Alex87 escribió: ↑Dom Ago 12, 2018 7:43 pm
Buenas tardes, en mi caso ¿Podrían decirme que me quedaria?
Fecha nacimiento 26/05/1982
Soldado en Ejercito de Tierra desde 18/01/2001
Ingreso Academia de Policia Nacional 05/10/2005
Soltero sin hijos, no he cotizado a la Seguridad Social ni realicé el Servicio Militar Obligatorio.
Hola compañero,
Todo dependerá de la fecha de jubilación, ya que te afecta el "pensionazo" y te descontarán parte de tu pensión por no llegar a los 20 años de servicio.
Un saludo
HACIENDO CLICK EN LA PUBLICIDAD DE LA WEB AYUDAMOS A SU MANTENIMIENTO. GRACIAS.
Suponiendo que la fecha de jubilación sea el 30 de agosto de 2018, te descontarían un 15% por no llegar a los 20 años de servicio, y por lo tanto, la pensión sería de 1508€ brutos en 14 mensualidades, a lo que habría que descontar el IRPF correspondiente.
Un saludo
HACIENDO CLICK EN LA PUBLICIDAD DE LA WEB AYUDAMOS A SU MANTENIMIENTO. GRACIAS.
Estoy en un limbo... incapacidad permanente total para todos por el nuevo R.D. ??? ¡Pido relación con el servicio! agravamiento por el mismo. Y enfermedad profesional
No entiendo eso del 15%, ya que, presuponiendo que fuese la fecha de mi pase a retiro el dia 30 de Agosto de 2018, yo habría cotizado a Derechos Pasivos durante 17 años, 7 meses y 12 días, quedandome para alcanzar los 20 años de servicio, 2 años, 4 meses y 18 días.
Según el "pensionazo", se me aplicaría un 5% por cada año completo que me faltase para alcanzar los 20 años de servicio y, por lo tanto, me hubiesen quedado 2 años, es decir, se me tendría que descontar un 10% ¿no?
Me ha surgido una nueva duda y me gustaria que me la aclarasen.
¿Por qué a mi no se me descuentan los 9 meses del servicio militar obligatorio y a un compañero Guardia Civil, en la misma e identica situacion que yo, sí se le descuentan esos 9 meses si hemos cotizado los mismos años y se nos aplica la misma Ley?
Cuando me refiero a "misma e identica situacion", es facil identificar a qué me refiero pero, pars quienes no logren entenderlo, lo explicaré.
Me refiero a que se me hace el calculo de lo que me quedaria de pension pero al ser Policia Nacional no se me descuentan los 9 meses de Servicio Militar Obligatorio pero, según se entiende en la respuesta que se me dió, si yo fuese miembro de las FAS o Guardia Civil, sí se me descontarian esos 9 meses, siendo en todos los casos que yo fui Soldado profesional.
Pus fijate si no es facil de identificar lo que tu llamas "misma e identica situacion" que sigues sin decir nada que coroborre tal cosa, solo que tu estas en activo y hay GC que tambien esta en activo, con lo cual todo parecido con la realidad podria ser pura coincidencia. Y es que estar en activo no supone ninguna "misma e identica situacion" a efectos de descuento del servicio militar, ver la Ley de Clases Pasivas art.32.3 y la web del Ministerio de Hacienda http://www.clasespasivas.sepg.pap.hacie ... rales.aspx Letra e).
Vamos a ver Trasgu123 ¿Usted leyó mi consulta y las respuestas que me dió "sargentodehierro" en funcion de si yo fuese ex miembro de las FAS y/o Guardia Civil y mi condicion de ex miembro de las Fas y Policia Nacional con respecto al descuento de los 9 meses de Servicio Militar Obligatorio?
Simple y llanamente, me refiero a esa distincion de descontar los 9 meses de Servicio Militar Obligatorio, si fuese mi caso y de un miembro de las FAS o Guardia Civil.
¿Por qué a mi, si fui soldado y, de momento soy Policia Nacional no se me descuentan los 9 meses de Servicio Militar Obligatorio y, en caso de que yo hubiese sido soldado y, posteriormente, miembro de la Guardia Civil, sí se me descontarían los 9 meses de Servicio Militar Obligatorio?
Y tu, te has leido la Ley en vigor y la web OFICIAL del Ministerio de Hacienda ?? Para mi esta bastante claro que SI te van a descontar los 9 meses, si me equivoco mejor para ti pero las cuentas las haria restando esos meses. El SMO desparecio con fecha 1 de enero de 2002, a los que ingresaron a partir de esa fecha sin la mili cumplida por no ser obligatoria, no deberian de descontarles nada.