Lucioperca escribió: ↑Sab Mar 13, 2021 6:43 pm
No, no es en acto de servicio;es enfermedad común (Glaucoma).
Mi pregunta viene ya que llamé a clases pasivas le expuse mi caso y me dijeron que me correspondía el 75% del sueldo por no llegar a los 20 años, le repetí que en la Resolución militar del Gómez Ulla figura que tengo una incapacidad permanente absoluta para todo trabajo con 75% incapacidad, me contestó que con eso quedaba exento de irpf pero que el 75% de sueldo C1.., de ahí me surgieron mil dudas.
De ser como me dices,por lo menos estoy algo mas tranquilo y quiero dar las gracias por tener algo de información ya que pasar por este estado de incertidumbre tanto tiempo no se lo deseo a nadie, lo dicho, muchas gracias.
Pues te informaron mal, el texto refundido de clases pasivas dice textualmente
No obstante, a partir de 1 de enero de 2009, cuando en el momento de producirse el hecho causante, el interesado acredite menos de veinte años de servicios y la incapacidad o inutilidad no le inhabilite para toda profesión u oficio, la cuantía de la pensión ordinaria de jubilación o retiro se reducirá en un 5% por cada año completo de servicio que le falte hasta cumplir los 20 años de servicio, con un máximo del 25% para quienes acrediten 15 o menos años de servicios
┏━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┓ Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.
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Comentario: Buenas tardes! Tras conocer la Resolución del Gómez Ulla seguramente pase a retirado por una enfermedad ocular., diagnosticado un 75% de incapacidad permanente para todo trabajo y 76% en S.Social. Nacimiento 20/11/1986 Ingreso Guardia civil 18/09/2006 (14.5 años hasta el momento) No casado, no hijos. Nada cotizado en la S.social Mi pregunta es, si te retiran e incapacitan para todo trabajo da igual que lleves 5 que 15 años para el importe de la pensión C1 ? Y si es así, que sino puedes trabajar en otro trabajo sólo tendrias el importe de la pensión que serían unos 1370 euros??.gracias.
domingodara escribió: ↑Sab Mar 13, 2021 11:59 am
¡ Buenos días¡
que pensión me quedaría con una incapacidad absoluta 73 % sin acto de servicio.
Marinero de primera 01/11/1987
Cabo 01/02/1988
Cabo 1 no profesional 01/02/1990
Alumno CAEB 10/08/1998
Sargento Alumno 16/07/1999
Sargento 03/07/2000
Sargento primero 01/11/2006
Brigada 12/06/2013
El miércoles 17 salgo publicado en el B.O.D
Un saludo a todos y gracias
Ignoro si de sargento alumno ya eres A2
El 100% del grupo A2 no va a ser pero casi
Exenta de IRPF
Más una prestación del ISFAS de unos 195€ x 12 meses
┏━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┓ Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.
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.,!Bueno días!
Si nací en 1968 y ingrese en la Armada 1987
Estoy muy estresado y ahora necesito que me deje de temblar el cuerpo, y como decís "seguir luchando".
Un saludo a, todo
domingodara escribió: ↑Dom Mar 14, 2021 12:37 pm
.,!Bueno días!
Si nací en 1968 y ingrese en la Armada 1987
Estoy muy estresado y ahora necesito que me deje de temblar el cuerpo, y como decís "seguir luchando".
Un saludo a, todo
Quiza te falte un año de A2 a lo sumo 2
Por tanto tu pensión será 2350€ o algo más dependiendo
Y como te he dicho antes exenta de IRPF
Más la prestación del ISFAS
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corres el riesgo
de que yo juegue mejor.
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Esa paga de ISFAS , ¿en el apartado " declaración pensiones publicas" relleno en cuadro, en la hoja de solicitud de la pensión ?
Después la busco en documentación de interés y si tengo dudas os pregunto-
Muchas gracias por vuestra ayuda,
Usuari-a escribió: ↑Dom Mar 14, 2021 6:24 pm
Hola, ¿ Si te corresponde la pensión MÁXIMA también tienes derecho a a prestación des ISFAS ?
La prestación de ISFAS solo es para incapacidades en Grado de Absoluta o Gran Invalidez, si es en este último caso también se tiene derecho a la prestación económica que corresponda.