicio, en el momento que pasas a retiro por inutilidad permanente, te tienen en cuenta como tiempo de servicio todos los años que te faltan hasta llegar a los 65 años, en tu caso en el grupo A1.

Como te afecta el "pensionazo" por no contar con 20 años de tiempo de servicio, te descuentan un 25% del importe íntegro reconocido y por eso la pensión resultante rondará los 2200€ brutos.

Un saludo
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Re: BAJA MEDICA DE LARGA DURACIÓN

Mensaje por Quico »

Buenos dias Sargento de Hierro y muchas gracias por tus respuestas.

El caso es que con todo lo que me dices ya comienzo a darle quizá excesivas vueltas al asunto y me asaltan de momento las siguientes dudas que me gustaría plantearte:

1. He visto el art. 31 que me comentas y no entiendo como se aplica la formula en mi caso. Si me puedes explicar como lo has hecho tú por favor.

2. Por otro lado me queda la duda de cuales pueden ser los resultados del tribunal medico. Me queda claro que si es IP me corresponde pensión, pero ¿podría haber otro resultado “no apto” ( no se “incapacidad no permanente” o “incapacidad parcial” o algo asi) que me dejase en la calle y sin pensión o con ension inferior a la que me comentas? ¿Que diferencia hay en ese sentido entre una incapacidad parcial y una total? ¿Son ambas permanentes?

Siento el acoso compañero pero es lo que tiene tratar con un obsesivo. Jejeje!!

En serio, mil gracias por tu ayuda, no sabes como me estas ayudando al poder vislumbrar una salida para mi pesadilla. Muchas gracias.
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Re: BAJA MEDICA DE LARGA DURACIÓN

Mensaje por trasgu123 »

Quico escribió: Vie Ago 24, 2018 11:19 am Buenos dias Sargento de Hierro y muchas gracias por tus respuestas.

El caso es que con todo lo que me dices ya comienzo a darle quizá excesivas vueltas al asunto y me asaltan de momento las siguientes dudas que me gustaría plantearte:

1. He visto el art. 31 que me comentas y no entiendo como se aplica la formula en mi caso. Si me puedes explicar como lo has hecho tú por favor.

2. Por otro lado me queda la duda de cuales pueden ser los resultados del tribunal medico. Me queda claro que si es IP me corresponde pensión, pero ¿podría haber otro resultado “no apto” ( no se “incapacidad no permanente” o “incapacidad parcial” o algo asi) que me dejase en la calle y sin pensión o con ension inferior a la que me comentas? ¿Que diferencia hay en ese sentido entre una incapacidad parcial y una total? ¿Son ambas permanentes?

Siento el acoso compañero pero es lo que tiene tratar con un obsesivo. Jejeje!!

En serio, mil gracias por tu ayuda, no sabes como me estas ayudando al poder vislumbrar una salida para mi pesadilla. Muchas gracias.
1. Se calcula el TOTAL, como si pasases a retiro por edad a los 65, Art. 31.4 de la Ley de Clases Pasivas, y una vez se tiene el importe total se aplica el Real Decreto 710/2009, art. 1.1, al tener menos de 20 años de servicio se descuenta un 5% por cada año completo que falte, con un maximo de descuento del 25%.

2.- El Acta medica si es definitiva, solo puede dictaminar tres cosas: APTO, APTO CON LIMITACIONES (APL) y NO APTO. No Apto conlleva pase a retiro.
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Re: BAJA MEDICA DE LARGA DURACIÓN

Mensaje por Quico »

Gracias Trasgu!

1.- Eso lo entiendo. Me refería mas a como se usa la formula para el calculo, porque habla de un “haber regulador” y de un “coeficiente regulador” . El primero varia segun el grupo, escala... y el segundo segun los años de servicio en ese grupo, escala... En mi caso estuve tres años en una escala y los seis siguientes en otra. Desconozco donde se obtiene el haber regulador porque los coeficientes si que vienen en una tabla en el propio articulo. Entiendo que para mi calculo debe de cogerse un C1 de tres años y un C2 de 34 años y aplicarlos en la formula con los Ri correspondientes ( os preguntaba esto porque al calcular asi me da la sensación que no pueden salir los 2200€ que comentaba Sargento, por tal y como es la formula)

2.- Entonces, ¿el NO APTO siempre implica pase a retiro con la pension calculada como estamos hablando?

Gracias chicos! Solo necesito tener ciertas certezas para lanzarme o no a esta aventura!
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Re: BAJA MEDICA DE LARGA DURACIÓN

Mensaje por sargentodehierro »

Haberes reguladores para el año 2018

A1 41.108,90
A2 32.353,74

P = R1C1 + (R2 - R1) C2 + (R3 - R2) C3 + ...

Tú aplicas mal la fórmula, ya que para calcular el porcentaje del regulador, no has tenido en cuenta que se calculan como servicios efectivos todos los años que te faltan hasta los 65. En tu caso C1 y C2 equivalen a 1 ya que son el 100% del haber regulador y al computar como de servicios efectivos todos los años que te faltan hasta los 65, llegas a los 35 años necesarios para tener el 100% del haber regulador.

P= (32353,74 x 1) + [(41108,90 - 32353,74) x 1] = 41108,90€ anuales, a lo que hay que descontar el 25%.

Como sé que no te vamos a convencer y le vas a dar más vueltas al tema, lo mejor que puedes hacer es hacer una solicitud de información previa de pensión: ENLACE

Para los militares de carrera, NO APTO significa pase a retiro. No hay más vuelta de hoja.

Un saludo
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Re: BAJA MEDICA DE LARGA DURACIÓN

Mensaje por Quico »

Gracias Sargento! Vuelvo a la carga:

1.- Ya entiendo mejor lo de la formula aunque lo que sigo sin comprender es porque los dos coeficientes son 1. Tal y como creo entenderte el C1 seria equivalente a 37 años y el c2 a 34 años. Para ambos las tablas del art 31 dan porcentajes inferiores al 100%. Supongo que lo del 100% por encima de 35 años estará recogido en otro sitio y en cualquier caso solo se aplicaria al c1 que es el único superior a 35 años.

Gracias por el documento de solocitud de estimacion de pensión. ¿ Sabes como se tramita?

2.- Lo del NO APTO lo preguntaba porque como tengo entendido que hay diversos tipos de incapacidad, no se si al retirarte con una u otra la pensión es la misma o varia.

3.- Por ultimo plantearos si puede suponer algún inconveniente en todo este preoceso el hecho de que mi enfermedad comenzase antes de mi ingreso en las FAS.

Mil gracias compañeros!
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Re: BAJA MEDICA DE LARGA DURACIÓN

Mensaje por trasgu123 »

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