Hacienda......
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Hacienda......
Mi pregunta es la siguiente, alguien con minusvalia reconocida,( mas del 33% ); desde meses "intermedios" del año, al hacer la declaracion, le ponen en la casilla el total o el parcial de la cantidad que corresponde en la declaracion.
Y con la casilla de "reduccion para trabajadores en activo discapacitados" ??
gracias
Y con la casilla de "reduccion para trabajadores en activo discapacitados" ??
gracias
Re: Hacienda......
Si tu situación a 31 de diciembre de 2009 era la de una persona con una minusvalía igual o superior al 33% y durante el año 2009 fue cuando pasaste a la situación de retirado independientemente del mes............... DEBES MARCAR LAS DOS CASILLAS sin ningún tipo de temor.
Un saludo.
Un saludo.
- julio44
- Teniente Coronel
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Re: Hacienda......
Correcto lo que dice Danko. Yo lo hice asi en la declaracion del año pasado, marcando las dos casillas y me devolvieron lo estipulado sin pegas.
Saludos.
Saludos.
Re: Hacienda......
gracias.....asi haré
saludos
saludos
Re: Hacienda......
hola,buenos dias,buueno y si solo tienes la resolucion de tu CCAA con mas del 33% el año 2009,pero aun no has pasado a retirado,¿debes marcar tambien las dos casillas?.gracias.
Re: Hacienda......
Yo creo que es asi, y de todas formas ire a hacienda para hacerla........
pues ese es mi caso concreto
saludos
pues ese es mi caso concreto
saludos
SIGUES MARCANDO LAS DOS CASILLAS..........
Si todavía no has pasado a retirado sigues siendo un trabajador en activo y por ello debes marcar las dos casillas igualmente.
EJEMPLO: Si pasaste a retirado en 2008 y a lo largo de todo el 2009 no llegaste a percibir retribución alguna por el desempeño de algún trabajo, únicamente podrás desgravar por tu situación de minusválido.
Un saludo.
EJEMPLO: Si pasaste a retirado en 2008 y a lo largo de todo el 2009 no llegaste a percibir retribución alguna por el desempeño de algún trabajo, únicamente podrás desgravar por tu situación de minusválido.
Un saludo.
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- Teniente
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Re: Hacienda......
¿Que tiempo tienes que estar dado de alta SS o cuantos tiempo has tenido que trabajar? para poder marcar la casilla de trabajador en activo. Mi caso es que he trabajado a tiempo parcial, unos cuantos dias y el certificado que me ha mandado la empresa es: importe integro 112,44. Retenciones 2,25, S.Social 6,65.
Puedo marcar la casilla de trabajador en activo?.Un saludo
Puedo marcar la casilla de trabajador en activo?.Un saludo
YO PERSONALMENTE LA MARCARIA.....
La reducción por discapacidad de trabajadores activos se aplica cuando en cualquier momento del periodo impositivo concurren estas dos circunstancias simultáneamente:
* Tener el grado de minusvalía exigido.
* Ser trabajador activo.
Mi opinión personal y en tu caso en concreto pienso que estás en tu derecho.
Un saludo.
* Tener el grado de minusvalía exigido.
* Ser trabajador activo.
Mi opinión personal y en tu caso en concreto pienso que estás en tu derecho.
Un saludo.
Re: Hacienda......
Por favor, me gustaría una pequeña aclaración pues hay algo que no entiendo. Pido perdón por anticipado por ser algo duro de cabeza.
Creo que mi caso es similar al de Herreria.
Yo empiezo el 2009 en servicio activo en espera de la resolución definitiva del BOD, ésta llega en el mes de Junio. Es decir, que estoy seis meses cotizando en Defensa en servicio activo y otros seis meses ya como retirado. Ojo, no tengo ningún otro trabajo ajeno a las FF.AA. y ¿Debo marcar las dos casillas?.
En la pagina web de la Agencia Tributaria hay un simulador de la renta, y como es gratis y tengo tiempo, pues he hecho mi declaracion marcando primero la casilla de MINUSVALIDO (mas de 33% y menos de 65%) y después otra simulación marcando las dos casillas. La diferencia es ABISMAL. Mas o menos unos 1.200€ más al marcar las dos casillas.
Seria más lógico una declaración partida, es decir, los meses que sean,como si estuviese en activo con los ingresos pertinentes y otra partición con los meses en reserva y marcando ahora la casilla de minusvalido.
Espero vuestras opiniones.
Gracias
Creo que mi caso es similar al de Herreria.
Yo empiezo el 2009 en servicio activo en espera de la resolución definitiva del BOD, ésta llega en el mes de Junio. Es decir, que estoy seis meses cotizando en Defensa en servicio activo y otros seis meses ya como retirado. Ojo, no tengo ningún otro trabajo ajeno a las FF.AA. y ¿Debo marcar las dos casillas?.
En la pagina web de la Agencia Tributaria hay un simulador de la renta, y como es gratis y tengo tiempo, pues he hecho mi declaracion marcando primero la casilla de MINUSVALIDO (mas de 33% y menos de 65%) y después otra simulación marcando las dos casillas. La diferencia es ABISMAL. Mas o menos unos 1.200€ más al marcar las dos casillas.
Seria más lógico una declaración partida, es decir, los meses que sean,como si estuviese en activo con los ingresos pertinentes y otra partición con los meses en reserva y marcando ahora la casilla de minusvalido.
Espero vuestras opiniones.
Gracias
SIN LÓGICA..........
Deja a un lado la lógica y MARCA LAS DOS CASILLAS.
Un saludo.
Un saludo.
Re: Hacienda......
Cada situación personal es totalmente diferente.................
Aplicándome las reducciones por minusvalía y reducción por trabajador discapacitado en activo me salió un importe a pagar de 2.300 € ¿es una cantidad ABISMAL o no?.Pues depende.
Un saludo.
Aplicándome las reducciones por minusvalía y reducción por trabajador discapacitado en activo me salió un importe a pagar de 2.300 € ¿es una cantidad ABISMAL o no?.Pues depende.
Un saludo.
Re: Hacienda......
Buenos días
Si no me equivoco, aquellos que ya tenéis reconocido en el acta de la JMP el 33% o más, no tenéis que esperar en ningún momento a salir publicados en el B.O. para poder desgravar por la situación de discapacidad. Si no lo habéis hecho en su momento podéis hacer la complementaria de los ejercicios afectados.
Si no estoy en lo cierto, por favor, que alguien me corrija.
Un saludo.
Si no me equivoco, aquellos que ya tenéis reconocido en el acta de la JMP el 33% o más, no tenéis que esperar en ningún momento a salir publicados en el B.O. para poder desgravar por la situación de discapacidad. Si no lo habéis hecho en su momento podéis hacer la complementaria de los ejercicios afectados.
Si no estoy en lo cierto, por favor, que alguien me corrija.
Un saludo.
Re: Hacienda......
Siento corregirte, pero el dictamen de la JMP no vale para nada, a efectos fiscales lo que vale es la resolución de pase a retiro.xxcg escribió:Buenos días
Si no me equivoco, aquellos que ya tenéis reconocido en el acta de la JMP el 33% o más, no tenéis que esperar en ningún momento a salir publicados en el B.O. para poder desgravar por la situación de discapacidad. Si no lo habéis hecho en su momento podéis hacer la complementaria de los ejercicios afectados.
Si no estoy en lo cierto, por favor, que alguien me corrija.
Un saludo.
Tambien aclarar que si a 31 de diciembre no estais trabajando, osea en reserva o activo, si no que ya estais retirados, NO SE PUEDE MARCAR la casilla de trabajador discapacitado.
Re: Hacienda......
En un folleto informativo sobre Normativa Específica para personas con discapacidad, editado por la Agencia Tributaria, pone lo siguiente:
“Los trabajadores activos discapacitados, además de las reducciones anteriores que les corresponden tendrán derecho a la reducción por discapacidad de trabajadores activos (…) La reducción por discapacidad de trabajadores activos se aplica cuando en cualquier momento del periodo impositivo concurren estas dos circunstancias simultáneamente:
* Tener el grado de minusvalía exigido.
* Ser trabajador activo. “
Según esta información para mi queda claro que el único requisito es que durante el periodo impositivo; no habla de la situación al 31 de diciembre, tienen que coincidir las dos circunstancias descritas.
“Los trabajadores activos discapacitados, además de las reducciones anteriores que les corresponden tendrán derecho a la reducción por discapacidad de trabajadores activos (…) La reducción por discapacidad de trabajadores activos se aplica cuando en cualquier momento del periodo impositivo concurren estas dos circunstancias simultáneamente:
* Tener el grado de minusvalía exigido.
* Ser trabajador activo. “
Según esta información para mi queda claro que el único requisito es que durante el periodo impositivo; no habla de la situación al 31 de diciembre, tienen que coincidir las dos circunstancias descritas.