viaje a lugar sin urgencias

Dudas y consultas sobre las prestaciones de ISFAS, MUFACE y MUGEJU

Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, psmito, zuku, Arano

Responder
maikarr
Alferez
Alferez
Mensajes: 211
Registrado: Mar Jul 29, 2008 10:48 pm

viaje a lugar sin urgencias

Mensaje por maikarr »

buenos días soy de ISFAS con modalidad asistencial ASISA para todo tanto urgencias como especialista.
Mi hijo va con el cole a un lugar que las urgencias más cercanas están a 71 km, y evidentemente si ocurre algo sus profesores no se van a desplazar 71 km.
Quisiera saber como solucionar ese problema. No sé si en ese caso pueden usar las urgencias de seguridad social, aunque no se trate de una urgencia vital.
Gracias
Francisco I
General de Brigada
General de Brigada
Mensajes: 7007
Registrado: Mar Oct 07, 2008 10:35 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por edad
Ubicación: Sevilla

Re: viaje a lugar sin urgencias

Mensaje por Francisco I »

Siempre que se encuentre en una población menor de 20.000 habitantes, puede acudir al Sistema Público de Salud, (Ambulatorio mas cercano) dado que entraría de lleno en los Conciertos con S.Social para el ámbito rural.
Doy por sabido que la asistencia a la que tiene derecho es Medicina General y ATS; en cuanto haya de producirse un traslado en ambulancia o ingreso hospitalario, hay que advertirlo al médico y a Aseguradora para que habiliten sus medios o autoricen el ingreso en el Centro que corresponda. De no hacerlo así, luego se negarán a pagar los gastos; y ASISA no es la mejor opción para estar tranquilo.
Recuerdo que durante el presente mes de enro se puede cambiar a ADESLAS o a Seguridad Social.

En cualquier caso, existe una cosa que se llama Seguro Escolar, al que obligatoriamente debe de estar acogido el Centro Escolar.
maikarr
Alferez
Alferez
Mensajes: 211
Registrado: Mar Jul 29, 2008 10:48 pm

Re: viaje a lugar sin urgencias

Mensaje por maikarr »

por favor, podrías indicarme donde pone eso?. No es que no me fie, es por darles una copia a sus profesores.
Gracias
Avatar de Usuario
ALEAJACTAEST1
Teniente Coronel
Teniente Coronel
Mensajes: 1046
Registrado: Sab Feb 16, 2013 9:17 am
Cuerpo: Militar de Complemento
Situacion: Retiro por edad
Comentario: Si algo no está roto no lo arregles.-

Re: viaje a lugar sin urgencias

Mensaje por ALEAJACTAEST1 »

Buenos días.

Yo me presentaría en la Secretaría del Colegio donde va tu hijo/a y SOLICITAR una Copia de la Póliza de Seguro del Colegio.

Saludos
La plenitud e incorruptibilidad de un ser implica no solo estar libre de preocupaciones, sino el no causárselas a otro. (Máximas capitales, I Epicuro)
maikarr
Alferez
Alferez
Mensajes: 211
Registrado: Mar Jul 29, 2008 10:48 pm

Re: viaje a lugar sin urgencias

Mensaje por maikarr »

ya, pero ya abierto el tema. Sería interesante para todo el mundo conocer donde viene escrito lo del convenio rural. Ya que en verano nos vamos de vacaciones a lugares donde es complicado encontrar clinica de la sociedad.
Francisco I
General de Brigada
General de Brigada
Mensajes: 7007
Registrado: Mar Oct 07, 2008 10:35 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por edad
Ubicación: Sevilla

Re: viaje a lugar sin urgencias

Mensaje por Francisco I »

maikarr escribió:por favor, podrías indicarme donde pone eso?. No es que no me fie, es por darles una copia a sus profesores.
Gracias
Por lo que se refiere al Seguro Escolar:

http://www.seg-social.es/Internet_1/Tra ... /index.htm

Por lo que se refiere a la Asistencia como beneficiario de ISFAS; viene en los Conciertos de ISFAS con las Aseguradoras. Concretamente en la pág 121604, apartado 3.2 y letra D) del enlace al BOE que te anexo:

http://boe.es/boe/dias/2015/12/23/pdfs/ ... -14047.pdf
maikarr
Alferez
Alferez
Mensajes: 211
Registrado: Mar Jul 29, 2008 10:48 pm

Re: viaje a lugar sin urgencias

Mensaje por maikarr »

muchisimas gracias
Espaldajodida
Suboficial Mayor
Suboficial Mayor
Mensajes: 104
Registrado: Mié Jun 19, 2013 12:56 am
Cuerpo: Militar Temporal
Situacion: Retiro por incapacidad

Re: viaje a lugar sin urgencias

Mensaje por Espaldajodida »

maikarr escribió:ya, pero ya abierto el tema. Sería interesante para todo el mundo conocer donde viene escrito lo del convenio rural. Ya que en verano nos vamos de vacaciones a lugares donde es complicado encontrar clinica de la sociedad.




ANEXO 1
MEDIOS DE ASISTENCIA EN ZONAS RURALES
1. Normas generales.
Para hacer posible la prestación de servicios sanitarios en las zonas rurales a los beneficiarios adscritos a la Entidad, el ISFAS podrá convenir con los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas la prestación de los mismos, de acuerdo con la posibilidad prevista en la legislación vigente.
2. Habilitación al ISFAS.
Mediante la firma de este Concierto la Entidad concede su expresa y total autorización al ISFAS para convenir dichos servicios, que ampara también la autorización para la prórroga de los Convenios suscritos al mismo fin con anterioridad al 1 de enero de 2015.
La autorización no impedirá que las Entidades puedan suscribir por su parte Acuerdos con idéntico objeto y ámbito con las administraciones competentes, siempre y cuando sus cláusulas no se opongan a lo dispuesto en este Anexo.
3. Objeto.
Los servicios que podrán figurar en dichos convenios son:
- Servicios sanitarios de asistencia primaria en municipios de hasta 20.000 habitantes en los que la Entidad no disponga de medios propios o concertados suficientes.
- Servicios de urgencias en municipios de hasta 20.000 habitantes, que se prestan a través de los Servicios de Atención Primaria.
4. Contenido.
4.1. Cada convenio será común para todas las Entidades firmantes del Concierto. El contenido asistencial, la contraprestación económica y la relación de municipios convenidos con las respectivas Comunidades Autónomas serán comunicados a cada una de ellas.
4.2. La contraprestación económica que se establezca en cada convenio podrá estipularse:
a) En función del colectivo afectado, mediante la fijación de un precio mensual por persona y tipo de servicio.
b) Por acto médico, mediante la aplicación de los precios públicos o tarifas que la correspondiente Comunidad Autónoma aplique por la prestación de servicios sanitarios.
4.3. El importe final de cada convenio, conforme a lo previsto en el punto 4.2 a), será satisfecho con cargo al precio que, una vez devengado y librado, el ISFAS debe abonar a cada Entidad por el presente Concierto, entendiéndose realizado el pago por cuenta de la misma.
El ISFAS realizará cada pago mensual con cargo al importe del mismo mes que deba abonar a la Entidad por el Concierto, trasladándole la justificación correspondiente.
4.4. En aquellos convenios en los que la contraprestación económica, conforme a lo previsto en el punto 4.2 b), se estipule por acto médico, la Entidad procederá al pago directo a la respectiva Comunidad Autónoma en los términos que se estipulen en el convenio correspondiente.

En el supuesto de existir obligaciones económicas pendientes con alguna Comunidad Autónoma como consecuencia del pago directo o compromiso de pago por la Entidad, el ISFAS procederá al abono de éstas, en los términos del punto anterior, entendiéndose realizado el pago por cuenta de la misma, trasladándole la justificación correspondiente.
5. Medios para la asistencia en municipios de Comunidades Autónomas con las que no se haya formalizado Convenio.
En los municipios de menos de 20.000 habitantes pertenecientes a Comunidades Autónomas con las que no se hayan formalizado Convenios de colaboración o éstos sólo tengan por objeto la asistencia sanitaria de urgencias, y en los que la Entidad no disponga de medios propios o concertados y no existan medios privados, ésta facilitará el acceso de los beneficiarios a los servicios de Atención Primaria dependientes de la correspondiente Comunidad Autónoma, tanto para la asistencia ordinaria como de urgencia, asumiendo la Entidad directamente los gastos que puedan facturarse.
Responder

Volver a “ISFAS/MUFACE /MUGEJU”