FALLO INCREÍBLE

Dudas sobre retiros por incapacidad.

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dmf
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Re: FALLO INCREÍBLE

Mensaje por dmf »

koalakoala escribió: Vie Oct 19, 2018 7:13 pm No me dieron ningún formulario M-145
Lo que sí hice fue rellenar la declaración del interesado y ahí sí marqué lo del 33%

http://www.madrid.org/dat_este/impresos ... ension.pdf
Hola, veo que en el formulario de ”declaraciones del funcionario para el reconocimiento de la pensión”, se incluyen apartados del M-145, de todas formas tienes que tener copia de ese documento sellado de registro de entrada, con una copia del mismo, pásate por la Unidad de Clases Pasivas y soluciona el equívoco.
No obstante si en tu vida se producen cambios como un grado de discapacidad superior o igual al 65%, hijos o descendientes, ascendientes, pensión compensatoria, vivienda, etc, que figuran en el documento de notificación de datos al pagador (M-145) deberías de cumplimentarlo y entregarlo en tu Unidad de Clases Pasivas.
Un saludo.
Francisco I
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Re: FALLO INCREÍBLE

Mensaje por Francisco I »

Sr/a. "radu":
No debería usted de afirmar cosas sin conocer el fundamento legal de lo que afirma. Son ganas de confundir al personal.
Por lo que llevo leído en éste hilo; a la señora le han hecho un reconocimiento de pensión. Dicha pensión la habrán calculado en base a sus cotizaciones y circunstancias personales, y la han fijado en una cantidad exacta de euros, que se le están abonando mes a mes. No hay delito.
Si la pensión lo es en base a una incapacidad en grado de absoluta, está exenta de tributar, y por lo tanto no le han de descontar nada por ningún concepto. La percibe integra. No hay delito.
Si la pensión no ha sido reconocida en grado de incapacidad absoluta, está sujeta a tributación por IRPF, junto con otras posibles rentas, y si supera determinadas cantidades, estará sujeta a retenciones a cuenta del IRPF; retención que corresponde practicar al pagador en el % establecido por ley. Si no lo hace, o lo hace mal, no es responsabilidad del pensionista. No hay delito.
Si la pensión no está exenta, y supera el limite de ingresos establecido, cuando llegue la fecha, el pensionista deberá presentar su Declaración de Renta, (Mod. 100) ante Hacienda. Si en ese acto, marca una casilla de minusvalía que no sea la correcta, está cometiendo infracción; pero si marca la casilla correcta, está haciendo las cosas bien y NO HAY DELITO.

NADIE LE VA A RECLAMAR CANTIDAD ALGUNA A DEVOLVER POR EL CONCEPTO DE QUE LE HAYAN RETENIDO MAS O MENOS IRPF A CUENTA. ESO SE REGULARIZA ANUALMENTE EN EL MOMENTO DE PRESENTAR LA DECLARACIÓN ANUAL.
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Re: FALLO INCREÍBLE

Mensaje por radu »

Francisco I escribió: Sab Oct 20, 2018 2:09 pm Sr/a. "radu":
No debería usted de afirmar cosas sin conocer el fundamento legal de lo que afirma. Son ganas de confundir al personal.
Por lo que llevo leído en éste hilo; a la señora le han hecho un reconocimiento de pensión. Dicha pensión la habrán calculado en base a sus cotizaciones y circunstancias personales, y la han fijado en una cantidad exacta de euros, que se le están abonando mes a mes. No hay delito.
Si la pensión lo es en base a una incapacidad en grado de absoluta, está exenta de tributar, y por lo tanto no le han de descontar nada por ningún concepto. La percibe integra. No hay delito.
Si la pensión no ha sido reconocida en grado de incapacidad absoluta, está sujeta a tributación por IRPF, junto con otras posibles rentas, y si supera determinadas cantidades, estará sujeta a retenciones a cuenta del IRPF; retención que corresponde practicar al pagador en el % establecido por ley. Si no lo hace, o lo hace mal, no es responsabilidad del pensionista. No hay delito.
Si la pensión no está exenta, y supera el limite de ingresos establecido, cuando llegue la fecha, el pensionista deberá presentar su Declaración de Renta, (Mod. 100) ante Hacienda. Si en ese acto, marca una casilla de minusvalía que no sea la correcta, está cometiendo infracción; pero si marca la casilla correcta, está haciendo las cosas bien y NO HAY DELITO.

NADIE LE VA A RECLAMAR CANTIDAD ALGUNA A DEVOLVER POR EL CONCEPTO DE QUE LE HAYAN RETENIDO MAS O MENOS IRPF A CUENTA. ESO SE REGULARIZA ANUALMENTE EN EL MOMENTO DE PRESENTAR LA DECLARACIÓN ANUAL.
Sr. Francisco: Lea bien lo que yo escribo y lo que escribe Kaolakola. K. dice no tener la absoluta ni haber pasado reconocimiento de discapacidad que le dé un un 65% o superior. Si yo habría de cobrar una pensión de 1800 euros y, por cualquier circunstancia, me ingresan repetidamente 1900, y yo retiro esas cantidades que no me corresponden de mi cuenta es una apropiación indebida (otra cosa es que utilicen otra terminología y decidan emprender alguna acción legal, cosa rara porque antes te llaman a rectificar, pero hoy día con las ganas que tienen los inspectores fiscales de sacar un bonus...). Hay responsabilidad del perceptor dado que, según parece, esa cantidad recibida de más va a proceder de una menor retención por IRPF que no le corresponde (según dice koalakola) porque en el impreso 145 ha de declarar su situación respecto al grado de discapacidad. Como usted dice el pagador establece los correspondiente al IRPF pero es aquí en base a la información que proporciona el sujeto. El desconocimiento de la ley no libra de su cumplimiento: no vale el "yo no lo sabía", " se me pasó", "me equivoqué".
Por lo demás, me da lo mismo. Ya bastante tengo con reclamar lo mío. Que cada uno haga lo que le venga en gana, Yo solo aconsejaba evitarse problemas (usted mismo está diciendo que llegará el momento en tenga que declarar su situación correcta de minusvalía ante Hacienda, lo que va a dejar en evidencia que en su momento no lo declaró o no lo hizo correctamente en el impreso 145).
Francisco I
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Re: FALLO INCREÍBLE

Mensaje por Francisco I »

Sr. "radu":
Nadie va a pagar una cantidad mayor de la reconocida como pensión, ni la va a pagar por periodos de tiempos en los que no se tenga derecho a su percepción. Si ello ocurriera, estaríamos en el caso que usted cita.
La obligación de RETENER A CUENTA del IRPF obliga al pagador, nunca al perceptor, salvo trabajadores por cuenta propia. Por lo tanto el perceptor no es responsable de lo que haga el pagador.
Y en cualquier caso, el impuesto sobre la renta de las personas físicas se liquida entre los meses de mayo a junio del año siguiente al ejercicio fiscal del que se trate. Es en ese acto cuando se paga lo que haya de pagarse, y en esa Declaración donde se está obligado a declarar la verdad, aun cuando la Administración haya hecho las cosas erróneamente.
Y si además, la señora en cuestión no ha cometido falsedad en su solicitud de pensión; si el error proviene de la Administración, no hay obligación de manifestar nada, hasta el momento de liquidar el impuesto, caso de que estuviera obligada.
Si le ingresan 1900 euros es porque su pensión asciende a esa cantidad; y si la retención es menor de lo debido, pues simplemente le saldrá la Declaración a pagar. Y no hay mas; porque así está establecido en la ley 35/2006 y en el Reglamento que la desarrolla.
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Re: FALLO INCREÍBLE

Mensaje por radu »

Francisco I escribió: Sab Oct 20, 2018 8:36 pm Sr. "radu":
Nadie va a pagar una cantidad mayor de la reconocida como pensión, ni la va a pagar por periodos de tiempos en los que no se tenga derecho a su percepción. Si ello ocurriera, estaríamos en el caso que usted cita.
La obligación de RETENER A CUENTA del IRPF obliga al pagador, nunca al perceptor, salvo trabajadores por cuenta propia. Por lo tanto el perceptor no es responsable de lo que haga el pagador.
Y en cualquier caso, el impuesto sobre la renta de las personas físicas se liquida entre los meses de mayo a junio del año siguiente al ejercicio fiscal del que se trate. Es en ese acto cuando se paga lo que haya de pagarse, y en esa Declaración donde se está obligado a declarar la verdad, aun cuando la Administración haya hecho las cosas erróneamente.
Y si además, la señora en cuestión no ha cometido falsedad en su solicitud de pensión; si el error proviene de la Administración, no hay obligación de manifestar nada, hasta el momento de liquidar el impuesto, caso de que estuviera obligada.
Si le ingresan 1900 euros es porque su pensión asciende a esa cantidad; y si la retención es menor de lo debido, pues simplemente le saldrá la Declaración a pagar. Y no hay mas; porque así está establecido en la ley 35/2006 y en el Reglamento que la desarrolla.
buen hombre, que no es una cuestión de llegar a los reglamentos, es de un poco de sentido común. Es un tema relacionado no con la cuantia en si de la pensión , sino de lo que te ingresan en la cuenta, que está en correspondencia con el IRPF que se aplica. Si usted mismo lo ha dicho: "el pensionista deberá presentar su Declaración de Renta, (Mod. 100) ante Hacienda. Si en ese acto, marca una casilla de minusvalía que no sea la correcta, está cometiendo infracción". La cuestión es que K ha visto que le van a aplicar erroneamente la retención correspondiente al 65% o más de discapacidad (lo que se traduce en que lo que van a ingresar en la cuenta) sin que tenga reconocido ese grado de discapacidad, y, por lo tanto, en un suponer no puede habermarcado la casilla correcta en el impreso 145. Si marcar incorrectamente en el impreso 100 es una infracción (en sus mismas palabras), pues lo mismo pasa en el impreso 145. Y lo que no vale es decir que "se paso", "no lo sabía". Desde el momento en que K tiene constancia de que le van a aplican el IRPF de un grado que no le corresponde, lo mejor es que lo resuelva. No le veo ganancia a eso que usted dice de esperar a hacer la declaración de la renta (dado que todavía no ha cobrado nada y la causa del problema está en el modelo 145 o su ausencia), en, como usted informa, ahí tiene que reflejar, de nuevo, el grado de discapacidad correcto. Únicamente, yo comentaba que si K quiere dejarlo pasar, pues mejor que no toque la cantidad que vaya a cobrar de más, para evitar problemas. Usted será catedrático de Economía, inspector o algo parecido, pero mi familia siempre fueron autónomos y sé que te le juegas cogiendo una sola peseta que le corresponda a Hacienda, y creo que las cosas han empeorado desde entonces.
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Re: FALLO INCREÍBLE

Mensaje por Francisco I »

Repito, y con ésto cierro el tema.
El IRPF se liquida el 30 de junio del año siguiente al ejercicio fiscal del que estemos presentando la Declaración. Solo en ese momento se está obligado a declarar la verdad.
Lo que nos hacen, mes a mes, al retenernos un % de nuestras retribuciones, en realidad debería de estar catalogado como ilegal. ¿ O acaso el Ayuntamiento nos cobra mensualmente 1 /12 parte de los impuestos municipales ? Ese adelanto de impuestos, que supone la retención a cuenta del IRPF, no es ni mas ni menos que un préstamo gratuito y permanente que le hacemos al Estado; a veces hasta se pasan "cogiendo" dinero y luego nos lo tienen que devolver; pero ya tienen casi otro año mas en sus arcas.
El cumplimiento de las normas sobre retenciones por IRPF solo compete al pagador. Cuando compete al trabajador autónomo se llaman ingresos a cuenta.
La señora consultante solo ha de preocuparse de hacer su Declaración de renta correctamente; lo demás no es asunto suyo, máxime cuando ella dice no haber rellenado ningún formulario. Y hasta dice no haber pasado ningún reconocimiento médico; y eso ya es mas dificil de creer.
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Re: FALLO INCREÍBLE

Mensaje por radu »

... Bueno, si estamos en lo mismo. Como usted dice en junio del próximo año tiene que hacer constar en su declaración de la renta el grado correcto de minusvalía; así que la alegría que le dará 150 euros de más cada mes no le va durar mucho, por eso que mejor solucionar esto ahora, antes de cobrar la primera pensión. Eso que K parecía dejar caer de dejarlo pasar, dado que su pensión "no es para tirar cohetes", pues no tiene ningún recorrido, como usted dice, sin acabar en una infracción. De todas formas, yo no tocaría un euro que me ingresen de más por impuestos o lo que sea, aunque, como usted bien informa, no sea delito en nuestro caso.
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Re: FALLO INCREÍBLE

Mensaje por Francisco I »

Si la señora empieza a cobrar su pensión en éste mes de octubre, sea cual sea su % de discapacidad, incluso aunque no tuviera ninguna, le van a ingresar la pensión integra, sin retenerle nada a cuenta del IRPF. Empezarán a aplicarle retenciones, si es que su pensión llega a la cantidad necesaria para ello, en el mes de enero próximo.
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Re: FALLO INCREÍBLE

Mensaje por servan75 »

Compañeros, no le deis más vueltas, máxime cuando la susodicha hizo hincapié en "se darán cuenta??"... Por eso yo me reí desde el principio. Ella lo que quiere que le digáis es que no pasa nada y que no le van a pillar. Ella sabe de sobra lo que le corresponde y lo que no. Lo que quería saber era si podia hacer la 3-14.

Así que na de na y a cuidarse!!!

Saludos -bye
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Re: FALLO INCREÍBLE

Mensaje por koalakoala »

Ya he llamado a clases pasivas y han alucinado. Echan la,culpa a los del órgano de personal (puesto que yo si puse 33)
Próximamente me lo arreglarán
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Re: FALLO INCREÍBLE

Mensaje por koalakoala »

servan75 escribió: Lun Oct 22, 2018 12:25 pm Compañeros, no le deis más vueltas, máxime cuando la susodicha hizo hincapié en "se darán cuenta??"... Por eso yo me reí desde el principio. Ella lo que quiere que le digáis es que no pasa nada y que no le van a pillar. Ella sabe de sobra lo que le corresponde y lo que no. Lo que quería saber era si podia hacer la 3-14.

Así que na de na y a cuidarse!!!

Saludos -bye
Insisto,,, podría ser usted más respetuoso
Se imagina que yo le digo “nada... un picoleto valenciano que sufre de depresiones tontas” y pide una pensión
A que no hace gracia ? Pues aplíquese el cuento
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Re: FALLO INCREÍBLE

Mensaje por servan75 »

koalakoala escribió: Lun Oct 22, 2018 9:22 pm
servan75 escribió: Lun Oct 22, 2018 12:25 pm Compañeros, no le deis más vueltas, máxime cuando la susodicha hizo hincapié en "se darán cuenta??"... Por eso yo me reí desde el principio. Ella lo que quiere que le digáis es que no pasa nada y que no le van a pillar. Ella sabe de sobra lo que le corresponde y lo que no. Lo que quería saber era si podia hacer la 3-14.

Así que na de na y a cuidarse!!!

Saludos -bye
Insisto,,, podría ser usted más respetuoso
Se imagina que yo le digo “nada... un picoleto valenciano que sufre de depresiones tontas” y pide una pensión
A que no hace gracia ? Pues aplíquese el cuento
Tranquila hija mia, que no vamos a caer nadie de este gran foro a tu nivel personal de inframundo. Tú solita te has retratado perfectamente.

Y eso de "picoleto" sabes a la cantidad de "picoletos" que acabas de insultar en este foro? y con lo de "depresiones tontas"? Creo que eres tan poco hábil que tú misma has caido en lo que eres... -clapping

Que te hemos pillao con el carrito del helao!!!! ajajajaj -groupwave Y eres tan espabilá que en vez de callarte y asimilarlo, te pones a insultar...Bravo!!!! Guapa!! MA RA VI LLOOOOO SO!!! -yes2

En fin, espero que algún dia te desprendas de ese odio que llevas dentro, que nadie tiene culpa de que seas una fracasada con afán de engañar.

Por mi parte sólo desearte que te vaya bonito y que tengas suerte, que la vas a necesitar.

A los demás un saludo compañeros! -bye
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