Retiro con 32%

Dudas sobre retiros por incapacidad.

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angelramoss
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Retiro con 32%

Mensaje por angelramoss »

Hola a todos. Soy nuevo aquí y me llamo Angel. Ayer me dieron Trámite de Audiencia, donde proponen pase a retiro con el 32% de incapacidad o minusvalía. En Clases Pasivas me han dicho hoy que me jubilan a partir del 33. Que era muy raro lo que ponían y que si me retiraban tendrían que aplicarme las retenciones del 33. Yo no entiendo nada. Todo me parecen contradicciones. Alguien sabe si es posible el retiro con 32 y que retenciones supondría? Gracias de antemano.
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Re: Retiro con 32%

Mensaje por sargentodehierro »

Hola compañero, bienvenido.

Dile al funcionario de Clases Pasivas que se dedique a lo suyo y que no de informaciones de temas que desconoce. El grado de discapacidad asignado por la JMPO no es un factor que determine el pase a retiro. Puedes pasar a retiro con un 5% de discapacidad o con un 60%.

Lo que sí es cierto, es que si pasas a retiro por inutilidad para el servicio, tendrás reconocido por ley, un grado de discapacidad del 33%, independientemente del que te asigne la JMPO, que en verdad, para poco vale.

Un saludo
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Re: Retiro con 32%

Mensaje por Usuari-a »

Hola, una cuestion si la JMP de da un 68% de discapacidad y el MINISDEF de concede el retiro; ese 68% sirve para marcar en la declaracion de la renta como grado de discapacidad la casilla 65% o mas, o solo puedo marcar como retirado por clases pasivas la casilla del 33%.
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Re: Retiro con 32%

Mensaje por peluman »

Usuari-a escribió: Jue Ene 10, 2019 5:39 pm Hola, una cuestion si la JMP de da un 68% de discapacidad y el MINISDEF de concede el retiro; ese 68% sirve para marcar en la declaracion de la renta como grado de discapacidad la casilla 65% o mas, o solo puedo marcar como retirado por clases pasivas la casilla del 33%.
Lo que te reconoce la JMP NO es una discapacidad, sino un INCAPACIDAD que será para toda profesión y oficio en tu caso si lo que te han dado es ese 68 % de INCAPACIDAD. Como acaba de mencionar sargentodehierro por Ley al pasar a Retiro por incapacidad y pertenecer a Clases Pasivas, se te reconoce ese 33 % de Discapacidad que es lo que te permite marcar dicha casilla del 33% en el formulario de comunicación de datos al pagador (Mod 145). Para poder marcar en dicho formulario la casilla del 65 % deberás pasar por el Centro base que te corresponda, previa solicitud de reconocimiento por el mismo del grado de Discapacidad. Una vez valorado por este y suponiendo que te mantengan ese 68 %, podrás en ese caso marcar la correspondiente casilla. Todo ello aportando por supuesto tantos informes como poseas de tu o tus patologías. Así lo entiendo yo, espero no estar equivocado y no confundirte compañero.
Gracias y un saludo a todos.
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Re: Retiro con 32%

Mensaje por trasgu123 »

Si el Ministerio te da un 68% lo normal seria que te de la incapacidad para TODA profesion y oficio, lo que se conoce como ABSOLUTA, que estan exentas de IRPF.

Si no te lo dan y lo que te conceden es la incapacidad SOLO para tu profesion y oficio, se aplica el art. 72.1 del Real Decreto 439/2007, Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el 33%.
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Re: Retiro con 32%

Mensaje por Usuari-a »

Gracias peluman y trasgu123, pero era una duda que tenia, yo en mi caso el centro base me ha reconocido una discapacidad de 50% más un 4% por temas sociales, total un 54%.
Aun no me se ha iniciado el expediente de insuficiencia de incapacidad psicofisica. Supongo que no me concederían la absoluta ya que me han comentado que aunque la suma de las incapacidades superen el 50 % de incapacidad, no es motivo de la absoluta.
Para que te asignen la absoluta, alguna de las patologias tiene que ser causa de la absoluta.
¿Estoy en lo cierto?
Última edición por Usuari-a el Lun Ene 14, 2019 1:14 am, editado 2 veces en total.
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Re: Retiro con 32%

Mensaje por Zyvur »

angelramoss escribió: Jue Ene 10, 2019 3:43 pm Hola a todos. Soy nuevo aquí y me llamo Angel. Ayer me dieron Trámite de Audiencia, donde proponen pase a retiro con el 32% de incapacidad o minusvalía. En Clases Pasivas me han dicho hoy que me jubilan a partir del 33. Que era muy raro lo que ponían y que si me retiraban tendrían que aplicarme las retenciones del 33. Yo no entiendo nada. Todo me parecen contradicciones. Alguien sabe si es posible el retiro con 32 y que retenciones supondría? Gracias de antemano.
Podrías ampliar la información sobre esa incapacidad del 32%.
Gracias
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Re: Retiro con 32%

Mensaje por sargentodehierro »

peluman escribió: Jue Ene 10, 2019 7:15 pm
Usuari-a escribió: Jue Ene 10, 2019 5:39 pm Hola, una cuestion si la JMP de da un 68% de discapacidad y el MINISDEF de concede el retiro; ese 68% sirve para marcar en la declaracion de la renta como grado de discapacidad la casilla 65% o mas, o solo puedo marcar como retirado por clases pasivas la casilla del 33%.
Lo que te reconoce la JMP NO es una discapacidad, sino un INCAPACIDAD que será para toda profesión y oficio en tu caso si lo que te han dado es ese 68 % de INCAPACIDAD.
Que la JMPO te reconozca un 68% de discapacidad no significa necesariamente que sea una incapacidad para toda profesión u oficio.

Un saludo
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Re: Retiro con 32%

Mensaje por Honorus maximus »

Usuari-a escribió: Jue Ene 10, 2019 10:52 pm Gracias peluman y trasgu123, pero era una duda que tenia, yo en mi caso el centro base me ha reconocido una discapacidad de 50% más un 4% por temas sociales, total un 54%.
Aun no me se ha iniciado el expediente de insuficiencia de incapacidad psicofisica. Supongo que no me concederían la absoluta ya que me han comentado que aunque la suma de las incapacidades superen el 50 % de incapacidad, no es motivo de la absoluta.
Para que te asignen la absoluta, alguna de las patologias tienen que ser causa de la absoluta.
¿Estoy en lo cierto?
hola buenas tardes. pues el que ha comentado que superar un 50% de incapacidad no es motivo de la absoluta no te ha dicho toda la verdad. minisvalias superiores a un 51 % se consideran incapacidad absoluta y tu la tienes(y ademas por la comunidad).el abogado que me lleva el asunto lo ha reclamado judicialmente(estoy retirado incapacidad total y he reclamado la absoluta). has de buscarte un abogado que lo vea viable(y un perito)
Un saludo
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Re: Retiro con 32%

Mensaje por psmito »

Honorus maximus escribió: Vie Ene 11, 2019 5:14 pm
Usuari-a escribió: Jue Ene 10, 2019 10:52 pm Gracias peluman y trasgu123, pero era una duda que tenia, yo en mi caso el centro base me ha reconocido una discapacidad de 50% más un 4% por temas sociales, total un 54%.
Aun no me se ha iniciado el expediente de insuficiencia de incapacidad psicofisica. Supongo que no me concederían la absoluta ya que me han comentado que aunque la suma de las incapacidades superen el 50 % de incapacidad, no es motivo de la absoluta.
Para que te asignen la absoluta, alguna de las patologias tienen que ser causa de la absoluta.
¿Estoy en lo cierto?
hola buenas tardes. pues el que ha comentado que superar un 50% de incapacidad no es motivo de la absoluta no te ha dicho toda la verdad. minisvalias superiores a un 51 % se consideran incapacidad absoluta y tu la tienes(y ademas por la comunidad).el abogado que me lleva el asunto lo ha reclamado judicialmente(estoy retirado incapacidad total y he reclamado la absoluta). has de buscarte un abogado que lo vea viable(y un perito)
Un saludo
perdona, pero la comunidad autónoma valora discapacidades, los tribunales médicos incapacidades
pueden parecer lo mismo pero no lo son
y lo concedido por el tribunal no es para nada vinculante en la CC.AA y viceversa

sin ir mas lejos en este foro esta el compañero MOLI el cual con un 56% de incapacidad no es que el tribunal no le diera la absoluta es que ni siquiera lo retiraron le diero APL
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Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.

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Re: Retiro con 32%

Mensaje por Honorus maximus »

efectivamente tu mismo te das las respuesta. El compañero que refieres tenia un 56% de incapacidad, no(deduzco) un 56% de minusvalia. En cualquier caso es un consejo que le he dado por si le es util y le sirve de ayuda. Tampoco significa que este en posesión de la verdad ni que el juez vaya a darme la razón. En mi caso no hay % de incapacidad porque el tribunal no ha querido establecerlo, solo minusvalia. Tambien te digo una cosa que hay sentencias que dicen que si, por eso se reclama. Yo no tengo carrera lo siento.
Que pasa aqui hay tantos casos como tribunales. Por curiosidad, a ti te dio un tanto por ciento de incapacidad el tribunal? yo solo coeficiente 5b y minusvalia
Un saludo
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Re: Retiro con 32%

Mensaje por angelramoss »

Zyvur escribió: Vie Ene 11, 2019 12:35 am
angelramoss escribió: Jue Ene 10, 2019 3:43 pm Hola a todos. Soy nuevo aquí y me llamo Angel. Ayer me dieron Trámite de Audiencia, donde proponen pase a retiro con el 32% de incapacidad o minusvalía. En Clases Pasivas me han dicho hoy que me jubilan a partir del 33. Que era muy raro lo que ponían y que si me retiraban tendrían que aplicarme las retenciones del 33. Yo no entiendo nada. Todo me parecen contradicciones. Alguien sabe si es posible el retiro con 32 y que retenciones supondría? Gracias de antemano.
Podrías ampliar la información sobre esa incapacidad del 32%.
Gracias
Buenas tardes. Me dan 24% por cardiopatía corregida quirúrgicamente y 10% por ansiedad reactivo a enfermedad cardiovascular.
No sé si te referías a esto...
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Re: Retiro con 32%

Mensaje por psmito »

Honorus maximus escribió: Vie Ene 11, 2019 7:12 pm efectivamente tu mismo te das las respuesta. El compañero que refieres tenia un 56% de incapacidad, no(deduzco) un 56% de minusvalia. En cualquier caso es un consejo que le he dado por si le es util y le sirve de ayuda. Tampoco significa que este en posesión de la verdad ni que el juez vaya a darme la razón. En mi caso no hay % de incapacidad porque el tribunal no ha querido establecerlo, solo minusvalia. Tambien te digo una cosa que hay sentencias que dicen que si, por eso se reclama. Yo no tengo carrera lo siento.
Que pasa aqui hay tantos casos como tribunales. Por curiosidad, a ti te dio un tanto por ciento de incapacidad el tribunal? yo solo coeficiente 5b y minusvalia
Un saludo
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La JMP no da minusvalía no tiene esa competencia
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Re: Retiro con 32%

Mensaje por angelramoss »

Zyvur escribió: Vie Ene 11, 2019 12:35 am
angelramoss escribió: Jue Ene 10, 2019 3:43 pm Hola a todos. Soy nuevo aquí y me llamo Angel. Ayer me dieron Trámite de Audiencia, donde proponen pase a retiro con el 32% de incapacidad o minusvalía. En Clases Pasivas me han dicho hoy que me jubilan a partir del 33. Que era muy raro lo que ponían y que si me retiraban tendrían que aplicarme las retenciones del 33. Yo no entiendo nada. Todo me parecen contradicciones. Alguien sabe si es posible el retiro con 32 y que retenciones supondría? Gracias de antemano.
Podrías ampliar la información sobre esa incapacidad del 32%.
Gracias
24 más 10 sería 34 pero en la conclusión final del Instructor aparece 32%.
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Re: Retiro con 32%

Mensaje por psmito »

Honorus maximus escribió: Vie Ene 11, 2019 5:14 pm
Usuari-a escribió: Jue Ene 10, 2019 10:52 pm Gracias peluman y trasgu123, pero era una duda que tenia, yo en mi caso el centro base me ha reconocido una discapacidad de 50% más un 4% por temas sociales, total un 54%.
Aun no me se ha iniciado el expediente de insuficiencia de incapacidad psicofisica. Supongo que no me concederían la absoluta ya que me han comentado que aunque la suma de las incapacidades superen el 50 % de incapacidad, no es motivo de la absoluta.
Para que te asignen la absoluta, alguna de las patologias tienen que ser causa de la absoluta.
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hola buenas tardes. pues el que ha comentado que superar un 50% de incapacidad no es motivo de la absoluta no te ha dicho toda la verdad. minisvalias superiores a un 51 % se consideran incapacidad absoluta y tu la tienes(y ademas por la comunidad).el abogado que me lleva el asunto lo ha reclamado judicialmente(estoy retirado incapacidad total y he reclamado la absoluta). has de buscarte un abogado que lo vea viable(y un perito)
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releyendo el post, en mi modesto entender
minisvalias superiores a un 51 % se consideran incapacidad absoluta
das a entender que con solo ese argumento se puede ganar
has de buscarte un abogado que lo vea viable(y un perito)
despues nombras al perito

se puede ganar la absoluta, por supuesto con un 51% y con un 37% pero lo que marca la diferencia no es tener un 51% o un 37% de minusvalía (y no digo que no influya) son los informes periciales

saludos
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