Muy buenas compañeros.
Tengo una duda desde que se anunció el traspaso de gestión de Clases Pasivas a la Seguridad Social para el 6 de Octubre.
El caso es que lo comenté con un abogado y no me supo contestar con firmeza.
Se trata de a qué Juzgado tendríamos que dirigirnos en caso de un posible litigio con la administración si el recurso de Reposición fuera desfavorable para el interesado es decir una vez acabada la vía administrativa ya que a partir de ese día las pensiones de Clases Pasivas las gestionaran la Seguridad Social (salvo sorpresa del recurso interpuesto que ya conocemos)y por tanto cabría pensar que pudiera cambiar el Juzgado a que reclamar actualmente al Contencioso Administrativo y a partir del 6 de Octubre al Juzgado de lo Social.
Un saludo
Contencioso Administrativo o Juzgado de lo Social
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Re: Contencioso Administrativo o Juzgado de lo Social
Mientras no cambie la ley procesal correspondiente, el procedimiento tampoco cambia.
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Re: Contencioso Administrativo o Juzgado de lo Social
Gracia compañero.