AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN

Dudas sobre retiros por incapacidad.

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cor2bes
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN

Mensaje por cor2bes »

Buenos días, os pido ayuda para el cálculo de pensión, gracias de antemano

Nacimiento 23/05/1980
Ascenso a cabo 1 el 24/01/2005
Condición cabo 1 permanente el ENERO 2020
Fecha pase a retiro 17/09/2021
Casado dos hijos.

Muchas gracias.
Última edición por cor2bes el Jue Oct 21, 2021 9:52 pm, editado 1 vez en total.
Sargento_sm
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN

Mensaje por Sargento_sm »

Buenas soy nuevo por aquí, he estado leyendo vuestros últimos mensajes y no se si esta pregunta se ha respondido ya o si no corresponde con este tema por eso, antes de nada pedir disculpas.

Explico mi situación, llevo un tiempo que no me encuentro bien y llevo una temporada de baja psicológica pero tengo miedo por si me incapacitan por aptitudes psico-físicas, ya que no pertenezco a las clases pasivas. Y querría saber si sabríais cuanto me quedaría aproximadamente a día de hoy si me dan el retiro.

Año nacimiento: 20/06/1985
Años cotizados empresas privadas: 3 años
Ingresos fas: 09/01/2012
Ingreso Agbs: 01/09/2015
Ascenso suboficial: 01/07/2018

Muchas gracias
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trasgu123
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN

Mensaje por trasgu123 »

Aqui sabemos, poco pero algo sabemos, de Clases Pasivas.

La cuantia de una pension de incapacidad de la S Social no depende de los años cotizados, ni de lo que se sea; depende de las cotizaciones de cada UNO como individuo unico. Dicho de otra manera, la cuantia de la pension en el caso de dos individuos que han empezado a trabajar el mismo dia solo podra ser la misma si mes a mes han cotizado lo mismo, y la base de cotizacion depende del sueldo mensual. Por ello en en caso de los pertenecientes a la S Social hay tantas posibilidades como cuantias de sueldos mensuales, y es que aun siendo de la misma categoria, no es lo mismo estar destinado en Lugo que en Melilla, o Lanzarote, en el ISFAS, o en una USAC, o en La Legion.

https://www.seg-social.es/wps/portal/ws ... 8709#42804
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN

Mensaje por wiki »

Buenas,

Una duda. Un militar temporal ( tropa) incapacitado para el oficio en acto de servicio. Siéndole de aplicación el antiguo RD 1186/2001 donde se hace el cálculo sobre el 70% y no sobre el 55% y teniendo una discapacidad del 40%. Se le tienen en cuenta como cotizados todos los años restantes hasta su jubilación y se hace el cálculo como si terminase a la edad de jubilación ordinaria?

Mi pregunta es, con estas circunstancias anteriores cuánto cobraría de pensión?

Llegaría a la pensión máxima?

Saludos.
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN

Mensaje por trasgu123 »

Que dificultad tiene aplicar el 70% al haber regulador del grupo C2, a lo que salga multiplicarlo por dos, y comparar el resultado con la cuantia de la pension maxima ????
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN

Mensaje por Danaerys »

trasgu123 escribió: Mié Oct 13, 2021 1:16 pm Que dificultad tiene aplicar el 70% al haber regulador del grupo C2, a lo que salga multiplicarlo por dos, y comparar el resultado con la cuantia de la pension maxima ????
Pues que igual te rompes una uña con la calculadora :lol:
Venga, va...
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN

Mensaje por wiki »

La cuestión es que tras realizar ese cálculo aproximadamente de unos 1900€. No me cuadra con las cifras que clases pasivas me dió sobre este personal. Si estás son de alcanzar la pensión máxima y todo esto teniendo en cuenta los mismos parámetros.

Entonces entiendo que debe de haber algún parámetro que no valoro, lo que me lleva a pensar que quizás pueda ser que no se hayan tenido en cuenta todos los años hasta la jubilación como efectuados?

Como es posible que clases pasivas me haga una estimación de pensión máxima y según ese cálculo se quede en unos 1900€.? Esa es mi duda de fondo.

Saludos.
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN

Mensaje por Danaerys »

A mi si me cuadra la cifra porque con el antiguo RD, la pensión para el grupo C2 en no acto de servicio venían a ser más de 900 euros.
Si con el acto de servicio era el 200%, pues ahí tienes lo que a ti te sale.
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN

Mensaje por wiki »

Buenas,

La información que yo tengo de clases pasivas, se corresponde con la pensión máxima y no creo que se equivoque el que trabaja con eso siempre.

Alguien sabe sacarme de la duda ?
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN

Mensaje por Danaerys »

Es que no sé si yo estoy equivocada o no te estoy entendiendo.
Para los temporales, nunca ha tenido nada que ver en la cuantía de la pensión el tanto % de discapacidad.
El tanto % de discapacidad sólo era para ver si llegabas al mínimo para que te correspondiera pensión. Si no te daban un 25 o superior, te echaban sin pensión. A partir de ahí, ya daba igual un 30 que un 80 %.

En cuanto a la pensión máxima para un temporal por mucho acto de servicio que sea... me suena a chino mandarino a no ser que la haya calculado con una absoluta en vez de una total.
Puede estar todo el día trabajando con lo mismo y precisamente por eso se confían y meten la pata de lo sobrado que van algunas veces.
Última edición por Danaerys el Jue Oct 14, 2021 1:17 pm, editado 1 vez en total.
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN

Mensaje por Danaerys »

Y qué más da lo que dijera el RD antiguo si ya está derogado?
Esto es lo que le contestó Arano a otra compañera en otro hilo:
Arano escribió: Dom Oct 03, 2021 5:20 pm No importa el tiempo que lleve el Expediente abierto. La fecha de arranque es la que se publica en el BOD y normalmente coincide con la Resolución del Ministerio de Defensa, en tu caso en concreto tendrás que ver la publicación de retiro en el BOD y la fecha. Por consiguiente no creo que te puedas acoger a la Ley de Clases Pasivas antigua, sino la que esta en vigor en el momento de la Resolución Administrativa de retiro.
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN

Mensaje por wiki »

Un militar temporal incapacitado total le quedan en acto de servicio unos 1400€. X 2 ?

Por darse por trabajados todos los años hasta la jubilación eso haría el 100% de su base X2 no ? 2800€.
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN

Mensaje por psmito »

wiki escribió: Mié Oct 13, 2021 10:05 pm Un militar temporal incapacitado total le quedan en acto de servicio unos 1400€. X 2 ?

Por darse por trabajados todos los años hasta la jubilación eso haría el 100% de su base X2 no ? 2800€.
Creo que no
55% de 1400€. X 2

Lo que tu pones es en caso de una absoluta en acto de servicio
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Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.

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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN

Mensaje por Danaerys »

wiki escribió: Mié Oct 13, 2021 10:05 pm Un militar temporal incapacitado total le quedan en acto de servicio unos 1400€. X 2 ?

Por darse por trabajados todos los años hasta la jubilación eso haría el 100% de su base X2 no ? 2800€.
La pensión de un temporal por incapacidad total en no acto de servicio no llega a los 800 euros.
Si dices que en acto de servicio es el doble, pues 1600. A groso modo.
No sé de de dónde has sacado los 1400 euros.
Eso es lo que cobro yo y tengo una absoluta en no acto de servicio, no una total.
O sea el 100 %.
Para una total tienes que coger de referencia el 55 % de esa cantidad.
Así que las cuentas que te han hecho en clases pasivas se alejan bastante de la realidad. Te las han hecho pensando en una absoluta, no en una total.
Y es muchísima diferencia.
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN

Mensaje por wiki »

Buenos días,

No es como comentas.

Yo hablo en todo momento del RD 1186/2001 que en este caso particular es el aplicable.

Por otro lado leí que se considerarán como años cotizados los restantes hasta la edad de jubilación, eso haría que fuera el 100%.

Saludos.
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