Hacienda......

Dudas sobre retiros por incapacidad.

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cortes

Re: Hacienda......

Mensaje por cortes »

Yo no veo claro lo de marcar las dos casillas el año que te retiras. Las puedes marcar siempre y cuando trabajes y tengas reconocido el grado de minusvalia al menos durante un dia en el año, es decir, por haber trabajado antes del retiro no valdria porque no cumples el segundo requisito.
Eso entiendo yo.
8carlos88
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Re: Hacienda......

Mensaje por 8carlos88 »

cortes escribió:Yo no veo claro lo de marcar las dos casillas el año que te retiras. Las puedes marcar siempre y cuando trabajes y tengas reconocido el grado de minusvalia al menos durante un dia en el año, es decir, por haber trabajado antes del retiro no valdria porque no cumples el segundo requisito.
Eso entiendo yo.
hola cortes, pero piensa q para retirate tienes q tener una incapacidad sino no te retiran, y ese es nuestro caso, primero te reconocen la incapacidad y luego hacen los tramites para el retiro y ahi pasan unos dias donde te encuentras en las dos situaciones.

un saludo
APADORI
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Re: Hacienda......

Mensaje por APADORI »

Pues yo, aparte de marcar las 2 casillas para el año 2009, mi gestor me ha recomendado, que haga una paralela y solicite en el año 2008, lo de trabajador con minusvalía. por que según el ,yo tengo la mencionada minusvalía desde que la junta medico pericial permanente me la concedío y eso fue en noviembre de 2008. Admito sugerencias al respecto.
¿ por que realmente cuando tenenemos la consideración de minusvalido?. Yo creo que desde que el tribunal médico te la reconoce. no cuando sales publicado como retirado.
VISPOWER
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Re: Hacienda......

Mensaje por VISPOWER »

claro si te coincide como a ti a finales de año y no te retiran hasta principios del año siguiente si que cumples lo del trabjador minusvalido por que estas en ACTIVO logicamente...cuando pasas al retiro ya no estas en activo y a mi varios funcionarios de hacienda en persona y por telefono me dijeron
que lo de trbajador minusvalido tiene que darse con el devengo del 31 de diciembre
laura
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Re: Hacienda......

Mensaje por laura »

VISPOWER escribió:claro si te coincide como a ti a finales de año y no te retiran hasta principios del año siguiente si que cumples lo del trabjador minusvalido por que estas en ACTIVO logicamente...cuando pasas al retiro ya no estas en activo y a mi varios funcionarios de hacienda en persona y por telefono me dijeron
que lo de trbajador minusvalido tiene que darse con el devengo del 31 de diciembre
Pues en la página de la agencia tributaria dice con respecto al tema de los trabajadores con discapacidad que: "La reducción por discapacidad de trabajadores activos se aplica cuando en cualquier momento del periodo impositivo concurren estas dos circunstancias simultáneamente:
* Tener el grado de minusvalía exigido.
* Ser trabajador activo. “
http://www.aeat.es/AEAT/Contenidos_Comu ... Discap.pdf

No sé, puede que tengas razón pero por experiencia propia no me fío de los funcionarios de hacienda así por que sí pues el año pasado ya me pasó que el funcionario que me atendió me dijo que la movilidad reducida por sí sola no desgrava, que tenía que tener además la necesidad de ayuda de terceras personas para desgravar. Yo tuve que rectificarle ya que la ley dice ayuda de terceras personas Y/O movilidad reducida. No daba su brazo a torcer hasta que le dije que hiciese el favor de consultar la ley y efectivamente yo estaba en lo cierto. Aunque de mala gana, el funcionario no tuvo más remedio que reconocer su error. Saludos.
VISPOWER
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Re: Hacienda......

Mensaje por VISPOWER »

puedes tener razon no lo se,esta claro que ellos tiran pa casa creo que tb hay post anteriores sobre este tema contestados por los moderadores
voy a bucear...
andalusi2
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Re: Hacienda......

Mensaje por andalusi2 »

Lo que siempre aconsejo, no fiarse de los funcionarios, sean de Hacienda o de otro lugar, hay funcionaros que por desconocimiento, dejadez, falta de ganas de trabajar o por no "gustarle" que cobres pensión y puedas trabajar, ni se molestan en darte lo que te corresponde legalmente, ante esta situación, sólo nos queda estar mejor informados que ellos, a ser posible ir con las disposiciones legales que nos afectan y nos benefician en la mano, cuando ven que no tienen razón, no saben donde meterse. Ni que decir tiene que existe muchos más funcionarios que ejercen una buena labor y ante su desconocimiento de lo que peticionamos, preguntan, indagan y nos atienden con corrección y caso de que se hayan equivocado, son lo suficientemente buenos profesionales para reconocer su error y pedir disculpas, así que mejor que nos toque uno de los del segundo grupo a que lo haga uno de los del primero.Saludos cordiales.
xxcg
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Re: Hacienda......

Mensaje por xxcg »

Buenas tardes.
A mi entender la información que dan los funcionarios de hacienda es desacertada porque el tema de marcar las dos casillas por estar en activo y al mismo tiempo con la discapacidad se solucionaría, de la forma que ellos lo plantean, dándote de alta en cualquier empresa solamente el dia 31 de diciembre de cada año.(Aunque sea pagándote tú mismo los gastos que eso origina). El que hace la ley tambien hace la trampa.
Eso del devengo a dia 31 de diciembre carece de sentido y por ello, entiendo y seguiré entendiendo que es mientras estés dado de alta como mínimo un dia cualquiera dentro del año, reuniendo los dos requisitos que hacienda exige para desgravar.
Un saludo
APADORI
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Re: Hacienda......

Mensaje por APADORI »

Sabe alguien realmente, ¿cuando tenemos la misnusvalía de forma oficial?.
yo creo que es la fecha de la junta médico pericial permanente .ya que es el órgano oficial del ministerio encargado de valorarnos y evidentemente la de solicitar a Defensa con sus informes la conveniencia o no de retirarnos.
Hay que tener en cuenta que se puede tener una ´minusvalia superior a 33% y seguir en activo.
xxcg
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Re: Hacienda......

Mensaje por xxcg »

Buenas noches.
En post anteriores manifesté mi opinión que es coincidente con la tuya, pero alguien me corrigió al respecto. Sin embargo, sigo pensando que la publicación en el Boletín Oficial sólo es necesario para aquellos casos en los que la minusvalía reconocida en el acta de la JMP es inferior al 33% con lo que a partir de la publicación tendrá reconocido el % mínimo exigido para tener la consideración de discapacitado.
Un saludo
albertofast
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Re: Hacienda......

Mensaje por albertofast »

Guia de la declaración de la renta 2009
Grado de minusvalia reconocido:a estos efectos se consideran afectados los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pension por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad permanente.-
Casilla 20 reduccion adiccional para trabajadores activos que sean personas con discapacidad:tienen la consideracion de contribuyentes con discapacidad quienes tengan acreditado un grado de minusvalia igual o superior al 33% mediante certificado o resolucion expedida por el imserso o por el organo competente de las CCAA en materia de valoracion de las minusvalias.-
Yo entiendo que para marcar la casilla de minusvalia perfectamente, pero la casilla 20 no vale con ser pensionistas de clases pasivas y estar trabajando en algo, hay que tener elcertificado del imserso o de las CCAA yo personalmente en la comunidad autonoma me dieron un 15% y en el acta del hospital militar un 33%, yo la casilla 20 no la debo marcar la del grado de minusvalia si con la clave 1
Y mas en esta epoca que intentan sacar dinero debajo de las piedras, a mi la diferencia es que me devuelvan 36 euros,sin marcar la casilla 20, a que me devuelvan 946
AMAYA
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Re: Hacienda......

Mensaje por AMAYA »

Aqui nos van a volver "majara", haber,en SAN GOOGLE, mete , Normativa especifica para personas con discapacidad Renta 2009, y en la primera pagina, Acreditación, leelo haber que entiendes tu, porque yo lo tengo claro, Se considera acreditado un grado de minusvalia.........., espero haber aclarado algo. un saludo.
albertofast
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Re: Hacienda......

Mensaje por albertofast »

el grado de minusvalia si, pero lo otro lo de reduccion adicional para trabajadores activos que sean personas con discapacidad no mirad en la pagina de la agencia tributaria en guia de la declaracion de la renta 2009 pagina 11, son dos cosas diferentes para la primera grado de minusvalias cualquier pensionista de clases pasivas es considerado como tal pero el 2º aparrtadored,adi.para trab activos tiene que ser con el certificado el imserso o del organo competente de las CCAA esto aparece en la pagina 11 y lo de la minusvalia en la pagina 5
8carlos88
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Re: Hacienda......

Mensaje por 8carlos88 »

albertofast escribió:el grado de minusvalia si, pero lo otro lo de reduccion adicional para trabajadores activos que sean personas con discapacidad no mirad en la pagina de la agencia tributaria en guia de la declaracion de la renta 2009 pagina 11, son dos cosas diferentes para la primera grado de minusvalias cualquier pensionista de clases pasivas es considerado como tal pero el 2º aparrtadored,adi.para trab activos tiene que ser con el certificado el imserso o del organo competente de las CCAA esto aparece en la pagina 11 y lo de la minusvalia en la pagina 5
hola has lo q kieras, pero fui a dos delegaciones de hacienda y en las dos me han dicho lo mismo, q me corresponde marcar las dos casillas...en un post anterior lo explico pero te lo pongo otra vez, para pasar a retirado primero te tienen q reconocer una minusvalia y luego retirarte (causa-efecto), a los funcionarios no nos pueden retirar sino hay un motivo en firme...y lo q nos vale pa reconocer nuestra minusvalia pa hacienda es la resolucion firmada de la subsecretaria y de ahi hasta q salimos publicados pasan unos dias...pues con esos dias estas en el caso q pide hacienda y eso del 31 de diciembre es una chorada (sin animo de ofender a nadie), pero lo dicho anteriormente cada uno es libre de hacer lo q quiera, pero la diferencia es de 900€, osea q mi consejo es q os asegureis antes de hacerla y yo pediria cita con ellos, pero tb sabiendo defender lo mio pq ellos al principio no van a querer reconocerlo como a mi, solo insistir....

un saludo, gracias y sin animo de q nadie se moleste.
VISPOWER
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Re: Hacienda......

Mensaje por VISPOWER »

toma aqui tienes una contestacion de mj habilitado de clases pasivas y buenno puedes mirar mas post de esas fechas aun que puede que tengas razon
Re: DESGRAVAR HACIENDA MINUSVALIA

Notapor mj » Dom Ene 04, 2009 9:24 pm
Vamos a ver, esto se ha contestqado en varios post.
1º.- La valoración de l aJunta Médiuco pericial no vale para nada fiscalmente. Es un documento Militar, no vale para nada ante hacienda.
2º.- La declaración de renta se realiza con situación a 31 de diciembre así que el año que te jubiles la realizarás como si fueras jubilado.
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