AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN

Dudas sobre retiros por incapacidad.

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trasgu123
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN

Mensaje por trasgu123 »

artillero87 escribió: Jue Mar 28, 2019 8:23 am
Es que el instructor me dijo algo de que eso del 200% no existía, y que además no llevaba los años mínimos... La verdad que no lo entendí muy bien, por eso acudí a vosotros, por si podéis aclararmelo un poco mas, es un tema que me preocupa por mi situación personal

Muchas gracias de verdad
Cuando veas a ese Instructor, ¿¿ puedes decirle de mi parte y tambien de la tuya si quieres, que si no tiene ni p.... idea, es mejor que se este callado ??.
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN

Mensaje por Francisco I »

Cuando mas arriba, y contestando al compañero "artillero87" hablo de grado de discapacidad, quizás no me he expresado en los términos legales correctos. No estoy hablando del % de discapacidad, sino del grado de incapacidad laboral, por el cual le pasen al retiro.
Como todos sabemos, los grados de incapacidad laboral son:
1.- Incapacidad permanente parcial
2.- Incapacidad permanente total, (para la profesión habitual).
3,. Incapacidad permanente absoluta, (para todo tipo de trabajo)
4.- Gran Invalidez.

Si al compañero se le pasa al retiro por la causa 1, tendrá a efectos fiscales un 33% de minusvalía.
Si pasa por el grado 2, tendrá el % que se le asigne, 33% o 65%
Si pasa por el grado 3, su pensión está libre de impuestos.
Y si pasa por el grado 4, tendrá derecho a otros tipos de ayudas,vía ISFAS, aunque al superar la pensión máxima, casi todo ello quede en humo.
Espero haber ayudado, o al menos no confundir al personal.
Parece ser que ahora cualquiera vale par instructor, y algunos deberían de ser "instruídos previamente" Hay que tener muy mala leche para hacerle esa marranada a un joven Sargento que ha tenido un accidente en acto de servicio; pero que mucha mala leche.
Ese instructor, o es un ignorante, o es un cretino que siente envidia de esa pensión máxima que le va a corresponder al Sargento; lo que seguro que no le envidia nadie son las lesiones, los dolores y las secuelas de ese accidente, además de ver truncada su carrera profesional.
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN

Mensaje por artillero87 »

Antes que nada, agradecer a los compañeros del foro su implicación y sus respuestas en un tema que para mi es de vital importancia.Habeís conseguido que me quede mucho mas tranquilo en relacion con mi futuro.

Yo quiero romper una lanza a favor del instructor. La verdad que me trataron muy bien y muy cordialmente, ya que yo me quede un poco en estado de "shock", y puede que no entendiera bien lo que me dijo (entender que esto ha sido un palo muy gordo para mi). Lo que si entendi ( y repito que estaba yo con la cabeza a 200000 rpm) es que era en acto de servicio, pero que como no llegaba a los 20 años de servicio se me reducia y no se que. Gracias a vuestras respuestas ya estoy muchisimo mas tranquilo.

No creo que nadie en este mundo pueda tener envidia por mucho dinero que ello conlleve, de lo que en mi caso llevo a mis espaldas, ni sufrimientos, ni dolores ni problemas derivados.

Muchisimas gracias a todos
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trasgu123
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN

Mensaje por trasgu123 »

El Instructor no tiene nada que decir, tiene que notificar con entrega de copia de la resolucion firmada. Si la resolucion dice que es Acto de Servicio no hay mas que hablar.
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN

Mensaje por Francisco I »

Por supuesto, que si no llevas los 20 años de servicios, te afecta el llamado pensionazo, que consiste en una reducción de la pensión de un 5% por cada año completo que falten para los 20, con un máximo del 25%. Eso es así; pero como tu retiro es por acto de servicio, la pensión se calcula dando como años de servicios todos los que te faltan para cumplir los 65 de edad, ( año 2052 en el que te retirarías con el 100% por llevar 38 años del A-2)
Como el retiro se produce por acto de servicio, ello implica que la pensión sea, en principio, del 200% del A-2, (32.903,75 x 2 = 65.807,50 €)
Como no se llevan ni 15 años de servicios, a esos 65.807,50 € hay que restarles el 25% lo cual los deja en 49.350 €/año
Y como eso sobrepasa la pensión máxima establecida por ley, pues se queda en 37.226 €/año que es lo establecido por ahora como pensión máxima.

Eso, debería de tenerlo claro cualquier ayudante de instructor.
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN

Mensaje por trasgu123 »

"" Artículo 1. Reducción de la cuantía de la pensión.
1. En las pensiones ordinarias de jubilación o retiro por incapacidad permanente o inutilidad, causadas a partir de 1 de enero de 2009, cuando se acrediten menos de veinte años de servicios efectivos al Estado . . . . . "".

No es este el caso segun dice el forero, aunque a efectos reales da lo mismo.
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN

Mensaje por Francisco I »

trasgu123 escribió: Vie Mar 29, 2019 1:21 pm "" Artículo 1. Reducción de la cuantía de la pensión.
1. En las pensiones ordinarias de jubilación o retiro por incapacidad permanente o inutilidad, causadas a partir de 1 de enero de 2009, cuando se acrediten menos de veinte años de servicios efectivos al Estado . . . . . "".

No es este el caso segun dice el forero, aunque a efectos reales da lo mismo.
Como siempre, llevas razón, amigo "trasgu".
Aunque eso no debe de preocupar a "artillero" puesto que los resultados son los mismos.
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN

Mensaje por artillero87 »

La verdad que con gente como vosotros da gusto. Muchísimas gracias por las aclaraciones, lo habeis explicado mejor imposible.

Para lo que necesiteis aqui teneis a "artillero87".
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN

Mensaje por Redfenix »

Buenas, hace poco me han vuelto a abrir otro expediente de perdida de aptitud psicofísica, y quería saber en cuanto está la pensión, como he sido tropa y ahora suboficial, pero tengo mis 20 años de servicio de sobra, me gustaría saber si se me da la pensión de retiro máxima del grupo A2 o se hace una ponderación entre el tiempo de tropa (8 años o 9 aprox) y el tiempo de suboficial. No tengo hijos , por ahora, por lo que me gustaría saber tanto el bruto como el neto, según tengo entendido , se nos quita solo un IRPF del 17% a día de hoy, pero no lo sé seguro.

Un saludo y perdonar las molestias,
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN

Mensaje por Redfenix »

Sobre los instructores, lo que he leído en últimos post, solo os quiero aclarar, que los instructores son gente que normalmente les ha tocado la china, es decir, alguien que han nombrado, y muchas veces, alguien que no sabe nada de procedimientos administrativos, por lo general, intentan hacer lo que pueden, o simplemente pasan de todo ya que ya sabéis como es esto cuando te asignan una función que no sabes...anda quéjate...., lo que si podeis hacer, si teneis un problema con un instructor que no cumple con sus funciones, dar parte y que lo cambien, y sobre todo, como consejo personal, toda la documentación que trasladéis a un instructor, siempre, siempre,....y por si no ha quedado claro, SIEMPRE, pedir duplicado con el sello de entrada, y no os fieis de un instructor , que te dice sonriendo, damelo, no te preocupes.....
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN

Mensaje por trasgu123 »

Redfenix escribió: Mar Abr 02, 2019 5:22 pm Buenas, hace poco me han vuelto a abrir otro expediente de perdida de aptitud psicofísica, y quería saber en cuanto está la pensión, como he sido tropa y ahora suboficial, pero tengo mis 20 años de servicio de sobra, me gustaría saber si se me da la pensión de retiro máxima del grupo A2 o se hace una ponderación entre el tiempo de tropa (8 años o 9 aprox) y el tiempo de suboficial. No tengo hijos , por ahora, por lo que me gustaría saber tanto el bruto como el neto, según tengo entendido , se nos quita solo un IRPF del 17% a día de hoy, pero no lo sé seguro.

Un saludo y perdonar las molestias,
Para calcular cualquier tipo de pension hace falta saber: Fecha de nacimiento, fecha de ingreso y fechas de los grupos retributivos si se ha pertenecido a mas de uno.
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN

Mensaje por Francisco I »

trasgu123 escribió: Mar Abr 02, 2019 5:53 pm
Redfenix escribió: Mar Abr 02, 2019 5:22 pm Buenas, hace poco me han vuelto a abrir otro expediente de perdida de aptitud psicofísica, y quería saber en cuanto está la pensión, como he sido tropa y ahora suboficial, pero tengo mis 20 años de servicio de sobra, me gustaría saber si se me da la pensión de retiro máxima del grupo A2 o se hace una ponderación entre el tiempo de tropa (8 años o 9 aprox) y el tiempo de suboficial. No tengo hijos , por ahora, por lo que me gustaría saber tanto el bruto como el neto, según tengo entendido , se nos quita solo un IRPF del 17% a día de hoy, pero no lo sé seguro.

Un saludo y perdonar las molestias,
Para calcular cualquier tipo de pension hace falta saber: Fecha de nacimiento, fecha de ingreso y fechas de los grupos retributivos si se ha pertenecido a mas de uno.
Si desde que saliste Sargento, hasta que cumplas los 65 años de edad, han pasado 35 años o mas, entonces te corresponde el 100% del A-2. Si no es así, hay que acudir a complementar los 35 años, con cotizaciones de otros Grupos, en cuyo caso siempre baja la pensión.
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN

Mensaje por Redfenix »

Pues sería desde noviembre del 98 de tropa y de suboficial desde 2008
Nenomasckle
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AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN

Mensaje por Nenomasckle »

Hola buenas por lo visto puse la publicación donde no debía así que espero haberlo echo bien esta vez. Saludos a todo el foro y en especial al Sgto de hierro que por lo que he leído sabe muy bien de lo que habla. Me gustaría exponeros mi caso.
FECHA NACIMIENTO 11/06/82
INGRESO EN LAS FFAAS EN LA 4° PROMOCION 2000
2000-2007 MPTM DEL EJERCITO DEL AIRE
2007 ACADEMIA BASICA DEL AIRE
2010 SGTO
2018 SGTO 1°
GRADO DE MINUSVALIA 55%
DISCAPACIDAD CLASE IV GRADO GRAVE
INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA PARA TODO TRABAJO.
Me podrías orientar sobre cuanto se me podría quedar la jubilación. Supongo que mi jubilacion sera efectiva en unos 3 meses.

Un saludo y muchas gracias de antemano
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN

Mensaje por trasgu123 »

Nenomasckle
Si el Acta de la JMPO dice que es Incapacidad para toda profesion, unos 2350€ al mes, mas las dos extras. Cuando salgas en el BOD debes de solicitar la indemnizacion del Seguro Colectivo del Ministeriio.
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