Duda Reglamento 944/2001

Dudas sobre retiros por incapacidad.

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cebu41
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Re: Duda Reglamento 944/2001

Mensaje por cebu41 »

gfd escribió: Jue Feb 25, 2021 1:43 pm Buenas, el informe ya lo tengo y en el ha puesto todas las recomendaciones, en plan que tengo que dormir mis ocho horas, no puedo hacer turnos y esas cosas.
A pesar de tomar corticoides aún sigo mal, no como antes pero si.
Mi duda era por presentar el informe al jefe y ver si me facilita un poco las cosas o al servicio médico pero creo que ya me ha quedado claro todo. Gracias
Lo malo de ese tema es que si tu jefe quiere, al haberle entregado el informe medico, te puede proponer a los servicios médicos para que ellos soliciten el que pases Tribunal Medico Militar y si no te interesa es lo malo, también te puede ocurrir que tu jefe te coloque en un puesto bueno y lo puedas llevar bien, donde yo estaba a un compañero le colocaron de oficinas en el puesto y no salía a la calle, hasta que se enfadaron algunos guardias y el chaval tubo que pasar tribunal porque todos querían tener oficinas de mañanas de lunes a viernes y no salir a la calle de noches ni nada, por eso te digo que depende mucho de lo que decidas y veas las posibilidades si merecen la pena o no.
Un saludo gfd -hi
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Re: Duda Reglamento 944/2001

Mensaje por gfd »

Claro, eso es lo que me da reparo. Es que si paso el tribunal es para que me retiren porque por lo que me dijo el abogado esa es la problemática. Como no hay suficientes vacantes para apl pues tienes que pedir una vacante cualquiera y ya ahí lo que quiera tu jefe, incluso te pueden césar cuando le vaya mal.
Vamos que lo veo todo negro porque encima tengo un niño y ya bastante tengo con no poder hacer nada como para que me estén puteando
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Re: Duda Reglamento 944/2001

Mensaje por trasgu123 »

Las vacantes APL son especificas. Como y donde vienen definidos en los art. 25, 26 y 27 de la Orden INT/26/2021, Normas específicas para la clasificación y provisión de destinos en la Guardia Civil.

De ahi a deducir que los APL tienen que solicitar cualquier vacante, hay un trecho muy grande.
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Re: Duda Reglamento 944/2001

Mensaje por gfd »

Si, esa orden me la había leído.
Me parece que he tirado el dinero yendo al abogado.
Me dijo textualmente que son unas 10.000 personas con apl y que sacan 70 plazas con apl, por tanto por lógica si no coges vacante al final te mandan forzoso. Le pregunté si eso se podía denunciar pq sin me Dan apl y me mandan a otra comunidad autónoma que hago con mi hijo y me dijo que no cabía denuncia y que me tenía que aguantar que para eso era guardia. Así que nada....
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Re: Duda Reglamento 944/2001

Mensaje por Arano »

gfd escribió: Jue Feb 25, 2021 1:43 pm Buenas, el informe ya lo tengo y en el ha puesto todas las recomendaciones, en plan que tengo que dormir mis ocho horas, no puedo hacer turnos y esas cosas.
A pesar de tomar corticoides aún sigo mal, no como antes pero si.
Mi duda era por presentar el informe al jefe y ver si me facilita un poco las cosas o al servicio médico pero creo que ya me ha quedado claro todo. Gracias

¿El informe que tienes es de la JMP?. ¿Es de tu Servicio de Sanidad?.

Las preguntas van dirigidas a que solo pueden dar aptos con limitaciones y por lo tanto decir cuales son y en que consisten las JMP. El Servicio de Sanidad de Comandancia no esta facultado para ello, eso si, cuando reciba el Informe o Acta de la JMP tendrá que hacer un informe en el sentido del de la JMP.

Entiendo que no estás de baja.

¡¡ Cuidado con los servicios y que estos se correspondan con esas limitaciones que te hayan dicho en la JMP !!.

Saludos.
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Re: Duda Reglamento 944/2001

Mensaje por gfd »

El informe es de la endocrino que me hace el seguimiento..
Estaba barajando rodas las opciones. Si me incapacita no me importa porque ya veré que hago con mi vida, lo que me preocupa es el apto con limitaciones por si me mandan fuera de mi ciudad por la situación familiar que tengo. Por eso mi otra opción era ir dónde mi jefe y explicarle la situación avalado por el informe médico pero tenéis razón pq es un agravio frente al resto de compañeros.
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Re: Duda Reglamento 944/2001

Mensaje por Arano »

gfd escribió: Jue Feb 25, 2021 6:37 pm El informe es de la endocrino que me hace el seguimiento..
Estaba barajando rodas las opciones. Si me incapacita no me importa porque ya veré que hago con mi vida, lo que me preocupa es el apto con limitaciones por si me mandan fuera de mi ciudad por la situación familiar que tengo. Por eso mi otra opción era ir dónde mi jefe y explicarle la situación avalado por el informe médico pero tenéis razón pq es un agravio frente al resto de compañeros.
Ufffffff..... siendo así, efectivamente no es mala idea el decírselo a tu Jefe de Unidad e incluso al Servicio de Sanidad de Comandancia.

La problemática es cuando se los declara útil con limitaciones que efectivamente no hay plazas para todos y se depende mucho del Jefe de Comandancia y desde luego también de los "coincidentes laborales" y te expones a que tener que solicitar destino o en su contra que te destinen vete a saber donde.

Suerte amigo y ánimos.
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Re: Duda Reglamento 944/2001

Mensaje por gfd »

Vale.... Gracias Arano. Entonces entiendo que el abogado me ha informado adecuadamente. Pues si, es un buen marrón porque no puedo más pero tampoco se que hacer. En fin... Gracias por todo
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Re: Duda Reglamento 944/2001

Mensaje por gfd »

Suelen tender a apl?
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Re: Duda Reglamento 944/2001

Mensaje por Arano »

gfd escribió: Jue Feb 25, 2021 7:21 pm Suelen tender a apl?
Pues no se decirte, habría que tener en cuenta y mucho tus informes médicos, sin embargo y por lo que dices, es muy posible que de pasar la JMP se te diera "Apto con Limitaciones".

Saludos.
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