Alegaciones tienes que hacer, no obstante y si miras en la sección de "Sentencias Judiciales", verás algunas que como siempre le dan valor y veracidad a lo dicho por el ACTA, no así lo que dicen los órganos colegiados de Sanidad (JEVAL o SEPEC), el primero para los militares y el segundo para la GC.Sarqsan2 escribió: ↑Mié Jul 17, 2019 11:24 am Hola ZARAESPADA, gracias por tu respuesta.
Casos como el "tuyo" donde se aceptan las alegaciones y se remite a la JMPS si conozco y he visto en el foro. Pero mis alegaciones no son contra el acta o dictamen de la JMP si no contra el informe de la Junta de Evaluación, y no conozco ningún caso similar al mío. Cómo comento ARANO hay sentencias judiciales al respecto, pero a mí me gustaría saber de alegaciones que sean estimadas similares a las mías!!!
Gracias y un saludo
Las alegaciones y en caso de contradicción entre el Acta y ese órgano colegiado (JEVAL, SEPEC), la misma Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa y en virtud igualmente de la documentación aportada en las mismas, decide en muchos casos y en concreto en el tuyo que sería retiro, pero en Acto de Servicio.
Saludos y suerte.